miércoles, 7 de octubre de 2020

Convocatoria oposiciones 2020 Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

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Se ha publicado en el BOE del viernes 02 de octubre la Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

A las solicitudes de participación en el proceso selectivo y las tasas por derechos de examen les será de aplicación el apartado decimocuarto “Solicitudes” de la Orden HFP /688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Entre otros:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

Fecha límite de inscripción: 3 de noviembre de 2020

Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en el Punto de Acceso General (admlnistraclón.gob.es). La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV de la Resolución de 22 de enero de 2019, y se dirigirá a: «Sr. Subsecretario de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social».

Cada solicitud debidamente imprimida (no serán válidas las fotocopias del modelo 790 ni su cumplimentación manual) tendrá asignado un número de referencia único que se utilizará para identificar al aspirante a lo largo de todo el proceso selectivo.

NOTA: Identificación de los aspirantes durante todo el proceso de oposición

En aplicación de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y tal y como se recoge en la convocatoria del proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados Superiores del INSHT, los aspirantes/participantes tendrán asignado un número de justificante que se utilizará para identificarlos a lo largo de todo el proceso selectivo.

En todos los listados a los que se dé publicidad figurará el número de justificante del Modelo 790 presentado por el aspirante, en lugar de su DNI, Apellidos y Nombre.

Es “muy importante” conservar (anotar y recordar) el número de justificante durante todo el proceso de oposición a la hora de consultar notas, etc. pues en ningún caso se identificará al opositor con DNI o Apellidos y nombre (salvo en los llamamientos a examen, etc.)
La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

Vía electrónica (PREFERENTE)
Haciendo uso del servicio para la Inscripción en Procesos Selectivos del Punto de Acceso General en la url: (https://ift.tt/1JuUFos) siguiendo las instrucciones que se le indiquen. siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve. en cualquiera de sus modalidades o (admlnistraclón.gob.es). La presentación por esta vi a permitirá:

La cumplimentación del modelo 790
Anexar documentos escaneados a su solicitud
Pago electrónico de las tasas
Registro electrónico de la solicitud
Via presencial (soporte papel)

Las solicitudes en soporte papel se efectuarán mediante la cumplimentación electrónica de la instancia en el modelo de solicitud 790 (https://ift.tt/1JuUFos) y su posterior presentación en el Registro General del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, así como en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

IMPORTANTE: El abono de los derechos de examen o, en su caso. la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo. supondrá la sustitución del trámite de presentación. en tiempo y forma. de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

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Piden prisión para un jefe de obra por la muerte de un trabajador durante una reforma en 2018

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La Fiscalía de Área de Gijón solicita una pena de dos años y cinco meses de prisión un jefe de obra por un accidente laboral con un fallecido en una obra en 2018.

Sobre las 16:00 horas del día 24 de octubre de 2018, la víctima, de 55 años, con la categoría de oficial de primera albañil, se encontraba trabajando en la reforma de una cuadra, para su adaptación como vivienda. Cuando caminaba por la cubierta cargando un maletín con herramientas, desprovisto de arnés, pisó la tela antihumedad que cubría uno de los huecos donde se iban a colocar claraboyas, que se rompió, lo que hizo que el trabajador se precipitase unos siete metros, falleciendo como consecuencia del grave traumatismo craneal sufrido.

La cubierta se encontraba tapada en su totalidad, incluidos los huecos mencionados, con tela negra impermeable, mientras que los huecos se encontraban señalizados mediante una cruz de color rojo.

Como causas del accidente se señalan la falta de previsión y planificación de las medidas de seguridad a adoptar, y la ausencia de sistemas de protección anticaídas, tanto colectivo como individual, ya que, pese a que así se contemplaba en el Plan de seguridad y salud de la empresa, aprobado por el coordinador de seguridad, en la cubierta no se habían instalado barandillas que impidieran el acceso y caída por los huecos abiertos, ni línea de vida para la utilización de arnés por los trabajadores que desempeñaban sus labores en ella, que además del fallecido eran otros varios.

Estas obligaciones en materia de seguridad competían al acusado, como jefe de obra, que, siendo consciente del riesgo que para los trabajadores que pudieran encontrarse en la cubierta suponía la ausencia de toda medida de protección anticaídas, consintió que los trabajos cuya supervisión le competía se desarrollaran en las condiciones descritas.

La Fiscalía considera que los hechos constituyen un delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso ideal con un delito de homicidio por imprudencia grave y solicita que se condene al acusado a un total de 2 años y 5 meses de prisión, multa de 9 meses con una cuota diaria de 20 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la profesión de jefe de obra durante el tiempo de la condena. Abono de las costas procesales.

Además, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a la esposa del fallecido con 203.000 euros, y a su hijo con 50.400 euros, todo ello más los intereses legales correspondientes, respondiendo directamente la compañía de seguros y, subsidiariamente, la empresa.

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Maquinaria vieja y trabajadores cada vez más mayores, una combinación mortal en el campo español

Los fitosanitarios agrícolas pueden estar relacionados con mayor incidencia de ELA y TDAH

El sector agrario y ganadero está considerado, junto con la construcción y la minería, una de las actividades laborales más peligrosas que se pueden desempeñar según la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por ello, debería contar con unas garantías de seguridad que protejan al trabajador, pero según los datos no siempre es así.

Hasta junio de 2020, 44 personas han perdido la vida trabajando en actividades agrarias, lo que supone un aumento de 23 empleados respecto al mismo periodo de 2019, año que finalizó con 59 fallecidos. Los motivos son variados, pero las organizaciones coinciden en que uno de los principales es el estado de la maquinaria que se utiliza, como pueden ser los tractores, ya que considera que están claramente envejecidos.

Además, desde el sector creen que los accidentes laborales mortales que se contabilizan como tal no representan la realidad sino una parte, ya que en muchas ocasiones se producen con personas jubiladas o mayores de 65 años y no aparecen en las estadísticas. Según AgroInformación, tan solo el 6% de los accidentes mortales en el campo se consideran laborales, por lo que las cifras aparentan ser mucho más elevadas de las que contabiliza el Ministerio de Trabajo.

El tractor es uno de los vehículos que más presente está en este tipo de accidentes. Su gran tamaño, su escasa velocidad y su estado son factores que influyen en estos datos, a lo que se le debe sumar el exceso de confianza de los conductores y la ausencia de medidas preventivas.

Diego Juste, responsable de comunicación de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) cuenta a cómo está la situación en el sector: “En lo que va de año se han registrado menos accidentes laborales, pero sin embargo hay más mortalidad, y todo ello con una disminución de la población activa, es decir, hay menos personas trabajando y mayor número de fallecidos. El ratio demuestra que la situación es muy grave”.

Para Juste, los motivos que explican estos acontecimientos son dos principalmente: “Un parque de tractores muy envejecido y una edad media de los trabajadores muy alta, muchas veces por encima de los 75 años”. Este hecho referencia con exactitud la evolución del trabajo en el campo, donde muchos jóvenes han decidido no seguir los pasos de sus antecesores y han emigrado, provocando que se reduzca la inversión en maquinaria, que poco a poco ha ido envejeciendo, al igual que sus dueños.

Mari Paz Martín, responsable técnica de Riesgos Laborales de la organización agraria COAG (Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos) explica que una de las reivindicaciones que tenían se ha cumplido con este Gobierno: “Este año han aplicado una mayor partida del presupuesto en la inversión del plan renove de maquinaria, algo que veníamos solicitando hace tiempo”.

Además, en abril de este año el ejecutivo aprobó el real decreto 448/2020, en el que, entre otras medidas, se prohíbe la venta de tractores de más de 40 años: “Son vehículos que no cumplen las condiciones de seguridad ni de medio ambiente, por lo que con esta medida no se va a poder cambiar la titularidad, salvo cuando sea una herencia, evitando así que se vendan”, asegura Martín.

Por último, en un sector donde el mercado de segunda mano es muy importante, y para evitar la introducción en el sector agrario español de maquinaria contaminante, el real decreto también estableció que se prohíbe la utilización de tractores y otro tipo de máquinas que provengan de otros países y que hayan sido registradas antes de 2001, que es cuando se estableció la normativa europea de gases y partículas contaminantes.

Tanto desde la UPA como desde COAG, coinciden en que es necesario una importante campaña a todos los niveles que haga ver a los asalariados los riesgos reales que corren y tomen las medidas de seguridad necesarias para ello. “Es importante que llegue a todos los trabajadores y a los propietarios de la maquinaria, para que les advierta”, señala la responsable del COAG.

Desde la UPA, David Juste admite que a los agricultores y ganaderos españoles “les falta una clara labor de concienciación, sobre todo a la hora de tomar las medidas de seguridad, porque muchas veces se reduce a una cuestión personal y está en juego en su vida”.

Para ayudar en este tipo de labores, desde la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos han creado Agri-Preven, un proyecto que se dedica precisamente a la prevención de riesgos laborales en este sector, bajo el lema “En el campo, trabaja sin riesgos”. Juste cuenta que su labor es “mediante cursos de formación, campañas en redes, folletos o vídeos tratar de hacer ver que se tienen que extremar más las precauciones”.

Por último, el responsable de la UPA espera que la evolución del trabajo en el campo sea parecida a la que ha tenido el sector de la construcción, donde hace no tantos años apenas se tenían en cuenta las medidas de seguridad y en la actualidad se cumplen a rajatabla.

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¿Tienes problemas para dormir, se te cae el pelo? Puedes tener tecnoestrés

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Es urgente que te desconectes del horario de trabajo, ya que puedes padecer tecnoestrés, que se manifiesta en la piel, la caída del cabello, comer de más y algunas otras como la afectación del ciclo sueño-vigilia, advirtió una especialista de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

México es uno de los países con mayor estrés laboral a nivel mundial, pues aproximadamente el 75 por ciento de la fuerza de trabajo lo adolece y la pandemia agrava la situación con la aparición del tecnoestrés, afirmó Erika Villavicencio-Ayub, académica de la Facultad de Psicología (FP).

La especialista en salud ocupacional indicó que, previo a la pandemia de COVID-19, hasta el 25 por ciento de los trabajadores tenía algún trastorno mental como depresión, aunque no necesariamente requerían tratamiento psiquiátrico.

Según sus estimaciones, es muy probable que esa cifra ascendiera para tener hoy uno de cada dos trabajadores con algún padecimiento mental.

Ante esto, la investigadora sugirió a instituciones y empresas establecer programas de contención emocional, reforzar las habilidades de los líderes que son el eje central de los equipos de trabajo en la función de facilitadores, así como proveer una cultura laboral enfocada al bienestar de la persona.

La Coordinadora de Psicología Organizacional explicó que aún hay muchas personas que siguen en confinamiento, en el llamado home office. Otras tienen un esquema mixto para evitar saturar los centros laborales, y una parte in situ (en el sitio), porque su cometido es la producción o el trabajo físico.

Para la especialista no hay que olvidar que el empleado es un ser biopsicosocial, y cuando en su labor la fórmula se desequilibra y se le asignan jornadas y cargas más fuertes, el jefe o el dueño de la organización se siente con el derecho de exigir que esté conectado 24/7, incluidos fines de semana, obviamente se considera una cultura laboral tóxica que conlleva al estrés.

“Ahí aparece el denominado tecnoestrés, derivado del uso desadaptativo de las tecnologías. Aunque depende de la situación, también podemos hablar de una tecnofatiga, cuando se está expuesto a largas horas con exceso de carga laboral”, añadió.

Esto sucede porque el cerebro está acostumbrado y reacciona a estímulos que son físicos. Migrarlo a las plataformas digitales trae una serie de configuraciones distintas en donde hace un esfuerzo adicional mientras se habitúa a interactuar con estas distintas expresiones de comunicación, precisó.

Villavicencio-Ayub indicó que algunos de los síntomas son compartidos con otros trastornos, aunque una de las primeras señales se manifiesta en la piel, la caída del cabello y algunas otras como la afectación del ciclo sueño-vigilia, además de presentar dificultades para conciliarlo.

Otro trastorno es el consumo excesivo de alimentos. Hay personas a las que se les suma el exceso de conectividad con preocupaciones y angustias, depresión, miedos, y pudiera ser que los índices de estos se eleven y se acompañen con el mismo tecnoestrés.

“Si hablo con mi jefe de que estoy estresado corro el riesgo de que me quite de la fila, porque ya no soy el soldado que necesita en esta guerra, ¿y qué hacemos?, lo escondemos y lo desquitamos con la gente que más confianza tenemos: pareja, hijos, padres y llevamos el estrés laboral a un conflicto familiar”, describió.

Una de las primeras recomendaciones de la investigadora es la urgencia de una reforma legal en materia de la Ley Federal del Trabajo, a fin de que se establezca el derecho del trabajador a desconectarse fuera de los horarios convenidos de trabajo.

“Que esa desconexión se respete por ley, porque las personas necesitamos atender otros aspectos de la vida. Como seres biopsicosociales se ha invadido el hogar por estas causas, y en la medida que la persona pueda equilibrar su vida, tener descanso y actividades y despejarse mentalmente, sacará el desgaste que tiene por esta conectividad”.

Es momento, dijo, de organizar los equipos colaborativos para responder y llegar a un índice de productividad más alto con menos desgaste personal.

“En ese sentido, mi recomendación empieza con el autocuidado, es como el mensaje que nos dan al abordar un avión: colóquese la mascarilla para poder ayudar a los demás. Con esa metáfora, si la trasladamos al ámbito laboral, trabajaremos mejor en la medida que yo tenga hábitos saludables, que cuide alimentación, rutinas de despertar y dormir e higiene”.

Al concluir, subrayó que la meta es tener la menor afectación mental al finalizar la pandemia, porque el trabajo tóxico impacta en nuestro sistema inmunológico y este debe permanecer lo más fuerte posible para que ninguna otra enfermedad lo ataque.

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martes, 6 de octubre de 2020

Las demandas por contraer COVID-19 en el trabajo podrían ser astronómicas en EEUU

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Las empresas estadounidenses con brotes de COVID-19 se enfrentan a una amenaza legal emergente por las demandas de los trabajadores que se llevaron el coronavirus a casa y de sus parientes infectados, una contingencia que según una empresa de análisis de riesgos podría costar a las empresas miles de millones de dólares.

La hija de Esperanza Ugalde de Illinois presentó en agosto una demanda de estas características por homicidio imprudente -la primera de este tipo según abogados consultados-, alegando que su madre murió por COVID-19 después de que su padre contrajese la enfermedad en la planta de procesamiento de carne de Aurora Packing Co.

Estos casos toman prestados elementos del caso del amianto y esquivan los límites a la responsabilidad por accidentes en el lugar de trabajo, lo que expone a las empresas a elevados costes por daños y perjuicios, incluso aunque el demandante no haya puesto un pie en las instalaciones.

“Las empresas deberían preocuparse mucho por estos casos”, dijo el abogado laboral y de empleo Tom Gies de Crowell & Moring, que defiende a los empleadores.

La demanda contra Aurora alega que Ricardo Ugalde trabajó “hombro con hombro” en la línea de procesamiento de la empresa en abril cuando Aurora sabía que había un brote de coronavirus en sus instalaciones y no advirtió a los empleados ni adoptó ninguna medida de prevención de infecciones.

Se cree que entre el 7% y el 9% de las cerca de 200.000 muertes por COVID-19 en los Estados Unidos hasta la fecha se deben a infecciones llevadas del trabajo a casa y las demandas podrían costar a las empresas hasta 21.000 millones de dólares si el número de muertes en Estados Unidos llega a 300.000, según Praedicat, una empresa que evalúa los riesgos para las aseguradoras.

Rob Reville, CEO de Praedicat, advierte que este es el peor escenario posible y dijo que los casos podrían tener una factura inferior en función de cómo interpreten las demandas los jueces.

El sistema de compensación a los trabajadores de EEUU generalmente dificulta que estos presenten demandas por la enfermedad COVID-19. El sistema pone un tope a la responsabilidad de las empresas y prohíbe demandas costosas a cambio de pagos rápidos a los empleados, que no necesitan probar la culpa.

Pero Esperanza Ugalde no era una empleada de Aurora, así que su familia puede demandar a la empresa. Dependiendo de las circunstancias, un caso exitoso de homicidio por imprudencia puede superar el millón de dólares en daños.

Este tipo de casos han existido durante década en los contenciosos por el amianto y los tribunales se han dividido a la hora de decidir si una empresa tiene obligación con personas que nunca han pisado sus instalaciones.

En 2013, un jurado de California concedió a Rose-Marie Griggs 27,3 millones de dólares en daños compensatorios y punitivos después de que contrajera un mesotelioma que, según sus abogados, fue causado por las fibras de amianto que llegaban a su casa en la década de 1950 en la ropa de trabajo de su marido, que instalaba aislamientos para una filial de Owens-Illinios Inc.

La empresa apeló y las dos partes llegaron a un acuerdo extrajudicial antes del fallo de apelación.

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Cantabria apoya a las empresas que mejoren la seguridad frente a la covid

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El Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo (ICASST) mantiene abierta la convocatoria de subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral a través de la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo como consecuencia de la pandemia provocada por el coronavirus.

El objetivo de estas ayudas es fomentar la seguridad de los trabajadores. Unas ayudas que se dirigen a aquellas empresas de Cantabria que adopten medidas extraordinarias que prioricen la protección de la salud de las personas trabajadoras.

El organismo dependiente de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales recuerda que, en la actual situación de emergencia de salud pública y pandémica internacional, es necesario adoptar medidas urgentes y extraordinarias que se dirijan a proteger a personas y empresas frente al impacto social y económico.

Las bases reguladoras de la convocatoria, publicadas el pasado 12 de agosto, establecen que las beneficiarias de estas subvenciones serán las micro pymes y las pequeñas y medianas empresas de Cantabria.

Se establecen cuatro líneas de ayudas. La primera se dirige a la compra de equipos de protección individual frente al riesgo biológico. La segunda línea está pensada para subvencionar la contratación de servicios de desinfección de equipos, instalaciones y personas, siempre de acuerdo a las indicaciones dadas por las autoridades sanitarias.

La tercera línea de ayudas del ICASST pretende subvencionar las inversiones que hagan las empresas en la adaptación de puestos de trabajo con medidas de protección adecuadas que eviten el contagio.

Finalmente, hay una cuarta línea de subvenciones, orientada al diseño y colocación de sistemas de ventilación general de las instalaciones.

Pueden acogerse a estas subvenciones las micro, pequeñas y medianas empresas que tengan su domicilio social en Cantabria o bien un centro de trabajo comprobado en la comunidad autónoma.

En total, el Ejecutivo destina un presupuesto de 1.076.397 euros a este programa de ayudas, que se concederán con el procedimiento de concurrencia competitiva a partir de las solicitudes que se presenten hasta el próximo viernes 9 de octubre de 2020. La cuantía de la subvención oscilará entre los 700 y los 1.200 euros.

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CC.OO. denunciará ante Inspección de Trabajo la muerte de un obrero en la construcción del hospital de pandemias

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CC.OO. denunciará ante Inspección de Trabajo la muerte en accidente laboral de un trabajador de 46 años en la construcción del hospital de emergencias sanitarias, que llevará el nombre ‘Enfermera Isabel Zendal’ y que se ubicará en Valdebebas, por lo que piden conocer las circunstancias y responsabilidades.

El siniestro tuvo lugar sobre las 15:30 cuando el trabajador, por circunstancias que ahora investiga la Policía Municipal de Madrid, impactó contra una viga, por lo que sufrió un traumatismo craneoencefalico severo.

Hasta el lugar se trasladó una ambulancia del Summa-112, cuyos sanitarios solo pudieron confirmar el fallecimiento, sin posibilidad de reanimación. Un equipo de psicólogos del Summa 112 tuvo que atender a los compañeros de trabajo de la víctima.

A los técnicos de CC.OO. que han visitado la obra, los compañeros les han comentado que el trabajador fallecido no estaba enganchado en ninguna línea de vida y cayó desde una altura de 6-7 metros aproximadamente cuando se disponía a desenganchar una eslinga que se había enganchado en una estructura de una grúa. Además, señalan que otro trabajador falleció en esta misma obra por un infarto.

Este nuevo accidente laboral eleva a 43 las personas que en la Comunidad de Madrid han perdido la vida en el trabajo en lo que va de año.

CC.OO. de Madrid lamenta este nuevo siniestro mortal y traslada sus condolencias y su apoyo a los familiares y compañeros del obrero fallecido, y anuncia que denunciará este accidente ante la Inspección de Trabajo para aclarar las causas y posibles responsabilidades, “y que se investigue la cadena de subcontratación, la coordinación empresarial entre las diferentes empresa, la formación de los trabajadores en prevención de riesgos laborales y el resto de obligaciones preventivas”.

Según ha explicado el sindicato, la empresa a la que pertenecía el trabajador fallecido, ANRO estructuras metálicas, subcontrata de la constructora San José, es la misma empresa que estuvo implicada en el derrumbe del Hotel Ritz en Madrid, que dejó un muerto y 11 heridos de distinta gravedad en 2018.

“El trabajo no puede costar la vida y exige a los empresarios el estricto cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales que evitaría estas muertes, especialmente en el sector de la construcción donde la realidad muestra una alarmante degradación de la prevención en las obras asociada a una precariedad que pone en juego la vida de los trabajadores”, han indicado.

“La pandemia por la Covid-19 está causando mucho sufrimiento en la clase trabajadora, pero ya alertábamos de que no podíamos bajar la guardia, que era necesario seguir vigilando y controlando los riesgos presentes en los lugares de trabajo para evitar accidentes y sobre todo evitar muertes”, prosigue CC.OO en un comunicado.

Desde el sindicato advierten de que como sociedad “se debe ser muy exigentes para que la ‘nueva normalidad’ no traiga aparejada los viejos accidentes”.

“No podemos olvidar que es necesario evitar todas las situaciones de riesgo en los centros de trabajo y seguir poniendo la salud laboral donde le corresponde”, ha señalado la secretaria de Salud Laboral de CC.OO. de Madrid, Carmen Mancheño, que insiste en que la siniestralidad “sigue estando ligada a unas deficientes condiciones de trabajo que ponen en riesgo la salud y la vida de trabajadores”, y ha apuntado que no se puede olvidar esta realidad porque “la salud en el trabajo debe ser siempre una prioridad política, social y empresarial”.

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