martes, 15 de enero de 2019

Un hombre de 45 años muere aplastado por una placa de mármol

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Servicios Sanitarios de Emergencia no han podido salvar la vida de un hombre de 45 años que ha muerto aplastado por una placa de mármol en una empresa ubicada en Zarcilla de Ramos, término municipal de Lorca.

El 1-1-2 recibía llamada informando del accidente, a las 12.47 horas. Al lugar se movilizaron Policía Local, Guardia Civil, retén del Servicio de Emergencias y Protección Civil del Ayuntamiento de Lorca y una Unidad Móvil de Emergencias (UME) con personal de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias 061, quienes no pudieron más que certificar el fallecimiento del accidentado.

El suceso ha sido informado al Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia.

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Unión de Mutuas analiza la incapacidad temporal en el sistema especial agrario

Jornada Vinaròs

Unión de Mutas ha celebrado en Vinaròs, Castellón, una jornada para analizar la protección social de los trabajadores del campo, en la que se han analizado los tipos de cotización, las bases reguladoras, la afiliación, así como los aspectos a tener en cuenta en las cotizaciones durante las situaciones de incapacidad temporal.

En el acto, al que han asistido, empresarios, autónomos y colaboradores mutualistas, la Técnica jurídica de la entidad, Míriam Planas ha abordado las particularidades de este sistema especial agrario, en el que destaca la temporalidad y sobre el que, a partir de casos prácticos, la representante de la mutua ha ido despejando dudas y ofreciendo respuestas basándose en la normativa vigente.

Así, Planas ha analizado los contratos eventuales, los fijos, los fijos discontinuos y las diferencias que genera en la prestación el hecho de cotizar sobre una base fija mensual o sobre la base de la jornada real.

En cuanto al cálculo del subsidio por incapacidad temporal, y en relación a los trabajadores eventuales agrícolas que realizan menos de 23 jornadas reales en un mes, Planas ha hecho hincapié en que son “considerados como contratados a tiempo parcial” ya que 23 jornadas reales equivalen a un mes completo, es decir a 30 días. 

Asimismo sobre los trabajadores agrarios con contrato temporal y los fijos discontinuos que cotizan por jornadas reales, si caen de baja durante la actividad laboral, la cotización se realiza contabilizando “las jornadas previstas que hubiese realizado el trabajador  si no se encontrara de baja.”

También la técnica jurídica ha abordado el sistema especial de frutas y hortalizas en el que se incluyen las empresas con las actividades de manipulación, envasado y comercialización de frutas y hortalizas y de fabricación de conservas vegetales, así como a los trabajadores al servicio de las mismas “cualquiera que sea la duración prevista de sus contratos laborales” y siempre que “sus actividades se realicen de manera intermitente o cíclica”.

En su exposición, ha explicado cómo calcular la incapacidad temporal para los trabajadores fijos discontinuos, los eventuales, la cotización adicional por horas extraordinarias, y el coeficiente de permanencias.

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Crece el mobbing, pese a que la mayoría de casos se desconocen

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La precariedad laboral y los contratos temporales son el escenario propicio que alimentan el aumento de los casos de acoso laboral. Todo ello, aunque se explican pocos episodios respecto a los que realmente se producen. El miedo a perder el trabajo y el exceso de burocracia judicial frenan las denuncias y más aún las demandas. Entre enero y septiembre de 2018 se han multiplicado por cuatro las denuncias por mobbing a la Inspección de Trabajo de Catalunya, según los datos que aporta el sindicato CCOO.

La sección de Salud Laboral de CCOO de Catalunya advierte que el acoso laboral sigue siendo un tema tabú porque las víctimas consideran que resulta difícil de demostrar. “Las cifras reales todavía son bajas”, comenta Francesc Montoro, responsable de Salud Laboral del sindicato. CCOO recibió el año pasado 38 consultas y admite que el número de peticiones se ha duplicado en los últimos tres años. Montoro señala que la realidad del mobbing es más grave que la que dibujan las estadísticas y precisa que “cada caso contabilizado esconde cuatro o cinco detrás”. En la mayoría de casos, antes de comenzar un proceso judicial, los trabajadores terminan abandonando la empresa.

Montoro añade otro elemento que incide en el incremento de los casos. “Una organización de trabajo desregulada que aprovechan algunas empresas contra determinadas personas”. El responsable sindical lamenta que “la Inspección de Trabajo esté entrando de forma muy timorata y haciendo actuaciones poco profundas”. Incluso, si finalmente el trabajador se decide a emprender un procedimiento judicial, Montoro alerta de que “el juzgado contencioso administrativo puede tardar hasta tres años en resolver” la denuncia.

En este contexto, CCOO advierte que la burocracia y la lentitud judicial desaniman a los trabajadores para iniciar cualquier acción judicial. Por su parte, el secretario general de Treball de la Generalitat, Josep Ginesta, insta a las empresas a que “tengan protocolos de actuación” para afrontar los casos de acoso. Las compañías que más episodios acumulan de mobbing son las de más de 50 trabajadores de los ámbitos de la industria, sanidad y comercio.

Considerar la práctica del acoso laboral como violencia. Esta es la propuesta que plantea la Asociación Alto al Mobbing (ASAM). La entidad apunta a que la discriminación y el acoso sólo la terminan resistiendo los funcionarios, colectivo con una estabilidad laboral alta. “Muchos trabajadores no se atreven a denunciar por miedo a perder el puesto de trabajo”. El presidente de Asam, Manel García, describe la dureza de la situación. “Vas a trabajar vacío por dentro y los efectos devastadores del mobbing aparecen en tu vida laboral, personal y social”. Asam sitúa a la enseñanza, el ámbito sanitario, los cuerpos policiales y las grandes empresas algunos de los escenarios donde se produce el acoso.

Un estudio de la Asociación contra el Acoso Psicológico y Moral en el Trabajo, con datos de 2017, concluye que en España un 15% de los trabajadores sufre mobbing en su entorno laboral. Soportar esta situación agrava e incrementa las posibilidades el riesgo de sufrir un problema cardiovascular.

Los gritos, las humillaciones y el desprecio de los jefes o de otros compañeros aumentan un 60% el riesgo de tener problemas cardiovasculares. Las cifras, extraídas de un estudio de la Universidad de Copenhague, se refieren a los casos de mobbing visible. Pero en las situaciones en que las víctimas han denunciado episodios de violencia, la probabilidad sube un 25%. El peligro total, en el que el riesgo de tener enfermedades de corazón crece hasta el 120%, se genera en las personas que han sufrido diariamente el acoso laboral en su lugar de trabajo.

Desde la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), la profesora de Economía y Empresa, Ana Isabel Jiménez-Zarco, destaca que tras la reivindicación de igualdad salarial entre los hombres y las mujeres también existe una demanda para reducir el acoso laboral . “Debemos interiorizar la necesidad de igualdad de sueldos, la paridad de cargos de responsabilidad y el reparto de los trabajos domésticos”. Con estos elementos, Jiménez-Zarco cree que se reduciría el acoso laboral, especialmente en las mujeres, uno de los colectivos que más lo padece.

La profesora en psicología social Ángeles Viladot, también de la UOC, explica que otro de los retos que tiene el mercado laboral es “la visibilización de las mujeres que poseen cargos directivos y la lucha contra los roles estereotipados”. Esta mala imagen y el rechazo hacia este colectivo propician situaciones de acoso laboral y de género. Al final, las mujeres tienen más posibilidades de sufrir mobbing por los modelos de rol, afirma.

Las expertas, las víctimas y los sindicatos coinciden en la necesidad de que la Administración se implique más para luchar contra el acoso laboral. La falta de proactividad, la reducción de burocracia y la simplificación de los procesos judiciales son las exigencias que demandan que los trabajadores y trabajadoras tengan herramientas para denunciar los casos silenciados de acoso laboral.

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El Supremo confirma que el amianto también es causante de cáncer de esófago

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El Tribunal Supremo confirma que la exposición al amianto está en el origen de la muerte de un ex trabajador de una empresa de fibrocemento situada en Castelldefels y en la que se empleó durante más de 20 años consecutivos.

Antes de morir aquejado de cáncer de esófago, el hombre se dedicaba en la empresa de Castelldefels a la fabricación de fibrocemento, uno de los principales derivados del asbesto. Transcurridos casi cinco años desde su fallecimiento, el Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la compañía Uralita, que absorbió la histórica empresa Rocalla de Castelldefels.

Con anterioridad a esta sentencia pionera del Supremo, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ya había zanjado que la enfermedad del trabajador fallecido tenía su origen en la exposición continuada a las fibras de asbesto presentes en su lugar de trabajo.

La sentencia del alto tribunal es trascendente porque considera que, a pesar de que el baremo de enfermedades profesionales no establece explícitamente una relación de causalidad entre el amianto y la patología de la víctima, el amianto sí es causante de cáncer de esófago.

Una vez certificado que el cáncer de esófago es una enfermedad profesional, la Seguridad Social está obligada a elevar la pensión de la viuda del trabajador hasta el 52% de la base reguladora de 16.245 euros anuales.

La anterior resolución del TSJC ratificaba una sentencia previa del Juzgado Social 3 de Barcelona en idéntico sentido. Si bien admitía que el trabajador estuvo expuesto a otros factores de riesgo de desarrollar cáncer de esófago como sus 26 años de tabaquismo a un ritmo de paquete diario, precisaba que esa adicción no es una causa sino que se limita a actuar como efecto multiplicador en las enfermedades derivadas de inhalación de asbesto.

La sentencia establece que el hecho de que el cáncer de esófago no figure entre las patologías que el cuadro de enfermedades profesionales “no es un argumento suficiente en sí mismo” para descartar que tenga un origen laboral.

La resolución acredita la existencia de “evidencia científica suficiente” que sitúa al amianto en el origen de diversas formas de cáncer, entre las que se incluye el de esófago. “Y otros procesos malignos que afectan órganos como el colon, el estómago o la laringe”, añade la sentencia

Además, insta a los tribunales y a las entidades gestoras de la Seguridad Social de los diferentes estados de la Unión Europea (UE) a que tengan en cuenta “los conocimientos actuales y los criterios científicos contrastados para evaluar si se ha de considerar o no una patología como enfermedad profesional”.

El abogado del Col·lectiu Ronda que ha llevado el caso, Alex Tisminetzky, cree que la decisión del Supremo es “de una importancia capital”. El autor de la demanda recuerda que, según datos facilitados por la UE, España es “el país que menos casos de asbestosis y cánceres provocados por exposición laboral al amianto reconoce”. “Un informe de Eurogip señala que, entre 1980 y 2003, en Alemania se reconocieron 51.582 casos de enfermedades profesionales, mientras que en España sólo fueron 406 en el mismo período de tiempo, esto es, 127 veces menos”, lamenta el abogado.

Hace solo cuatro meses el TSJC condenó a Uralita a indemnizar con 112.000 euros a un antiguo trabajador por la muerte de su esposa a consecuencia de su exposición a las fibras de amianto. La mujer murió de un mesotelioma provocado por la exposición a las fibras de amianto que impregnaban la ropa de trabajo de su marido. Ella se había encargado de la limpieza del uniforme laboral del hombre durante 30 años, el tiempo que él trabajó en Rocalla antes de jubilarse. La mujer murió en 2016.

El titular del Juzgado Social 1 de Barcelona consideró probado que la inhalación de las fibras de amianto se producía por contacto con la ropa de su marido. La mujer las inhalaba durante el proceso de limpieza de la ropa de trabajo contaminada, un trabajo que estaba obligada a asumir la empresa.

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domingo, 13 de enero de 2019

Folleto Trabajar sin caídas – Equipos de protección individual contra caídas de altura

Equipos de protección individual contra caídas de altura trabajar sin caídas

Los Equipos de Protección Individual contra Caídas de Altura deben utilizarse cuando exista riesgo de que los usuarios sufran una caída desde distinto nivel, siempre que este riesgo no haya podido evitarse o reducirse mediante la aplicación de otras medidas preventivas.

En general se entiende por “trabajos en altura” aquellos que se ejecutan en un lugar por encima del nivel de referencia, entendiendo como tal la superficie sobre la que puede caer un trabajador y ocasionarle daños personales. Los trabajos que supongan un riesgo de caída de altura superior a 2 metros requieren el uso de protección contra caídas de altura; ello no excluye que cuando se trabaje en alturas inferiores no deban utilizarse también los medios y equipos adecuados para cada situación.

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¿Cuánto afecta el tráfico al aire que respiras?

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Unas 400.000 personas fallecen cada año en Europa a causa de la contaminación. Se trata de un problema de salud pública de primer orden que genera gran preocupación en los países enriquecidos, donde los trastornos asociados a la mala calidad del aire son ya la principal causa ambiental de muerte prematura en el continente.

La Comisión Europea (CE) dio la voz de alarma en 2013 con la puesta en marcha de un nuevo paquete de políticas de aire limpio, que instaba a los estados miembros a tomar medidas para garantizar una buena calidad del aire y salvaguardar la salud pública. En él se establecían límites de emisiones para uno de los compuestos más contaminantes, el dióxido de nitrógeno (NO2), cuya mayor concentración procede del tráfico rodado.

Cinco años más tarde, y pese a los esfuerzos de la administración comunitaria, la situación es a día de hoy particularmente crítica en algunos estados miembros como España e Italia, que han excedido reiteradamente los límites fijados ante sus dificultades para cumplir con los objetivos europeos.

En este contexto de máxima urgencia (ciudades como Madrid se han visto obligadas a activar el protocolo anticontaminación en varias ocasiones a lo largo de los últimos meses) surge el proyecto europeo de investigación TRAFAIR, una iniciativa conjunta entre administraciones públicas y universidades de ambos países que aúna esfuerzos para comprender el impacto que tienen los flujos de tráfico en la calidad del aire.

El proyecto, que cuenta con la participación del Centro Singular de Investigación en Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago (CiTIUS) se presenta como una alternativa para optimizar las estrategias de control y aumentar la conciencia social sobre un problema creciente.

Su máximo responsable en Santiago, José Ramón Ríos Viqueira, explica el objetivo global del consorcio: “Lo que pretendemos con este proyecto es desarrollar un nuevo método capaz de ofrecer a los ciudadanos y las administraciones públicas una estimación óptima del grado de contaminación, generada según las diferentes condiciones del tráfico”.

“La nueva herramienta combinará las condiciones climáticas, los flujos de tráfico y otras fuentes de emisión para proporcionar una estimación rápida y fiable del nivel de polución de la ciudad, validando los resultados con un sistema de sensorización de la calidad del aire innovador y de bajo coste”, añade.

El nuevo servicio, fruto de los resultados del proyecto TRAFAIR, se desplegará en las ciudades españolas de Santiago de Compostela y Zaragoza y las italianas Florencia, Módena, Livorno, y Pisa. El proyecto está liderado por la Universidad de Módena y Reggio Emilia (UNIMORE) y cuenta con nueve socios, cuatro instituciones públicas por país y una empresa de servicios.

En lo que respecta a la parte española, junto al CiTIUS participan también el Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA), el Ayuntamiento de Santiago de Compostela y la Universidad de Zaragoza.

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jueves, 10 de enero de 2019

Disponibles las últimas NTP’s de la 32ª Serie. Segunda docena

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Son documentos breves, que tratan un tema preventivo concreto con una orientación, eminentemente, práctica. Van destinadas a los prevencionistas cuya función es resolver los problemas preventivos en el día a día de la empresa. En la colección se tratan todas las áreas preventivas: seguridad, higiene, medicina, toxicología, psicología, formación, etc. 

Están disponibles las segundas doce NTP’s de la 32ª Serie, de la 1113 a la 1124. Pinche aquí
 

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