miércoles, 31 de julio de 2019

La historia del trabajador de Chernobyl que se suicidó tras ver la serie

Japón reconoce la primera muerte de un trabajador de Fukushima a causa de la radiación

Nagashibay Zhusupov removió escombros en frenéticas carreras de 90 segundos por el techo del reactor número cuatro de la destruida planta nuclear de Prípiat. Después de ver la serie que recrea el accidente, tomó la decisión de acabar con su vida, al recordar los años de abandono e intensos dolores, que vivió tras el suceso.

Según sus familiares, la decisión del sujeto comenzó a fraguarse gracias a la televisión. Fue mientras veía la serie Chernobyl, de HBO, la que recrea el catastrófico accidente en la planta nuclear Vladimir Lenin de Ucrania en 1986. Este obligó a evacuar localidades completas, generó una onda radioactiva que se expandió por Europa, y provocó secuelas en la salud de hombres, mujeres y niños.

“Varias veces se había desvanecido y cuando nos pusimos a ver la serie de HBO no pudo contener las lágrimas“, recordó posteriormente Gaukhar, la hija de Zhusupov, en conversación con el Daily Mirror. “Allí debe haber pensado en el suicidio y lamentablemente lo llevó a cabo”, agregó.

Él estuvo allí. Como muchos otros participó en las faenas de limpieza y remoción de escombros. Tal como se ve en la serie, fue de aquellos que debían entrar al techo del reactor cuatro vestidos con trajes especiales, recubiertos con plomo, y limpiarlo en frenéticas tandas de 90 segundos. Era el tiempo que el profesor Valeri Legásov calculó como el óptimo a fin de evitar la contaminación radioactiva, A esos sujetos se les llamó liquidadores.

Algunos de ellos fueron condecorados. Otros recibieron pensiones y una vivienda en agradecimiento por parte del Estado. Zhusupov, en cambio, se quedó solo con los constantes dolores de cabeza y los desmayos, que le recordaban una y otra vez, aquella peligrosa misión. Su pensión, al momento de su muerte era el equivalente de US$180 mensuales.

“Se sintió engañado, pese a haber sido uno de los primeros en llegar a la planta nuclear de Chernobyl sin saber a lo que se atenía”, recordaron sus amigos al medio citado.

Aunque Zhusupov fraguó su leyenda en 90 segundos, la recompensa la esperó por décadas. Durante años pujó por recibir el mismo apartamento en que fueron ubicados otros veteranos del desastre. Hasta que un día descubrió, con horror, que su nombre había sido borrado de la lista. “Mi papá recibió algo de apoyo del gobierno, pero no de la manera que él quería. Tuvo el sueño de obtener un departamento del Estado como otros liquidadores de Chernobyl que sacrificaron su salud. Pero su sueño siguió siendo un sueño”, relató su hija al Mirror.

La mala situación económica, la pensión de hambre y los constantes dolores de cabeza, le limitaban en demasía. Aquella no era vida, pensaba. Más cuando se vio obligado a residir en una pequeña habitación en un albergue junto a sus cinco hijos.

A pesar de sus problemas, sus familiares afirmaron que era un hombre que disfrutaba jugar con sus nietos, y que le gustaba ayudar a los demás. Sentía que entre la gente, su acción había sido reconocida. Hoy, su hija cuenta que se queda con ese recuerdo, pero que será difícil aceptar su partida. “No podemos creer que esto nos haya pasado, y que ya no volverá a casa”, dijo.

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Los muertos en un accidente de trabajo ascienden a 250 hasta mayo

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Un total de 250 personas fallecieron en un accidente laboral entre enero y mayo del 2019. Ese es el balance que dejan las cifras registradas por el Ministerio de Trabajo, sobre los cinco primeros meses del año. Bajan en números absolutos, concretamente en 20, los siniestros mortales respecto al mismo periodo del año anterior y descienden a su vez los índices de siniestralidad, al haber este año más trabajadores en activo que en el 2018.

De las 250 personas que perdieron la vida durante su jornada de trabajo, 196 lo hicieron en el mismo centro de trabajo y 54 en el desplazamiento al mismo o desde el mismo. Datos que dejan un índice de siniestralidad, que mide el número de muertes en el trabajo en función del número de ocupados, en 0,221; el 23% inferior al registrado en el mismo periodo del año anterior.

Si bien bajan los accidentes mortales, suben los accidentes sin consecuencias fatales pero sí que acarrean baja. En los cinco primeros meses del año el balance fue de 257.289 incidentes con baja, el 4,6% más que en el mismo periodo del 2018. Los accidentes graves aumentaron al doble de velocidad (8,8%) que los leves (4,4%), siendo estos, no obstante, los que representan el 98,8% del total de siniestros.

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Saltarse el desayuno engorda y aumenta el riesgo de muerte por ictus

lunes, 29 de julio de 2019

Punto de Información y Asesoramiento en PRL de la CNC para el sector de la construcción

Un trabajador de la construcción herido al caer al vacío en un edificio en obras en Ciudad Real.

Código de la acción: AS2018 0043

En febrero de 2010 se creó en CNC un Punto de Información en Prevención de Riesgos Laborales con la finalidad de poner a disposición de nuestros asociados un servicio de información y asesoría en materia de prevención de riesgos laborales para facilitar un apoyo técnico en esta materia a las empresas.

Este servicio gratuito se ha continuado prestando durante el año 2019, está financiado por la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales. Se prestará directamente a las entidades miembros de la CNC y a las empresas del sector. En principio las consultas se formularán directamente por las organizaciones, siendo ellas las que de acuerdo con su organización interna trasladen al Punto de Información las consultas procedentes de sus empresas asociadas. No obstante, si la Asociación lo desea, se podrán formular las consultas directamente por sus Empresas asociadas.  Está abierto a todas a las empresas del sector.

El punto de información y asesoramiento en PRL para el sector de la construcción se encuentra ubicado en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción: Calle de Diego de León, 50-2ª planta-28006 Madrid. Las consultas se podrán realizar:

  • Por teléfono: 91.562.45.85

(Horario: De lunes a jueves: 11:00-14:00 horas/16.00-18:00 horas y viernes: 11:00-14:00 horas

  • Presencial: Calle de Diego de León, 50 – 2ª planta-28006 Madrid

(Horario: De lunes a jueves: 11:00-14:00 horas/16.00-18:00 horas y viernes: 11:00-14:00 horas (Previa solicitud de cita))

Asimismo, se puede valorar el servicio del Punto de Información de CNC cumplimentando la encuesta de satisfacción mediante descarga aquí y que también se encuentra a disposición del usuario en la página web de CNC (https://www.cnc.es/proyectos.html), y enviarla a: prevencion@cnc.es, o si lo prefieres por correo ordinario a la sede de la CNC. 

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miércoles, 24 de julio de 2019

La agresión de un vecino al portero al acabar su jornada no es accidente in itinere

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El martillazo de un vecino al portero del edificio después de acabar su jornada no es accidente in itinere. Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias en una reciente sentencia porque la agresión se produjo por “rencillas personales” ajenas al trabajo y, por tanto, no ha tenido relación causal con la actividad laboral del trabajador.

El portero trabajaba en la recepción de la comunidad de propietarios cuando, tras acabar su jornada a las 12 de la mañana, se dirigió a su domicilio (dentro de la misma finca) y fue atacado en un rellano en medio de la oscuridad donde el vecino le esperaba para propinarle varios martillazos. Tras denunciar la agresión, la sentencia penal condenó al vecino por un delito leve de lesiones. Y según consta en ella, se produjo como consecuencia del largo enfrentamiento del demandado en contra de la Junta Directiva del complejo en el que reside y donde también vive el portero.

Tras los hechos, el trabajador inició una baja por incapacidad temporal con el diagnóstico de trastorno adaptativo mixto como consecuencia de un cuadro ansioso por la agresión que le provocó policontusiones y dolor en el hombro y rodilla derecha. El juzgado de primera instancia lo calificó de accidente no laboral, una decisión confirmada ahora en segunda instancia.

En la sentencia (que puede consultar aquí), el tribunal señala que un accidente producido por un tercero (el empresario, un compañero de trabajo o un tercero ajeno a la empresa) se puede convertir en accidente profesional “siempre y cuando guarde relación con el trabajo”. En este caso, explica, lo determinante es la existencia de una relación causa-efecto con el trabajo. Sin embargo, si la agresión procede de asuntos personales ajenos al ámbito laboral “no estaremos ante un accidente laboral” y por tanto, tampoco in itinere, como reclamaba el agredido.

Además, recuerda que, específicamente el Tribunal Supremo ha establecido con su jurisprudencia que no se consideran accidentes de trabajo si la agresión se debe a “rencillas personales” ajenas al trabajo, pero sí se considerará si el agresor no tiene relación alguna con el empleado.

Así, los magistrados recuerdan que la calificación como profesional de un accidente depende de la concurrencia de tres elementos: la lesión, el trabajo y la relación entre ambos. Algo que no acredita en este caso.

Por tanto, el TSJ de Canarias desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada en el juzgado de lo Social nº 5 de Santa Cruz de Tenerife sobre el accidente laboral y confirma que la incapacidad temporal del empleado es de carácter común.

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lunes, 22 de julio de 2019

8 meses de cárcel por tener sin contrato a un leñador que se cortó con una motosierra

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a ocho meses de cárcel a cuatro acusados -administradores y encargados de dos empresas- por un delito contra la seguridad y la salud en el trabajo en una explotación forestal después de que un trabajador sufriera un accidente sin tener contrato mientras talaba árboles.

La sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, contempla también la imposición del pago de multas y la obligación de indemnizar conjunta y solidariamente con 263.000 euros al trabajador que sufrió el accidente laboral mientras talaba árboles con una motosierra el 17 de febrero de 2015.

Ese empleado carecía de contrato y no había sido dado de alta en la Seguridad Social y tampoco consta que tuviera experiencia en la actividad que iba a desarrollar ni recibió formación sobre prevención de riesgos laborales.

El tribunal ha absuelto en cambio a los cuatro acusados de un delito contra los derechos de los trabajadores, al entender que no ha quedado probado que impusieran condiciones laborales especialmente gravosas, “por más que fueran duras”.

Los hechos se remontan al 14 de enero de 2014, cuando el Ayuntamiento de Zucaina firmó un contrato de compraventa con un aserradero para la explotación forestal de una zona de bosque de la localidad. Esa empresa subcontrató posteriormente con otra la tala de los árboles autorizados.

La mercantil subcontratada estaba administrada y dirigida por un matrimonio rumano que se puso en contacto con un compatriota y le envió a Rumanía el dinero necesario para venir a trabajar a España, donde llegó sobre el 25 de enero de 2015.

Según recoge el fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, el empleado empezó a trabajar al día siguiente de su llegada, “sin que hubiera firmado contrato laboral alguno ni estuviera dado de alta como trabajador, ante los organismos competentes, sin que conste que tuviera experiencia alguna ni hubiera recibido formación en materia de prevención de riesgos laborales, simplemente con la ropa y la motosierra que le fue facilitada”.

El 17 de febrero de ese mismo año, mientras se hallaba trabajando en un terreno ubicado entre Zucaina y Montanejos, uno de los árboles que talaba cayó sobre sus piernas y la motosierra que estaba usando, a la que no funcionaba el cierre automático de seguridad, le produjo graves lesiones en un brazo.

La Sala responsabiliza de la falta de medidas de seguridad en la explotación forestal tanto a la empresa subcontratada como a la serrería que contrató con el Ayuntamiento.

Concretamente a la administradora de esa empresa y a su hermano, pues ninguno de ellos se preocupó “de que los trabajadores tuvieran contrato laboral, estuvieran dados de alta en la Seguridad Social ni de que hubieran recibido la oportuna formación en prevención de riesgos laborales”

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Muere atropellado cuando descargaba un remolque en una finca en Lumbier

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Un vecino de Barañáin, de 62 años, ha resultado muerto en un accidente laboral ocurrido en una finca de Lumbier, al ser atropellado por el tractor del remolque que descargaba en ese momento.

Según ha informado la Policía foral, el suceso ha tenido lugar a las 07:35 horas, cuando el fallecido realizaba labores de descarga de un remolque que se encontraba enganchado a un tractor agrícola y, por causas que se investigan, ha sido atropellado por este vehículo.

Agentes de la Brigada de Atestados e Investigación de la Policía Foral han atendido el accidente laboral ocurrido en una finca de Lumbier, desde donde el cuerpo ha sido trasladado al Instituto Navarro de Medicina Legal en Pamplona, después de que bomberos del Parque de Sangüesa hayan desatrapado al trabajador accidentado.

Una patrulla de la Policía Foral adscrita a la Comisaría de Sangüesa se ha desplazado al lugar de los hechos y la Brigada de Atestados se ha hecho cargo de la instrucción de las diligencias, de forma que las causas del accidente están siendo investigadas

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