lunes, 11 de mayo de 2020

Navarra realiza inspecciones a obras y empresas para garantizar unas condiciones seguras

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El Servicio de Salud Laboral del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN) ha visitado ya 40 obras y 84 empresas de los polígonos industriales de la Comarca de Pamplona para comprobar el cumplimiento de las medidas de seguridad adoptadas ante la pandemia de Covid-19, inspecciones que se seguirán realizando en las próximas semanas.

En caso de incumplimientos graves, el ISPLN propondrá sanciones a la autoridad sanitaria según la tipificación contenida en la Ley General de Salud Pública (Ley 33/2011), ha informado el Gobierno foral a través de un comunicado.

Para mejorar el seguimiento, Salud Laboral ha pedido además a los servicios de prevención de riesgos laborales (SPRL) de empresas de construcción e industria que hagan sus propias visitas a obras y empresas. El objetivo es que los propios SPRL recopilen información y completen un cuestionario sobre el cumplimiento de las medidas de seguridad adoptadas ante la pandemia.

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domingo, 10 de mayo de 2020

Las peluquerías deberán disponer de equipos de protección frente al virus

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Las peluquerías y centros de belleza deberán entregar a sus trabajadores equipos de protección individual compuestos de mascarillas, guantes, viseras y gafas protectoras, a fin de garantizar su seguridad y minimizar la exposición al coronavirus en sus contactos con los clientes.

Según consta en la guía publicada por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Nacional de Peluquería e Institutos de Belleza Integrada, también se informará y formará a estos empleados de los nuevos riesgos que afectan a su puesto de trabajo, los cuales deberán ser incorporados a los respectivos planes de prevención que existieran previamente.

En concreto, se entregará a todos los trabajadores guantes y mascarilla, siendo recomendable el modelo FFP2, mientras que quienes realicen servicios con clientes deberían contar además con visera protectora transparente o gafas de protección.

A tenor del documento, el uso de guantes y mascarilla será obligatorio durante toda la jornada, y sugiere al trabajador que haga uso de la visera o gafa protectora cuando se acerque a menos de un metro del cliente y mientras dure toda la ejecución del servicio.

En este sentido, establece tres escenarios de exposición, siendo más elevados los riesgos en el caso de los peluqueros, esteticistas, barberos, manicuristas y maquilladores, al no poder evitar el contacto estrecho con el cliente.

Acto seguido, se encuentran el personal de caja, recepcionistas y personal de belleza, que aunque no realizan servicios al cliente permanecen en el centro de trabajo mientras dura su ejecución, en tanto que la menor probabilidad de exposición la presentan el personal administrativo, de limpieza o almacén, para los que no son necesarios estos equipos siempre que mantengan la distancia social.

La guía reitera otras medidas de prevención general como son la higiene de manos frecuente, usar pañuelos desechables y tirarlos tras cada uso, llevar las uñas cortas y cuidadas, evitando el uso de anillos u otros adornos, evitar los saludos con contacto físico, o poner en conocimiento del responsable cualquier posible contacto con un afectado de coronavirus.

A nivel de establecimiento, se establecerá un sistema de cita previa, se garantizará la atención individualizada con separación física mediante mostradores o mamparas, y se fijará un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá coincidir con las franjas horarias para los paseos y la actividad física de este colectivo.

También se procederá, al menos dos veces al día, a la limpieza y desinfección con lejía de las instalaciones, con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como mostradores, pasamanos, pomos, grifos, para la que se podrá realizar una pausa a lo largo de la jornada, preferiblemente a mediodía.

Además, no se permitirá el uso de los aseos de estos establecimientos por parte de los clientes, “salvo en casos estrictamente necesarios”; en dicho supuesto, se procederá de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.

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Herido en un accidente laboral en Gijón al caer un andamio

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Un trabajador ha resultado herido en un accidente laboral ocurrido en Gijón al caer en un andamio de unas obras, según la información facilitada por el Ayuntamiento gijonés.

Según las mismas fuentes, el hombre estaba trabajando en las obras que se están efectuando en el edificio del antiguo Banco Urquijo, situado en el Puerto Deportivo, frente a los jardines de la Reina.

Hasta el lugar del suceso se han desplazado dotaciones de Policía Local y del Cuerpo de Bomberos de Gijón, así como ambulancias, que se encuentran en estos momentos allí.

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viernes, 8 de mayo de 2020

Asturias reforzará la vigilancia epidemiológica para garantizar el control de casos en el desconfinamiento

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El avance en las fases de la vuelta a la normalidad dependerá, en opinión del consejero, de la capacidad que tenga el servicio de salud para afrontar posibles repuntes de la enfermedad una vez se vayan sucediendo las fases establecidas por el Gobierno central.

Es por ello que durante su comparecencia en el Grupo de Trabajo de la Junta General para el seguimiento y evaluación del coronavirus en Asturias, Fernández Muñíz ha indicado que se dotará de mayor personal al servicio de vigilancia epidemiológica -que antes de la crisis del coronavirus contaba con un jefe de servicio y cuatro técnicas-, con hasta 30 personas durante las distintas fases del desconfinamiento. También se reforzará el servicio de Salud Pública. Hasta ahora el Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha reforzado con 1.635 profesionales la atención hospitalaria y con 334 la Atención Primaria.

La Atención Primaria tendrá, al igual que en todo el periodo de la pandemia, un papel principal en la contención del virus, ya que sus profesionales serán los encargados de abordar la identificación, la notificación y el seguimiento de los casos, a fin también de realizar las pruebas diagnósticas a todos sus contactos y frenar la dispersión del virus.

En este sentido, la Directora gerente del Sespa, Concepción Saavedra, ha afirmado que se intensificarán las pruebas por PCR durante la transición a la “nueva normalidad”, con despliegues de “autoCOVID” en Gijón, Oviedo y otras áreas, además de la toma de muestras PCR en los servicios de Atención Primaria. Hasta ahora, se han realizado más de 25.000 pruebas a personal sanitario y más de 13.000 a trabajadores sociosanitarios.

A partir de ahora la historia clínica de Atención Primaria de cada asturiano incluirá la nueva ficha epidemiológica, a fin de que esta información figure en los sistemas de Atención Primaria y Vigilancia Epidemiológica. También se incorporará en los sistemas de información hospitalarios.

En los lugares sensibles como residencias o centros de trabajo se reforzará la información sobre detección temprana del virus a través de los servicios de prevención de riesgos laborales de cada empresa y reforzando el servicio de prevención del Servicio de Salud asturiano.

Al margen se diseñará una campaña autonómica para reforzar las medidas relacionadas con la desescalada en cuanto a prevención, protección o control de movilidad. Todo ello, ha indicado el consejero, para poder identificar “la menor señal de alerta” y “mantener bajo control cualquier repunte”, moderando así la incidencia y evitando la saturación del sistema de salud.

Si aún con todas estas medidas se produce un aumento de la circulación del virus, ha alertado, se podría plantear “restablecer medidas de control más estrictas”, algo que se evaluará “día a día”.

En el marco de las medidas que Salud pondrá en marcha para controlar el avance de la epidemia, la Consejería ha anunciado que realizará pruebas PCR a las 11.370 personas que, a fecha de 3 de mayo, son consideradas como casos “posibles, probables y confirmados” por Atención Primaria, es decir, aquellos casos que se han puesto en contacto con sus servicios de Atención Primaria y han sido tratados por vía telefónica como positivos sin haber hecho la prueba. Se trata de pacientes con diagnóstico clínico a los que todavía no se ha hecho la PCR.

Dentro de la planificación asturiana para la vuelta a la normalidad, el Principado mantiene el hospital provisional instalado en el recinto ferial Luis Adaro de Gijón habilitado como posible espacio de recepción de pacientes que, tras ser atendidos en los hospitales, ya no precisen de atención médica pero no puedan regresar a sus domicilios por seguir dando positivo.

“Se utilizará en el momento en que la planificación para la desescalada lo necesite”, ha explicado, teniendo en cuenta que el Sistema de Salud asturiano ya trabaja en un plan para recuperar “cierta normalidad” en la atención médica.

Así, los hospitales asturianos retomarán “algunos procedimientos” no relacionados con la COVID-19, hasta ahora “desplazados” por la emergencia sanitaria, como intervenciones quirúrgicas no urgentes.

Para hacer “de forma progresiva” una normalización, Salud estima necesario “circuitos diferentes” por la seguridad de pacientes y profesionales, siendo necesario más espacio en los hospitales.

En este punto el recinto ferial Luis Adaro podría acoger a pacientes que ingresaron por COVID-19 que ya están “clínicamente bien”, que podrían irse a su casa en aislamiento hasta que den negativo, pero que, ya sea porque viven solos o por seguridad para quienes viven con él, “no es recomendable” que regresen a sus domicilios. Actualmente este tipo de pacientes siguen ingresados en el hospital hasta que dan negativo. Sería “más probable”, según el consejero, que el Luis Adaro tenga un papel en este sentido que si se produce un repunte de la enfermedad.

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¿Puedes negarte a un test de detección de Covid-19 por parte de tu empresa?

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El Reglamento Europeo de Protección de Datos 2016/679 (RGPD) establece que los “datos relativos a la salud” son categorías especiales de datos personales y por tanto requieren de una especial protección, quedando en principio prohibido su tratamiento. Existen, sin embargo, circunstancias que levantan dicha prohibición.

¿Es la situación creada por la propagación del coronavirus una de ella? ¿De qué forman quedan afectados los derechos vinculados a la protección de datos afectados por la protección de la salud? Y finalmente, ¿pueden las empresas obligar a los trabajadores a realizarse pruebas de detección de Covid-19? Las respuestas a estas preguntas las encontramos en el artículo 9 de este RGPD, el cual establece las condiciones bajo las cuales está autorizado el tratamiento de datos personales sensibles. Así, el epígrafe b) de este artículo establece la licitud del tratamiento de este tipo de datos, cuando dicho tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento (el empleador) o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social.

Para entender más sobre esas obligaciones y derechos, debemos irnos a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y más concretamente a su artículo 14, del que se desprende un deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales y por tanto una obligación de garantizar la seguridad y salud de todos los trabajadores a su servicio en los aspectos relacionados con el trabajo. Con ese mismo fundamento, el art. 29 de la citada ley establece también obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. En concreto, señala que corresponde a cada trabajador velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.

En consecuencia, en la actual situación, la aplicación de la normativa de protección de datos personales permitiría adoptar al responsable del tratamiento de los datos aquellas decisiones que crea necesarias para salvaguardar la seguridad y salud de los trabajadores. Dicho de otra forma, los empleadores podrán tratar los datos del personal necesarios para garantizar la salud del personal y evitar los contagios en el seno de la empresa y/o centros de trabajo.

De modo que sí, la empresa está en su derecho de conocer si la persona trabajadora está infectada o no, a efectos de poder diseñar, a través de su servicio de prevención, los planes de contingencia que sean necesarios. Ahora bien, que esté autorizada a ello no significa que pueda hacer cualquier uso de esos datos, cuyo tratamiento sigue condicionado a toda la normativa de protección de datos: el mencionado RGPD 2016/679 y Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales).

Todos los principios contenidos en el artículo 5 de esta norma siguen vigentes, y entre ellos los de tratamiento de los datos personales con licitud, lealtad y transparencia, limitación de la finalidad, exactitud y minimización de datos. Sobre este último aspecto hay que hacer referencia expresa a que los datos tratados habrán de ser exclusivamente los limitados a los estrictamente necesarios para la finalidad pretendida, sin que pueda confundirse conveniencia con necesidad.

A modo de conclusión, podemos establecer que la realización de test para verificar si los trabajadores de una empresa están afectados por el Covid-19, y, consiguientemente, su prestación laboral puede constituir un peligro para ellos mismos, para el resto del personal o para otras personas relacionadas con la empresa, constituye una medida amparada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que la normativa de protección de datos no debe obstaculizar y que puede adoptarse sin necesidad de contar con el consentimiento explícito del afectado.

Dicha medida es proporcional a la finalidad pretendida, ya que entraña una fiabilidad, que no puede lograse con otros medios (como pudieran ser test de preguntas al trabajador o toma de temperatura). Además, la realización de dichos test obedece también al principio de minimización, al limitarse exclusivamente a constatar si la persona en cuestión se encuentra contagiada o no del COVID-19, sin indagar en otras patologías.

En todo caso, el tratamiento de los datos obtenidos a partir de estos test debe respetar la normativa de protección de datos y debe cumplirse con el deber de información al interesado establecido en la normativa.

Francisco J. Fernández Romero, socio-director Cremades Calvo Sotelo Sevilla.

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CCOO reclama se cumpla normativa de seguridad en el mantenimiento de carreteras

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El sindicato CCOO ha reclamado que los centros de conservación y mantenimiento de carreteras cumplan con la normativa de seguridad vigente por el estado de alerta y la establecida por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

En un comunicado, CCOO de Construcción y Servicios apunta que las 147 áreas de mantenimiento y conservación dependen de la Dirección General de Carreteras, pero según los trabajadores, no existe coordinación entre ellas y organizan las tareas al margen de las normas del Ministerio de Sanidad e incumpliendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

En concreto, demandan que se cumpla la orden circular 1/2020 sobre las instrucciones generales que deben seguir ante la situación de crisis sanitaria, que según los trabajadores, cada centro ha interpretado “a su antojo”, lo que les ha expuesto a riesgos innecesarios.

CCOO entiende que estos hechos constituyen una “irresponsabilidad grave” en un sector que ostenta los índices de accidentes mortales más altos de España.

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Unión de Mutas edita una guía de buenas prácticas para el trabajo telemático durante el confinamiento por Covid-19

Guia Teletrabajo por COVID-19 Unión de Mutuas

En conmemoración con el  Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo 2020, Unión de Mutuas ha puesto a disposición de empresas y trabajadores un protocolo de actuación para que el trabajo a distancia, implantado para detener el COVID-19, se realice con la máxima seguridad y protección de la salud de las personas. De esta manera, la Mutua se adhiere a la campaña de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, enfocada, este año, a detener la pandemia en el ámbito laboral y proteger la seguridad y la salud en el trabajo.

Desde Unión de Mutuas se destaca que la actual situación de emergencia por contagio del  coronavirus ha forzado a miles de empresas a implantar el trabajo a distancia como una nueva modalidad laboral que los trabajadores realizan, por fuerza mayor, desde el domicilio. Un trabajo no presencial que está permitiendo mitigar la propagación del virus, proteger a las personas trabajadoras  de la enfermedad y continuar con la actividad económica y empresarial.

Sin embargo, al haberse implementado con carácter de urgencia y bajo las medidas de aislamiento y confinamiento decretadas por el estado de alarma, este tipo de trabajo a distancia está creando situaciones especiales ya que puede que las personas que teletrabajan lo hagan con los hijos en casa, convivan  con otras personas y actividades, o bien lo hagan en soledad.   

Ante este cambio brusco de hábitos en el estilo de vida, en el que las obligaciones laborales se han integrado en el entorno doméstico, Unión de Mutuas ha elaborado la Guía de Buenas prácticas para  el trabajo telemático durante el confinamiento por Covid-19.  

Una herramienta útil, con un enfoque práctico y sencillo, para ayudar a las empresas y a los trabajadores a adaptarse a esta nueva situación evaluando los riegos y adaptando medidas de seguridad y protección de la salud. Entre los riesgos para la salud destacan el estrés, los problemas musculares, el aislamiento social, una mala alimentación y la inactividad física

La guía, también pretende sensibilizar sobre las situaciones inconvenientes derivadas de este trabajo a distancia desde casa, puesto que el  cambio de ubicación puede obligar a muchas personas a adaptar su  vivienda y mobiliario a un trabajo de oficina, con la incorporación al contexto familiar tanto de  equipos informáticos  como de horarios, obligaciones y rutinas propias de la actividad laboral.

En  este sentido, el responsable de Prevención de Unión de Mutuas, Emilio Gómez, ha apuntado que trabajar telemáticamente de forma saludable supone romper con las rutinas a las que estábamos habituados, y reeducar nuestros hábitos generando nuevas rutinas positivas para trabajar de manera eficiente y saludable desde casa”.

Así, la guía aporta recomendaciones y medidas para prevenir los riesgos relacionados con la organización y el lugar de trabajo, la ergonomía y salud postural, la seguridad y protección de datos, la salud mental, la gestión de las emociones, el ejercicio físico y la alimentación sana.  

Igualmente, la desconexión digital, el buen descanso nocturno, la planificación diaria, el trabajo por objetivos y la práctica de la relajación y la atención plena son cuestiones fundamentales para  para mantener nuestro bienestar psicológico.

También el documento dispone de contenidos  prácticos como ejercicios para el cuidado de la espalda, tablas de gimnasia para realizar ejercicio físico diario, y la realización de menús saludables, para  asegurar la salud y el bienestar de los trabajadores durante el teletrabajo temporal al que están sometidos por el confinamiento.

#EsteVirusLoParamosUnidos

Además de esta guía, Unión de Mutuas, como mutua colaboradora con la Seguridad Social, y con el objetivo de ayudar a las empresas, trabajadores y autónomos adheridos en la gestión diaria de la crisis provocada por el coronovirus, ha puesto en la web corporativa diverso material preventivo en el apartado Prevención COVID-19, en el que ofrece una visión general  de los riegos que pueden existir en el entorno laboral así como una serie de recomendaciones preventivas, establecidas por las autoridades sanitarias, que deben aplicarse, fomentando así la prevención y los comportamientos seguros.

También, como consecuencia de la  declaración del estado de alarma, la Mutua mantiene prácticamente a todo su personal trabajando telemáticamente desde sus domicilios, con excepción del colectivo sanitario, que, además de estar a disposición de las autoridades sanitarias, continúa atendiendo  la atención asistencial por accidente de trabajo.

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