jueves, 15 de febrero de 2018

Empleo ultima el reglamento de las Mutuas que permite donaciones de los bonus

docgran

El Ministerio de Empleo ultima el borrador del reglamento que desarrolla la Ley de Mutuas, que contempla donaciones de parte del “bonus” por baja siniestralidad de las empresas a las mutuas, lo que a juicio de lo sindicatos puede inducir a la no declaración de accidentes laborales.

El texto del reglamento, que acaba de ser sometido a consulta pública, ha recibido numerosas enmiendas por parte de los sindicatos UGT y CCOO, que critican al Gobierno por no haberlo negociado previamente y que consideran que “incrementa el poder de las mutuas de accidentes de trabajo por encima de la salud de los empleados”.

Fuentes del Ministerio de Empleo consultadas han asegurado que, precisamente, confían en que los sindicatos presenten cuantas alegaciones sean necesarias para mejorar el texto y señalan que el diálogo “es fluido”.

Una de las novedades que introduce el borrador del reglamento es la posibilidad de que las empresas que se beneficien de una reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por haber disminuido su siniestralidad laboral puedan destinar hasta un 10% de dicho incentivo al patrimonio histórico de su mutua.

A juicio del secretario de Salud Laboral de CCOO, Pedro Linares, esta situación “puede crear fraude en la declaración de accidentes laborales”, dando lugar a un subregistro de daños, debido a que ya no es necesaria la conformidad de los representantes de los trabajadores o de la Inspección de Trabajo.

De esta forma, la mutua se convierte en “juez y parte” en el proceso al poder acordar con la empresa beneficiada el porcentaje del retorno de las cuotas.

Para CCOO, este reglamento pretende “recuperar cuestiones que fueron rechazadas en la tramitación de la Ley de Mutuas”, como algunas situaciones en el caso de las bajas médicas por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

En este sentido, cita que el reglamento propone utilizar el silencio administrativo como respuesta positiva en el caso de la solicitud de pruebas diagnósticas o para efectuar tratamientos terapéuticos.

De esta forma, dice el texto del reglamento, una vez que la mutua ha solicitado la realización de las citadas pruebas o tratamientos, si el médico del Servicio Público de Salud no los autoriza o los deniega en el plazo de cinco días, “se entenderá otorgada tácitamente dicha autorización”.

Para CCOO, esta cuestión puede tener consecuencias tanto para los trabajadores afectados como para los propios médicos del Sistema Público de Salud, dado que la autorización tácita implica la asunción de la responsabilidad final de los actos para quienes los autoriza.

Otro de los puntos que introduce el nuevo texto es relativo al pago de los desplazamientos de los trabajadores en incapacidad temporal que son llamados a reconocimientos por parte de las mutuas, que sólo estarán obligadas a abonarlos si la distancia a recorrer es superior a los 25 kilómetros.

Esto representa un “endurecimiento del criterio” para CCOO, que también critica que se aplique a todas las incapacidades temporales, sean profesionales o comunes.

Según explicó Linares, el texto da entrada por primera vez a un trabajador autónomo en la Comisión de Control y Seguimiento de las mutuas, que estará compuesta por un máximo de doce miembros, entre ellos el presidente de la Junta Directiva más un número par de miembros igual o inferior a diez.

De estos, la mitad corresponderán a los sindicatos y la otra mitad a la representación de los empresarios asociados.

Para UGT, este proyecto sigue sin corregir la falta de transparencia existente en la gestión de las mutuas y supone un paso más en la privatización parcial del sistema de la Seguridad Social y de la sanidad pública.

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