lunes, 15 de julio de 2019

Obligada la mutua a pagar la prestación por enfermedad profesional a un trabajador

UGT recuerda que la Ley de Riesgos Laborales es "de obligado cumplimiento"

El Juzgado de lo Social número 5 de San Sebastián ha reconocido la incapacidad permanente de un operario de una empresa de despiece cárnico y ha obligado a la mutua, que había reclamado vía judicial la decisión del INSS, a pagarle prestación por enfermedad profesional.

Según ha informado CC.OO. en un comunicado, en 2018 el operario, defendido por este sindicato, consiguió la incapacidad permanente parcial.

Tras su vuelta al trabajo la empresa “no le adaptó el puesto” a las dolencias que padecía por lo que estas se vieron “agravadas” con el resultado de un nuevo accidente en el que se produjo la rotura de manguito rotador del hombro izquierdo lo que llevó a ser intervenido en otras dos ocasiones en cada hombro.

CC.OO. señala que la mutua “agotó” todas las vías de reclamación judicial en contra de la resolución del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) que “desde el primer momento reconoció en el trabajador una incapacidad permanente total por motivos profesionales”.

La sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de San Sebastián reconoce que ha habido un “deterioro claro del estado de salud del trabajador” y considera que “se provocaría un agravamiento de su estado si retornase a su actividad habitual”, asegura CC.OO.

El sindicato considera que la mutua ha “intentado eludir su responsabilidad” en el pago de la prestación que le corresponde, “no ha tenido en cuenta el resultado de los informes médicos” y se “ha desentendido de las consecuencias” que suponía la vuelta al puesto de trabajo”.

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