martes, 9 de marzo de 2021

Condenan a Izar a indemnizar con 216.459 euros a un trabajador afectado por amianto

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El Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao ha condenado a Izar a indemnizar a un trabajador con 216.459 euros por “incumplir” las normas de seguridad e higiene correspondientes. De esta forma, ha estimado la demanda puesta por un empleado enfermo de un adenocarcinoma pulmonar por exposición a amianto, según han informado fuentes de la asociación de víctimas de amianto de Euskadi Asviamie.

Según esta organización, el afectado trabajó de 1966 a 2003 en Astilleros Españoles, más tarde absorbida por Izar, primero como “tubero” y después en el ámbito de “verificación”.

En su jornada laboral utilizaba amianto en las conexiones de las tuberías de los camarotes o coincidía en el mismo espacio de trabajo sin ventilación con otros trabajadores que forraban dichas tuberías o cortaban las mamparas prefabricadas de amianto, generando ambientes polvorientos.

Según la asociación, a los trabajadores no se les informó del riesgo cancerígeno, no se les suministraron mascarillas ni se les efectuaron reconocimientos médicos específicos.

Asviamie ha indicado que el instituto de seguridad y salud laborales Osalan señaló que el trabajo con amianto era habitual en la industria naval durante el tiempo en el que el trabajador permaneció en activo en los astilleros de la Naval, “y por tanto, es verosímil y probable que el trabajador estuviera expuesto a esa sustancia”.

Al trabajador le diagnosticaron la enfermedad a partir de 1998 y el Instituto Nacional de Seguridad Social le reconoció una incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional.

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El INSST cumple 50 años dedicado a la promoción y apoyo a la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo

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El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) conmemora el 50 aniversario de su creación, contemplada en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, publicada el 9 de marzo de 1971. El Instituto, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, es el órgano científico-técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. Para ello establece la cooperación necesaria con los órganos de las comunidades autónomas con competencias en esta materia.

El INSST actúa, además, como centro de referencia nacional antes las instituciones europeas, garantizando la coordinación y transmisión de la información que deberá facilitar a escala nacional, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red.

Tanto la reducción de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales como la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo pasan por la implantación de una verdadera cultura preventiva. Para ello el Instituto dirige sus esfuerzos a la mejora de los recursos y fuentes de información disponibles y de los mecanismos de comunicación existentes.

Con una dotación presupuestaria de 41,6 millones de euros, un 6% más que en el presupuesto inicial de 2020, el refuerzo del INSTT es, en este 2021, una actuación prioritaria del Ministerio de Trabajo y Economía Social para garantizar los derechos de los trabajadores, especialmente los que desarrollan su actividad en entornos peligrosos.

El incremento de 2,5 millones de euros, consignado en las cuentas de 2021, se destinará a la potenciación del laboratorio de ensayo de equipos de protección individual del Centro Nacional de Medios de Protección de Sevilla, que durante la crisis sanitaria provocada por la Covid-19, entre el 17 de marzo y el 31 de diciembre de 2020, ha verificado, a petición del Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas, 739 equipos de protección individual (EPIs): 590 modelos de mascarillas, 51 equipos de protección ocular y 98 modelos de guantes y ropa de protección. En el citado período el INSST atendió 6.101 consultas de asesoramiento técnico especializado.

Centros de actividad

El INSST se ha agrupado en diferentes áreas temáticas, en busca de un mejor aprovechamiento de los recursos disponibles. Cada una de las sedes tiene asignada la coordinación de varias áreas temáticas, aunque el desarrollo de la actividad técnica que conlleva cada área se realiza con la colaboración de todas las sedes.

Aunque los Servicios Centrales se radican en Madrid, el INSST cuenta con cuatro Centros Nacionales (CCNN): Centro Nacional de Condiciones de Trabajo (CNCT) en Barcelona; Centro Nacional de Medios de Protección (CNMP) en Sevilla; Centro Nacional de Nuevas Tecnologías (CNNT) en Madrid; y Centro Nacional de Verificación de Maquinaria (CNVM) en Bizkaia, además de los gabinetes de Ceuta y Melilla.

El INSST participa en la elaboración de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo, y la atención a las consultas formuladas sobre la aplicación e interpretación de carácter técnico. Además redacta guías y otros documentos técnicos, y diseña o recomienda metodologías y herramientas para facilitar el cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.

El Instituto forma parte de las actividades de normalización relacionadas con la Prevención de Riesgos Laborales, a nivel nacional, de la Unión Europea e internacional, pudiendo para tal fin, establecer convenios de colaboración con Entidades Nacionales de Normalización.

Espacio COVID-19 del portal web del INSST

Toda la actividad científico-técnica del INSST es accesible en el portal web de la institución, en el que se ha habilitado, además, un espacio específico dedicado a la Covid-19 y a la labor de prevención desarrollada por el centro (https://www.insst.es/espacio-campana-covid-19).

En este espacio web se puede acceder a todas las publicaciones, en permanente actualización, referidas a prevención de riesgos laborales relacionados con el virus. En ese mismo portal se pueden encontrar guías técnicas de prevención y control, por sectores de actividad; publicaciones específicas; compendios informativos; directrices de buenas prácticas; e información divulgativa y especializada sobre equipos de protección individual.

Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo

El INSST gestiona el Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo (OECT) que recopila y analiza datos procedentes de fuentes fiables y contrastadas sobre las condiciones de trabajo y los daños para la salud.

En este espacio web se comparte, periódicamente, el análisis detallado de la siniestralidad laboral en España. También se muestran indicadores evolutivos de salud laboral que retratan las condiciones de trabajo de la población trabajadora, contabilizan los accidentes, enfermedades y daños a la salud en el trabajo, valorando la situación preventiva de las empresas.

Además se facilitan recursos prácticos que le acercan la información en riesgos laborales de forma sencilla y directa.

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Publicada la UNE-ISO/PAS 45005 para reducir riesgos frente a la COVID-19 en el trabajo

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La Asociación Española de Normalización, UNE, ha publicado la Especificación UNE-ISO/PAS 45005 Gestión de la seguridad y la salud en el trabajo. Directrices generales para un trabajo seguro durante la pandemia de COVID-19. Este estándar, la referencia global en este ámbito, refuerza el compromiso del organismo español de estandarización para ganar la batalla al coronavirus y contribuir a la recuperación económica en España, sumándose a otros desarrollados durante la pandemia.

La COVID-19 ha revolucionado el mundo del trabajo y empresarios y personas responsables de departamentos de recursos humanos se enfrentan a desafíos sin precedentes. En este marco, los expertos en salud y seguridad ocupacional de la Organización Internacional de Normalización (ISO), de la que UNE es el miembro español, se pusieron a trabajar en un documento ISO en un tiempo récord. El resultado ha sido la ISO/PAS 45005, adoptada ahora al catálogo español.

La UNE-ISO/PAS 45005 proporciona orientación a las organizaciones sobre cómo gestionar los riesgos de la COVID-19 para proteger la salud, seguridad y bienestar en el lugar de trabajo. Su intención es complementar las directrices y regulaciones nacionales existentes.

Expertos de 26 países, entre ellos de UNE por España, trabajaron para establecer estas directrices en forma de una especificación disponible públicamente (PAS), que fue aprobada por los 80 países miembros del Comité internacional de Normalización ISO/TC 283 Gestión de seguridad y salud ocupacional. Este formato permite que el documento se actualice en su forma actual o se desarrolle en un estándar formal, según el curso futuro de la pandemia y la aparición de nueva información y situaciones estratégicas para las empresas. La ISO/PAS 45005 se desarrolló en solo tres meses para responder con eficacia ante la situación de emergencia.
Este documento está dirigido a organizaciones de todos los tamaños y sectores, incluidas aquellas que están trabajando durante la pandemia; van a reanudar o planean reanudar las operaciones después de un cierre total o parcial; vuelven a ocupar los lugares de trabajo que hayan sido cerrados total o parcialmente, o son nuevas y está previsto que operen por primera vez. También proporciona orientación sobre la protección de los trabajadores de todo tipo y otras partes interesadas relevantes.

Sin embargo, no está destinado a proporcionar consejos sobre cómo implementar protocolos específicos de control de infecciones en entornos clínicos, sanitarios y de otro tipo. El gobierno, agencias reguladoras y las autoridades sanitarias proporcionan la legislación y directrices aplicables para los trabajadores en estos entornos o en funciones relacionadas.

UNE ha desarrollado varios estándares para ganar la batalla al coronavirus y contribuir a la recuperación económica de España. Ejemplos de estándares para la reducción de riesgos frente a la COVID-19 son los de mascarillas higiénicas, turismo, instalaciones funerarias o equipos de radiación ultravioleta. Se han desarrollado en un tiempo récord para responder a la emergencia. Por ejemplo, las Especificaciones UNE 0064 y UNE 0065 para mascarillas higiénicas desechables y reutilizables se publicaron antes del 14 de abril de 2020, para facilitar a las empresas su fabricación con calidad, seguridad y rapidez ante el desabastecimiento. UNE es un modelo de éxito de colaboración público-privada.

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Muere un maquinista tras quedar atrapado entre una locomotora y un vagón

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Un operario de la factoría de ArcelorMittal de Avilés ha fallecido tras sufrir un accidente alrededor de las 17.00 horas. Se trata de un operador de tracción de plantilla que se encontraba en la nave de torpedos de la factoría de Avilés, según han confirmado fuentes de la compañía.

El hombre quedó atrapado entre la locomotora que conducía y el vagón torpedo que iba a enganchar a la máquina. La operación en la que se produjo el accidente formaba parte de su rutina habitual de trabajo y se desconocen los motivos del suceso.

El impacto del accidente fue fulminante y ni los compañeros que acudieron en su auxilio ni los sanitarios desplazados al lugar pudieron hacer nada por la vida del operario. La empresa, ArcelorMittal, activó el dispositivo habitual en los accidentes laborales.

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Un juez anula el despido de una mujer con diabetes que faltó al trabajo por miedo al Covid

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Ya existe al menos una sentencia que anula el cese de una empleada con diabetes, hipertensión y miocardiopatía, que faltó cuatro días en el trabajo por miedo a contagiarse, al considerarlo segregacionista. La resolución, dictada por un juzgado de lo social de Barcelona el pasado 14 de diciembre, obliga a la empresa a readmitir a la trabajadora (telefonista en un call center) y a abonarle el salario que dejó de percibir.

El fallo considera que el despido disciplinario no solo fue injustificado sino que, además, con dicho cese, se vulneraron ciertos derechos y libertades fundamentales de la mujer. En concreto, a no ser discriminada por su salud y a no ser expulsada por reclamar que se certificasen los riesgos del puesto de trabajo (una garantía que en derecho laboral se conoce como derecho de indemnidad). En consecuencia, concluye, el cese es nulo, tal y como establece el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

Las ausencias al puesto de trabajo, ya anunciadas por la empleada por su situación de paciente de riesgo frente al Covid-19, argumenta el juez, no pueden justificar el cese. “La empresa no colaboró mínimamente con la trabajadora para preservar su salud, y tampoco consta que explorara la posibilidad de facilitarle medios para prestar su trabajo desde su propio domicilio. No puede imaginarse una actividad más propicia para el teletrabajo que la de telefonista”, afirma. Actualmente, se sabe que el riesgo de contraer el virus es mayor en las personas con diabetes, y que aumenta la gravedad y la mortalidad de la enfermedad.

Esta resolución se agrega a otras tantas que han analizado qué papel juega el virus en los despidos disciplinarios. En una de ellas, un juzgado de Palencia rechazó anular el cese de un trabajador que faltó por guardar cuarentena, declarándolo improcedente. En cambio, una sentencia de un juzgado de Mataró avaló la nulidad de la decisión extintiva, al considerar la enfermedad como “estigmatizante”.

Según relata la sentencia, la carta de despido llegó tras una serie de comunicaciones entre la telefonista y su empresa. Poco después de ser rescatada del ERTE, esta avisó a su encargado de que no iba a volver a la oficina en la fecha señalada (26 de mayo) por su situación de vulnerabilidad frente al coronavirus. De hecho, llevaba más de dos meses reclamando que la empresa certificara los riesgos de su puesto de trabajo para poder tramitar una baja por accidente laboral (según la legislación aprobada durante el estado de alarma). Se daba la circunstancia añadida de que la mujer era la única responsable de dos menores en edad escolar.

La compañía, en cambio, se limitó a remitirle una y otra vez a su médico de cabecera. Así mismo, informó de estas circunstancias especiales al departamento de recursos humanos, pero sin modificar el orden de trabajo. Finalmente, el 29 de mayo, despidió a la trabajadora por ausentarse de forma injustificada durante cuatro días consecutivos (del 26 al 29 de ese mes). Inmediatamente, la empleada envió un parte de baja que cubría estas ausencias desde el día 28 de mayo, pidiendo que rectificaran su decisión.

Sin embargo, la empresa se mantuvo firme, por lo que la telefonista tuvo que acudir a los tribunales para impugnar el cese. En su demanda, solicitó que el despido fuera declarado nulo por haberse llevado a cabo de forma discriminatoria y vulnerando sus derechos.

El juez avala en su sentencia esta solicitud, dando la razón a la empleada. No porque el despido no tuviera un motivo, sino porque las ausencias de la mujer estaban totalmente justificadas al tratarse de una paciente de riesgo frente al virus. Además, considera que esta circunstancia influyó en la decisión empresarial.

La mercantil era conocedora de la situación, argumenta el magistrado, y no ofreció una solución a su empleada. No solo conocía de antemano que la mujer no acudiría a su puesto de trabajo, sino los motivos por los que se ausentaría. La demandante, señala, intentó comunicarse con la empresa en varias ocasiones, “hasta la extenuación”, por lo que esta “no puede considerarse ajena”. “Todo lo contrario, su obstinada resistencia a facilitar a la trabajadora una certificación sobre los riesgos del puesto de trabajo fue lo que propició que sus ausencias no estuvieran cubiertas”, concluye.

Ahora bien, esta circunstancia solo determina, en principio, la improcedencia del despido. En cambio, el juez lo declara nulo porque, en su opinión, el cese tuvo que ver con la diabetes de la empleada y sus reclamaciones a la empresa. Según razona, no estamos en una situación de normalidad, en la que las dolencias de la demandante (especialmente comunes) no serían un motivo de “segregación por parte de terceros”. Sin embargo, la pandemia ha trastocado el escenario. A nadie se le escapa, afirma el juez, “que desde el punto de vista empresarial la consideración como paciente de especial riesgo de alguno de sus empleados puede generarle trastornos en la organización”. Por otro lado, considera que hay indicios suficientes de que el despido fue una represalia. “Tiene lugar precisamente cuando la trabajadora insiste en que se le certifiquen los riesgos del puesto con la manifestada finalidad de obtener la baja médica”, explica.

En consecuencia, el juez anula el despido y ordena la readmisión de la trabajadora, ya que ha visto vulnerados sus derechos a no ser discriminada ni a sufrir represalias por ejercitar las acciones que considerase oportunas.

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Otras consecuencias del uso de la mascarilla: dolor cervical, de cabeza y de mandíbula

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Hasta ahora sabíamos que el uso de la mascarilla estaba provocando problemas cutáneos sobre todo entorno al mentón. Pero además, ahora según un médico vigués, el uso generalizado de mascarillas también ha generado un incremento en el número de pacientes con dolor cervical, de cabeza y de la mandíbula. Su uso prolongado, que constituye la mejor garantía para evitar el contagio, no solo ha provocado un aumento de las afecciones de la piel como el acné o la dermatitis, sino que afecta directamente a las articulaciones.

El uso continuado de la mascarilla “puede asociarse a una mayor tensión en la musculatura en toda la región comprendida entre la nariz, la mandíbula y el cuello, debido a la alteración del tono muscular, tanto en reposo como a la hora de hablar y respirar”, señala el supervisor de Rehabilitación del hospital Ribera Povisa de Vigo, Carlos Cáceres.

“Aún es pronto para determinar con un criterio objetivo cuáles son las lesiones directas provocadas por las mascarillas, aunque sí se han observado aumentos de tensión muscular y agudización de patologías ya preexistentes”, manifiesta el fisioterapeuta. Al llevar la mascarilla, tendemos a realizar una respiración más superficial y que ésta sea oral en lugar de nasal, lo que ocasiona que la lengua esté baja y retraída para dejar sitio para que pase el aire, lo que a su vez hace que la posición de las vértebras cervicales se rectifique.

Del mismo modo, la mascarilla reduce el ángulo de visión inferior, lo que obliga a realizar una hiperflexión de cuello, sobrecargando así la musculatura posterior de la cabeza. Si esto se hace por periodos prolongados, provoca dolor cervical y/o de cabeza a modo de presión en la región occipital y la nuca. La pequeña apertura de la boca a la hora de respirar se mantiene al hablar, lo que dificulta la vocalización pero también afecta a la articulación temporo-mandibular (ATM), sobrecargando la mandíbula. Se produce lo que los expertos llaman una “disfunción en la movilidad de la mandíbula” que condiciona esa alteración del tono normal de la musculatura en esa zona.

El fisioterapeuta subraya que la disminución en la expresividad de nuestro rostro, no poder leer los labios y la barrera que ejerce la mascarilla al sonido, “hace que hablemos más alto, forzando por tanto la voz, lo que también puede afectar a la musculatura fonatoria, que tendrá que tener una mayor tensión”. También recuerda que “debemos evitar movimientos anormales detrás de la mascarilla, ajustarla bien al puente de la nariz, evitar tensiones en las cintas o gomas de forma que se permita una movilidad más confortable de la boca, cuello y cabeza, también al hablar”.

Para aliviar esta situación, se aconseja realizar una respiración consciente, tomando aire por la nariz y llevándola al abdomen, reduciendo así la tensión mandibular. También se recomienda un automasaje para relajar la tensión muscular acumulada en la mandíbula. El servicio de Rehabilitación del hospital Ribera Povisa ha desarrollado, además, una serie de ejercicios colgados en la web tanto a nivel cervical como ejercicios mandibulares (cara) y ejercicios de voz que podrían en parte prevenir y mejorar estos aspectos disfuncionales provocados por el uso continuado de mascarillas.

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lunes, 8 de marzo de 2021

Fallece un varón de 55 años en accidente laboral en Amaya (Burgos) al caer cuando instalaba uralita

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Un varón de 55 años ha fallecido este mediodía en la localidad burgalesa de Amaya tras sufrir una caída mientras instalaba uralita, según informaron fuentes del Servicio de Emergencias 112.

El siniestro se ha producido poco antes de las 12.31 horas, que es cuando la sala del centro de emergencias 112 Castilla y León recibía una llamada que informaba de un accidente en la calle San Juan, en Amaya (Burgos), donde un trabajador había sufrido una caída cuando colocaba una uralita y se hallaba inconsciente.

La sala de operaciones del 112 ha dado aviso del incidente a la Guardia Civil (COS) de Burgos y a Emergencias Sanitarias – Sacyl, que ha enviado una ambulancia soporte vital básico, un equipo médico de Villadiego y un helicóptero medicalizado.

En el lugar, el personal de Sacyl ha confirmado el fallecimiento del trabajador.

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