lunes, 20 de enero de 2020

Advierten que la normativa sobre acoso laboral deja desprotegido al denunciado

Reconocen la incapacidad temporal a una funcionaria del Ayuntamiento de Logroño por acoso laboral

Uruguay ha avanzado en la creación de normativa sobre temas relacionados al acoso laboral, sindical, discriminación y acoso sexual en los últimos años. Sin embargo, hay quienes consideran que algunos procedimientos establecidos en las recientes normas dejan desprotegidos a los denunciados.

Según explicó el profesor de derecho administrativo y abogado del estudio Robaina Robaina Gutiérrez, Adrián Gutiérrez, las recientes normas aprobadas que tienen que ver con el acoso laboral y la discriminación tratan de asegurar que las personas que se ven en esas situaciones tengan las herramientas, la protección y los procedimientos necesarios para poder denunciar, pero hay una “contracara del lado del denunciado”.

Es que, según explicó Gutiérrez, hay normas recientes que van en detrimento de los derechos de defensa de las personas que son denunciadas. Algunas de estas normas son: la Ley 19.846 sobre igualdad de derechos y no discriminación, la Ley 19.849 de aprobación del Convenio contra el acoso y la violencia del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) o la Ley 19.854 sobre denuncias ante la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social (IGTSS) del Ministerio de Trabajo (MTSS).

Los motivos detrás de esta afirmación refieren a que el procedimiento llevado adelante por la IGTSS al recibir una denuncia se realiza de forma reservada y anónima. Tanto el interrogatorio de los testigos y los implicados así como la recolección de pruebas.

Esto, según Gutiérrez, implica que el denunciado tenga que enfrentar su defensa “sin saber bien cuál es el contenido de la denuncia y sin poder controlar el diligenciamiento de la prueba. Es difícil poder defenderse así, el denunciado queda desprotegido y esto podría llegar a ser inconstitucional en el ámbito de un procedimiento sumarial en donde podría llegar a haber una sanción”, explicó el abogado.

“Si la situación puede culminar con una sanción no puede ser a espaldas del denunciado, no se puede soslayar el derecho de defensa porque ahí habría una violación del debido proceso y eso sería ilegítimo”, sentenció Gutiérrez y añadió que se debe “ser cauteloso” al aplicar las nuevas normas.

Por su parte, Santiago Madalena, abogado de Guyer & Regules, dijo a El País que una explicación a la norma que establece cómo debe proceder la IGTSS, es que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) ha anulado “varias resoluciones” del MTSS en temas de acoso sindical y similares, “porque interrogaba a los testigos para recoger la prueba, en forma unilateral sin posibilidad de que la empresa escuche y reservada, es decir, sin decir los nombres de los trabajadores”.

Si bien “el procedimiento que habilita eso está previsto en la ley de acoso sexual, está limitado a ese tipo de acoso, y el MTSS lo usaba para denuncias en general. Ahora con esta ley, no podrían volver a anularse resoluciones del MTSS que use ese procedimiento de testigos reservados”, explicó Madalena.

Sobre este punto, el abogado de Guyer & Regules dijo que “se podría llegar a dudar si la ley es constitucional o no, ya que basarse en testigos en forma reservada podría violar el derecho constitucional de defensa” y además, añadió que “el MTSS muchas veces aplica sanciones con muy poca prueba, en casos de acoso moral”, que luego son revocadas por el TCA.

En el caso del abogado Ignacio López Viana, manifestó que el procedimiento de la IGTSS “otorga las garantías necesarias”pero resaltó la importancia de que el denunciado “pueda defenderse con todas las garantías, estar al tanto de las pruebas que se hayan diligenciado para poder tener una correcta defensa” e inclusive presentar sus propias pruebas.

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viernes, 17 de enero de 2020

Tres muertes por la explosión en la petroquímica, que no avisó a emergencias

Ocho heridos y 1.800 evacuados tras explotar una refinería

La empresa IQOXE no avisó al centro de emergencias de la Generalitat de la explosión que ha causado ya tres muertos y siete heridos, en el accidente químico más grave de la última década en España, lo que ha llevado a los vecinos de la petroquímica de Tarragona a movilizarse para exigir más seguridad.

Un día después de la virulenta explosión, originada en uno de los tanques reactores de Industrias Químicas del Óxido de Etileno de La Canonja (Tarragona), los bomberos han localizado sepultado entre los escombros el cadáver del operario que estaba desparecido.

El otro fallecido es un vecino del barrio de Torreforta de Tarragona, que murió al desprenderse el techo de su piso cuando la tapa del reactor, una chapa de hierro de una tonelada, voló unos tres kilómetros propulsada por la explosión, entró por la ventana del edificio y provocó el hundimiento que acabó con su vida.

La tercera víctima mortal es otro de los trabajadores de la empresa que estaba ingresado en estado crítico en la unidad de quemados del hospital Vall d’Hebron de Barcelona, con quemaduras en el ochenta por ciento del cuerpo, que ha fallecido esta tarde.

En cuanto a los siete heridos, en el hospital Vall d’Hebron permanece ingresada una persona en estado muy grave, además hay otra persona en estado grave en el hospital Joan XXIII de Tarragona y los otros cinco sufrieron lesiones leves y tres de ellos fueron dados de alta ayer mismo.

Aunque todavía se investigan las circunstancias del accidente y su gestión posterior, fuentes de Protección Civil de la Generalitat han informado a Efe de que no hay constancia de que la empresa alertara al centro de emergencias CECAT ni al teléfono 112 de que acababan de sufrir un accidente químico.

Los protocolos de emergencia establecen que las empresas que sufran algún accidente deben activar su plan de autoprotección interior -lo que tampoco consta que hiciera ayer IQOXE- y avisar al CECAT, para que se pueda activar el plan de reacción de la Generalitat ante emergencias químicas (PLASEQCAT).

Por el contrario, la empresa química ha alegado que reaccionó “bien” tras el accidente y ha destacado que siguió en todo momento “las instrucciones” de los equipos de emergencias, en un siniestro que fue “notorio”, por lo que “a los pocos minutos” los bomberos del parque químico estaban en el complejo.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha anunciado que constituirán una mesa de trabajo con las consellerías afectadas, los alcaldes y las empresas involucradas para analizar lo ocurrido, sus consecuencias y plantear mejoras.

Tras el mortal accidente, la Asociación Empresarial Química de Tarragona (AEQT) ha confirmado que se reunirá de manera urgente los próximos días con el Govern, los ayuntamientos de la zona, sindicatos y entidades vecinales y ecologistas para coordinarse y establecer mejoras a los protocolos de seguridad.

Precisamente, el conseller de Interior, Miquel Buch, ha pedido al Gobierno que agilice las normativas necesarias para permitir que se pueda avisar directamente a los teléfonos móviles de los ciudadanos ante emergencias como la explosión de ayer, para que la comunicación sea “más fácil y más rápida”.

De hecho, Protección Civil ha justificado que ayer no se activaran las sirenas para alertar a la población del accidente en que las informaciones que iban recabando no apuntaban a la posibilidad de una segunda explosión en la petroquímica ni a la existencia de una nube tóxica.

El alcalde de La Canonja, Roc Muñoz, ha denunciado que tardó más de una hora en recibir la comunicación para que los vecinos se confinaran en sus casas, mientras las principales asociaciones de vecinos de Cataluña y de Tarragona han reclamado que se actualicen los protocolos de emergencia en el Camp de Tarragona y se acabe con “la impunidad empresarial en caso de negligencias”.

En esta línea, el Síndic de Greuges ha abierto una investigación de oficio para averiguar si funcionaron correctamente los protocolos de coordinación entre administraciones y la aplicación de los planes de protección civil en la explosión.

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Trabajo perseguirá el acoso por el móvil como un riesgo laboral en las empresas

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La difusión en las empresas o en el entorno de trabajo de vídeos, audios, fotografías y cualquier tipo de dato de carácter personal y sensible será perseguido por el Ministerio de Trabajo como una infracción de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El departamento ha firmado con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) un protocolo que hará público en breve con el que se pretende poner coto a las “nuevas amenazas para la mujer víctima de violencia”, unas amenazas que en este caso derivan del uso intensivo de dispositivos móviles, internet, redes sociales y servicios como mensajería instantánea o geolocalización.

La Inspección de Trabajo recibió el año pasado 142 denuncias por acoso en el trabajo, pero los inspectores piensan que el problema es mucho mayor. El caso más extremo sucedió hace tan sólo unos meses cuando una trabajadora de la planta del fabricante de vehículos industriales Iveco acabó con su vida después de que sus compañeros de trabajo difundieran masivamente un vídeo suyo de carácter sexual. CCOO (el sindicato al que la mujer estaba afiliada) denunció los hechos ante la Inspección de Trabajo por no tomar medidas preventivas al conocer el caso.

Ahora el Ministerio de Trabajo, como parte de un acuerdo más amplio firmado por la AEPD con otros ministerios, se ha comprometido a trasladar a las empresas y sus trabajadores, a través de los agentes sociales, las consecuencias administrativas, laborales, civiles y penales de este tipo de comportamientos. Los marcos normativos que servirán de referencia para perseguir el ciberacoso son los de prevención de riesgos laborales y los de la obligación de incluir protocolos contra el acoso dentro de los planes de igualdad en el entorno laboral.

En el primero de los casos, el Gobierno subraya que los trabajadores tienen derecho a una protección de materia de seguridad y salud en el trabajo y que las empresas deben garantizarla, por lo que la difusión de datos personales en un entorno laboral “podría constituir una infracción de la ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales”.

La Inspección de Trabajo llevó a cabo 460 actuaciones por acoso sexual en empresas en 2017, último año del que hay un registro completo oficial. De ellas, cinco acabaron en infracciones, según UGT. Cristina Antoñanzas, vicesecretaria de este sindicato, demanda una normativa integral para acabar con la violencia de género, así como procedimientos eficaces, transparentes y confidenciales de gestión de denuncias y sanciones duras contra los agresores.

Las sanciones que establece la ley por infracciones muy graves serían de 6.251 euros en su grado mínimo y de hasta 187.515 euros en el máximo, asegura Luis Tobajas, vicepresidente del sindicato SITSS de inspectores de Trabajo. Tobajas explica que el grado máximo incluiría todo tipo de agravantes.

En cualquier caso, los empresarios estiman que el espíritu de la iniciativa consiste más en trasladar la preocupación social por atajar las conductas que en iniciar un plan de corte agresivo. “La prevención contra el acoso ya estaba incluida en la obligación de las empresas a tener protocolos contra la violencia. Lo que ahora se quiere es incluir en estos protocolos el ciberacoso”, explica Rosa Santos, responsable de asuntos laborales de CEOE.

En el segundo, el Gobierno actuaría a través de la exigencia de implantación de protocolos específicos contra el acoso en las empresas que deberían ser puestos en marcha en una serie de plazos de hasta tres años en función del tamaño de las plantillas.

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jueves, 16 de enero de 2020

CCOO denunciará el accidente de Almonaster, primera muerte de 2020 en el trabajo en Andalucía

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En un comunicado, el sindicato ha precisado que el accidente mortal se produce en la provincia con “mayor índice de siniestralidad laboral en 2019”, por lo que pedirán que se investigue lo ocurrido y depuren responsabilidades.

El secretario de Salud Laboral y Medio Ambiente de CCOO de Huelva, Diego Román, ha trasladado sus condolencias en nombre de CCOO y de la Sección Sindical de CCOO en Matsa a la familia y personas allegadas del fallecido, así como a sus compañeros, a la par que ha recordado que “los problemas de seguridad en Aguas Teñidas son recurrentes porque ha habido tres accidentes mortales desde 2007”.

CCOO ha señalado a las administraciones públicas la importancia de “poner en primera línea la seguridad en el trabajo” dado que el 2019 se ha cerrado con más de 120 víctimas mortales en Andalucía, “una cifra inasumible que se explica por la falta de controles y de inversión en prevención de riesgos laborales por parte de las empresas”, ha precisado Román.

Asimismo, ha llamado a las empresas a que “dejen de mirar para otro lado con la vida de las personas trabajadoras”. “No podemos dejarnos la vida por ir a ganarnos el pan”, ha concluido.

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Advierten que aumentan los juicios por accidentes de trabajo

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La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) advirtió que, luego de más de un año de caída, en septiembre de 2019 comenzaron a aumentar los juicios laborales por la falta de constitución de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF) en el ámbito judicial, lo cual señala que “podría causar un desfinanciamiento del sistema”.

Según los datos de la UART, en septiembre, octubre y noviembre pasados se produjo un aumento de la cantidad de demandas del 11%, 4% y 6,1%, respectivamente, acumulando en el año 62.132 demandas. Este incremento, según la UART, refleja “la necesidad de completar el cumplimiento de lo previsto en la Ley 27.348 a través de la constitución inmediata de los CMF, en cada una de las justicias de las 15 provincias adheridas a la ley”.

En un balance de 2019 para el sistema de riesgos del trabajo, la entidad reseñó que el año culminó con 9,75 millones de trabajadores cubiertos en un millón de empresas, para los cuales “se mantienen los índices y estándares de cobertura, las acciones de prevención, servicios y prestaciones”.

En este universo, las acciones de prevención “permitieron seguir disminuyendo la cantidad de siniestros”, afirmó el documento, ya que los fallecimientos desde el inicio del sistema “bajaron un 76 por ciento considerando aquellos ocurridos en el lugar del trabajo y 71 por ciento si se consideran los accidentes in itinere”.

Sin embargo, la UART planteó que el nivel de juicios alcanzó en 2017 las 130.000 demandas. La sanción de la nueva ley permitió reducir ese número a 80.000 en 2018 y se esperaba que esa tendencia se mantuviera.

Pero se aclaró que hacia mitad de año “comenzó a hacerse más visible una reversión que, con el correr de los meses, se consolidó en algunas provincias”.

En noviembre se notificaron a las ART 6.421 juicios, acumulando 62.132 nuevas demandas en el año, es decir un aumento del 6,1 por ciento contra noviembre de 2018 (6.054 juicios) y una caída de solo 17 por ciento en el acumulado de los primeros once meses.

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miércoles, 15 de enero de 2020

Guía para reducir accidentes laborales en el sector de la automoción

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El riesgo de accidentes laborales en el sector de la reparación de automóviles es alto debido, especialmente, a que los operarios de los talleres mecánicos realizan tareas muy diversas.   Desde labores con tornillería de pequeñas dimensiones al trabajo con piezas pesadas como motores, puertas, y ruedas, pasando por la manipulación de sustancias peligrosas e incluso explosivas. Trabajos que exigen, además, el uso de herramientas y  maquinaria específicas y que entrañan una exposición a diferentes tipos de daños y riesgos laborales.

Con el objetivo de fomentar y promover las buenas prácticas preventivas y reducir la siniestralidad en este sector industrial, Unión de Mutuas ha elaborado una guía en la que analiza estos factores de riesgo y detalla las medidas y las recomendaciones preventivas que aportan seguridad, salud y protección a los trabajadores.

Se trata de una herramienta útil y de fácil manejo que pretende ayudar a los empresarios de talleres de reparación de vehículos a cumplir con su responsabilidad de garantizar, razonable y eficazmente, con la protección de la seguridad laboral de los trabajadores, de acuerdo con la ley de prevención de riegos laborales, al tiempo que incide en la sensibilización y concienciación de los trabajadores.

El manual identifica, localiza y valora los riesgos que afectan a los diferentes puestos de trabajo tan particulares que se dan en este sector industrial, desde la administración, recepción y ventas, al  mecánico electricista, el chapista,  el soldador, el pintor, ó las tareas de lavado manual y túnel de lavado. 

Entre los riesgos más comunes, la guía destaca los relacionados con las instalaciones eléctricas, los elevadores de vehículos, los trabajos en los fosos, el riesgo de incendio y explosión, y los trastornos ergonómicos. La exposición a productos químicos y sus variantes vías de entrada  -por contacto con la piel, inhalación e ingestión- son también riesgos peligrosos que pueden dar lugar a accidentes y enfermedades, afectando a la salud del trabajador e interrumpiendo el rendimiento de la empresa.

La falta de organización, orden y limpieza en los talleres son, en muchas ocasiones, causa frecuente de tensiones y precipitaciones innecesarias, que pueden dar lugar a accidentes, como golpes, esguinces o fracturas.

Además de los golpes, la guía enumera  los cortes, los atrapamientos entre vehículos, los impactos contra los ojos -consecuencia de tareas de soldadura o pintura-, el contacto con disolventes y gases de escape, junto con las posturas forzadas, sobreesfuerzos  y movimientos repetitivos  como  los riesgos más frecuentes a los que se exponen los trabajadores reparadores de vehículos.

Una vez identificados y descritos los posibles peligros, la guía  detalla todas las medidas preventivas a implantar. Entre otras, subraya la importancia de trabajar siempre con el motor del vehículo parado, disponer de sistemas de evacuación de vapores o gases del escape, utilizar siempre lámparas portátiles antideflagrantes,  en caso de falta de iluminación,  así como mantener limpio de grasa y aceite, tanto el interior del foso como las escaleras de acceso.

En cuanto a los equipos técnicos de protección individual para evitar accidentes son fundamentales el uso de mascarillas para polvo o productos químicos, pantallas de protección de cara y ojos, guantes y calzado de seguridad, mandil de cuero, arnés anticaída y protección auditiva. 

También frente al riesgo de incendio, el manual especifica los pasos a seguir según el tipo de fuego que se prenda en el taller, dependiendo del combustible sólido, líquido o gaseoso que lo provoque, ya que el tratamiento adecuado para apagarlo puede salvar vidas.

Solicitar descarga: https://www.uniondemutuas.es/es/actividades-preventivas/folletos-y-carteles/

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Normas para el autónomo de la construcción que no quiere accidentes laborales

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La siniestralidad en el colectivo de los trabajadores autónomos sigue ostentando unos porcentajes más elevados que entre los trabajadores asalariados. Y el sector de la construcción es, sin ninguna duda, uno de los más castigados por los accidentes laborales.

Es por ello por lo que todos los trabajadores deben conocer el uso y el funcionamiento de los equipos de protección, tal y como indica la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Esto implica que los profesionales autónomos deben efectuar la contratación de un pan de prevención.

Algunos de los accidentes más comunes son las caídas desde las alturas, las caídas desde el mismo nivel o los cortes y pinchazos con diversas herramientas, así como los accidentes causados por contactos con la electricidad.

Tal y como puede leerse en la guía publicada por el portal Cuídate, el colectivo autónomo tiene que cumplir con un “deber de cooperación” en materia de precauciones laborales, en el momento en el que preste servicios en un lugar en el que trabaje otra empresa. Este compromiso obliga a poner en conocimiento de la otra parte los riesgos concretos que tiene la acividad que vamos a desempeñar. Y viceversa.

Desde dicha plataforma, promovida por el Ministerio de Trabajo, la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales y la asociación de autónomos UATAE, se ha propuesto una serie de recomendaciones para que cualquier profesional sufra el menor daño posible. Para ello es necesario el conocimiento de todos los equipos de protección individual (EPI’s) con los que trabajan, para darle un uso correcto y un buen mantenimiento.

Uno de los más comunes es el casco de seguridad, al igual que el calzado, que debe tener siempre la punta metálica. También hablamos de los guantes de seguridad para evitar posibles cortes, así como gafas con pantallas de seguridad para evitar quemaduras y salpicaduras y protectores de oídos, para aquellos trabajadores que trabajen con herramientas como taladradoras o maquinarias que emitan mucho ruido. Tampoco hay que obviar el uso del arnés de seguridad, en el momento en el que se trabaje en altura.

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