miércoles, 11 de septiembre de 2019

Un brote de gastroenteritis afecta a 23 trabajadores del hospital La Princesa

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El Hospital La Princesa registró, entre el 21 y el 23 de agosto, un brote de gastroenteritis que afectó a 23 profesionales que habían hecho guardia el fin de semana anterior, pero que «no revestía gravedad» y no provocó bajas laborales.

Así lo explica la Consejería de Sanidad, después de que CCOO acusara a la dirección del hospital de no haber comunicado a los responsables sindicales este brote que afectó a los trabajadores y residentes que habían comido en la cafetería del hospital.

Sanidad asegura que la patología «fue autolomitada en el tiempo» y que todos los trabajadores afectados «se recuperaron sin necesidad de tratamiento específico en un plazo de 24-36 horas».

Además, la Gerencia del hospital dio aviso a la Dirección General de Salud Pública, que ordenó una inspección y tomó muestras de alimentos, además de comunicar «una serie de incidencias leves a la empresa que gestiona la cafetería y que ya han sido solucionadas», continúa el comunicado de Sanidad.

En vista de que el suceso «no era de alta gravedad no se consideró necesario avisar al Comité de Salud Laboral. Hasta el momento, no se ha podido establecer una relación directa entre la cocina y el suceso», concluye la Consejería.

Comisiones Obreras (CCOO) critica la falta de información sobre lo ocurrido, ya que solo se han enterado de ello, después de que la dirección del hospital les convocara a una reunión el 2 de septiembre.

En un comunicado, CCOO afirma que los primeros casos se comunicaron al Servicio de Medicina Preventiva y Salud Pública del hospital el 16 de agosto, pero los trabajadores no tenían información alguna.

Con fecha 29 de agosto, el sindicato recibió una convocatoria de reunión el próximo lunes para informar del brote del que la Dirección del hospital «tenía conocimiento desde el 21 de agosto».

Según un «documento interno de dicho Servicio», el miércoles 21 de agosto se comunican «los primeros casos con cuadro clínico compatible con gastroenteritis aguda (GEA): residentes que habían realizado guardia durante el fin de semana previo (16, 17,18 de agosto) y habían comido en la cafetería de personal», continúa el sindicato.

«El primer paciente registrado con síntomas comienza el domingo 18 de agosto, en torno a las 15:00 horas, el último comienza con trastornos sintomáticos el miércoles 21 de agosto por la mañana. El inicio de los síntomas de los casos comunicados se encuentra entre 12 y 72 horas», añade CCOO.

«Al final de la mañana del día 21 de agosto, según señala el mismo documento, existen un total de 18 casos comunicados al Servicio de Medicina Preventiva que cumplen con los criterios clínico-epidemiológicos definidos (fiebre, nauseas-vómitos y/o diarrea)».

CCOO reclama «responsabilidades a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por no haber informado de los hechos», pese a que el 22 de agosto notificó el brote a la Dirección General de Salud Pública, personándose el mismo día una epidemióloga y tres inspectoras de este organismo.

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martes, 10 de septiembre de 2019

La DGT avisa: fumar en el coche puede matar en dos segundos

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La Dirección General de Tráfico (DGT), aprovechando la Operación Retorno del verano y el comienzo del mes de septiembre con más desplazamientos de los habituales, recuerdan a través de los paneles informativos a los conductores que «fumar conduciendo puede matar en dos segundos».

«Encender, tirar la ceniza, apagar el cigarrillo… todo causa distracciones y pone en riesgo la seguridad vial», detalla Fernando Pérez, de la Sociedad Española de Medicina de Tráfico (SEMT). Señalan que encender un cigarrillo lleva 4,1 segundos, lo que implica que circulará sin concentración y sin plena atención en la carretera; además de que circulando a 100 km/h, se recorren 113 metros sin la atención plena en la carretera, con un alto riesgo de sufrir un accidente de tráfico.

Asimismo, fumárselo requiere unos tres o cuatro minutos, es decir, «seis kilómetros con una sola mano bien colocada en el volante, lo que en situaciones normales ya es peligroso de por sí», indica el doctor José Luis Díaz Maroto, coordinador del grupo de trabajo de tabaquismo de la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (Semergen).

El 60% de los accidentes y el 30% de las víctimas mortales se producen por distracciones, y fumar es una causa frecuente de distracción. Además, «el humo del tabaco altera la capacidad motora y cognitiva, se tienen menos reflejos justo cuando más lo necesitas y así es más fácil sufrir un accidente», añade el doctor Carlos Jiménez,presidente de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica(SEPAR).

Si nos ceñimos al Código de Circulación, y como nos recuerda Pyramid Consulting, en el artículo 18.1 no impide fumar conduciendo, como tampoco prohíbe comer o maquillarse al volante. No obstante, sí prohíbe todo lo que suponga disminuir la atención de la carretera. Por lo tanto, y concretamente en este caso, fumar conduciendo podría suponer una multa de hasta cien euros.

Asimismo, también se detalla que «se prohíbe arrojar a la vía o en sus inmediaciones cualquier objeto que pueda dar lugar a la producción de incendios o, en general, poner en peligro la seguridad vial. Las infracciones a este precepto tendrán la consideración de infracción grave».

Por ello, arrojar objetos desde coches en marcha, incluidas colillas, se multa con 200 euros y la retirada de 4 puntos del permiso de conducir. Y es que el 3% de los incendios lo originan colillas de cigarrillos abandonadas o arrojadas desde vehículos, según datos del Ministerio de Medio Ambiente.

Asimismo, desde Norauto, la cadena de mantenimiento y equipamiento integral del automóvil, enumera siete motivos para no fumar mientras se conduce:

1. Aunque no se considera una infracción, sí puede ser sancionable, especialmente si implica una distracción y afecta a la total libertad de movimientos del conductor. El agente es el encargado de determinar si el hecho de fumar está afectando a la seguridad.

2. Perjudica a la salud, a la tuya y a la de los pasajeros: Al tratarse de un espacio reducido, el humo llega de forma directa al resto de pasajeros, convirtiéndose en fumadores pasivos. Recordamos que hay países que ya están prohibiendo fumar en el coche, sobre todo si hay niños en su interior.

3. Supone una distracción: encender un cigarrillo implica una distracción mínima de 4 segundos. Durante este tiempo, el coche circula a altas velocidades sin apenas control. A esto hay que añadir la posibilidad de que caiga ceniza sobre nosotros con la consiguiente retirada de la vista de la carretera y la búsqueda del tabaco dentro del habitáculo.

4. Afecta a la capacidad de reacción del conductor: durante el tiempo que se tarda en fumar, una mano sujeta el cigarro. De esta forma es imposible sujetar el volante con las dos manos y con firmeza. La capacidad de reaccionar del conductor ante posibles imprevistos se ve mermada.

5. Fumar dentro del automóvil reduce la eficiencia del filtro de habitáculo, cuyo objetivo es garantizar la calidad del aire y que circule correctamente. Probablemente se tenga que cambiar con más frecuencia de lo habitual. De no hacerlo, habrá olores desagradables y la cantidad del aire filtrado que se respirará dentro del vehículo será reducida.

6. Debido a lo anterior, el aire es menos puro y, por lo tanto, también perjudica un estado de alergia y agrava un estornudo o ataque de tos.

7. Aunque menos importante, el coche adquiere un olor especial que posteriormente es difícil de eliminar. Este olor puede resultar desagradable para mucha gente y puede contribuir al mareo en los viajes largos.

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Punto de Información y Asesoramiento en PRL de la CNC para el sector de la construcción

Un trabajador de la construcción herido al caer al vacío en un edificio en obras en Ciudad Real.

Código de la acción: AS2018 0043

En febrero de 2010 se creó en CNC un Punto de Información en Prevención de Riesgos Laborales con la finalidad de poner a disposición de nuestros asociados un servicio de información y asesoría en materia de prevención de riesgos laborales para facilitar un apoyo técnico en esta materia a las empresas.

Este servicio gratuito se ha continuado prestando durante el año 2019, está financiado por la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales. Se prestará directamente a las entidades miembros de la CNC y a las empresas del sector. En principio las consultas se formularán directamente por las organizaciones, siendo ellas las que de acuerdo con su organización interna trasladen al Punto de Información las consultas procedentes de sus empresas asociadas. No obstante, si la Asociación lo desea, se podrán formular las consultas directamente por sus Empresas asociadas.  Está abierto a todas a las empresas del sector.

El punto de información y asesoramiento en PRL para el sector de la construcción se encuentra ubicado en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción: Calle de Diego de León, 50-2ª planta-28006 Madrid. Las consultas se podrán realizar:

  • Por teléfono: 91.562.45.85

(Horario: De lunes a jueves: 11:00-14:00 horas/16.00-18:00 horas y viernes: 11:00-14:00 horas

  • Presencial: Calle de Diego de León, 50 – 2ª planta-28006 Madrid

(Horario: De lunes a jueves: 11:00-14:00 horas/16.00-18:00 horas y viernes: 11:00-14:00 horas (Previa solicitud de cita))

Asimismo, se puede valorar el servicio del Punto de Información de CNC cumplimentando la encuesta de satisfacción mediante descarga aquí y que también se encuentra a disposición del usuario en la página web de CNC (https://www.cnc.es/proyectos.html), y enviarla a: prevencion@cnc.es, o si lo prefieres por correo ordinario a la sede de la CNC. 

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miércoles, 4 de septiembre de 2019

La evaluación de riesgos es clave para evitar el síndrome del trabajador quemado

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La evaluación por parte de la empresa de los riesgos psicosociales asociados al puesto de trabajo es la principal herramienta para prevenir el síndrome del trabajador quemado, una situación que los sindicatos consideran un “fracaso” organizativo y que en España no se considera una enfermedad profesional.

“Los síndromes de estrés crónico no dejan de ser un fracaso, porque no ha habido capacidad para abordar correctamente desde el punto de vista organizativo y desde el punto de vista individual las exigencias del puesto de trabajo”, explica a Efe el secretario de Salud Laboral de CCOO, Pedro Linares.

El síndrome del “trabajador quemado” es una afección que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha clasificado recientemente como fenómeno ligado al trabajo.

En la undécima revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE 11) realizada en mayo, la OMS ha definido en más detalle este síndrome, que no clasifica propiamente como enfermedad, sino que lo encuadra como “fenómeno ocupacional” dentro del capítulo de factores que influyen en la salud.

Según los sindicatos, el que la OMS reconozca la relación directa de este síndrome con el trabajo abre la puerta a que se pueda considerar una enfermedad profesional en el sistema español, si bien desde el ámbito de las mutuas (entidades colaboradoras de la Seguridad Social encargadas de gestionar las bajas por motivos laborales) lo ven difícil.

La dificultad estriba en que el listado de enfermedades profesionales -que actualmente no incluye ninguna psíquica- requiere identificar el agente causante, algo que en el síndrome del trabajador quemado puede estar en una deficiente organización del trabajo, un alto nivel de exigencia individual o en el tipo de actividad que se realiza, entre otras cosas.

En opinión de Linares es muy complicado determinar qué incidencia tiene este síndrome en España al no existir cifras oficiales, pero señala que tiene una mayor presencia en el ámbito de la asistencia a personas, especialmente en el sanitario, donde los niveles podrían estar por encima de un 15%.

El reconocimiento de esta afección como enfermedad profesional beneficiaría al trabajador afectado porque desde el primer día de baja cobra el 75 % de la base de cotización, mientras que si está de baja por enfermedad común no cobra durante tres días y entre el cuatro y el décimo quinto solo percibe el 60 % de la base reguladora.

Además, se podría llevar un registro de las bajas producidas por este síndrome y crear un protocolo de prevención específico, así como un sistema de alerta que penalizase a la empresas con un mayor número de bajas por este motivo, según explica el psicólogo Iñaki Piñuel, especializado en tratar el estrés y la ansiedad provocados por las condiciones de trabajo.

Sin embargo, en las mutuas ven más factible que el reconocimiento de este síndrome como contingencia profesional se haga por la vía del accidente laboral.

“Sabemos que se puede estar quemado por el trabajo, pero resulta difícil definir en qué actividades o qué elementos, sustancias o formas de trabajo lo provocan”, explica a Efe el subdirector general de gestión de la mutua Asepeyo, Jorge Vilanova, en referencia a la rigidez del listado de enfermedades profesionales.

Según Vilanova, la legislación ya prevé que las enfermedades se puedan declarar como accidente laboral siempre que la causa sea el propio trabajo, aunque reconoce que hasta ahora solo se ha logrado por vía judicial, ya que en casi todos los casos las dolencias psíquicas se diagnostican como enfermedad común dentro del sistema sanitario público.

A su juicio, el papel de la empresa en la prevención comienza con la evaluación de riesgos, obligatoria por ley, en la que hay que “determinar dónde hay un riesgo psicosocial y poder actuar para disminuirlos y eliminarlos”.

Frente la visión de las mutuas, la secretaria de Salud Laboral de UGT, Ana García de la Torre, reclama la ampliación del cuadro de enfermedades profesionales para que incluya estos riesgos psicosociales “que de nuevos tienen poco”.

Lo ve fundamental para poder activar mecanismos que mejoren la protección de los trabajadores, “porque lo que no se ve, no se previene”, y disminuir así los costes asociados a la falta de prevención de los riesgos psicosociales, que UGT estima en entre 545 y 810 millones de euros anuales, de acuerdo con un estudio del sindicato de 2010.

 

El psicólogo Iñaki Piñuel calcula que el estrés crónico asociado al trabajo tiene una incidencia entre los trabajadores de hasta un 40 %, por lo que ve fundamental la creación de medidores de estrés en las empresas que permitan evaluar la exposición de los empleados de la misma manera que se hace con agentes físicos, químicos o biológicos susceptibles de causar enfermedades.

Desde una perspectiva médica, alerta de que el estrés crónico tiene consecuencias irreversibles para la salud, generando daños en el hipocampo, en la memoria a corto plazo y en la capacidad de atención que pueden no mejorar ni con un cambio de trabajo.

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Fallece un trabajador de 26 años en accidente laboral en un polígono industrial de Lezo

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Las mismas fuentes han explicado que la Ertzaintza ha recibido un aviso, sobre las 11.45 horas, de que se había registrado un accidente laboral mortal en una empresa ubicada en el polígono Ipintza de Lezo. El fallecido es un varón de 26 años. 

Por su parte, el sindicato LAB, a través de las redes sociales, ha señalado que el accidente se ha producido en una empresa, al parecer cuando ha “reventado el neumático de una rueda”.

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lunes, 2 de septiembre de 2019

Depresión postvacacional y vuelta al trabajo

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Con el fin de las vacaciones llega la vuelta al trabajo, y algunas personas llevan la vuelta a la rutina francamente mal, esto les puede afectar a la hora de reincorporarse en el trabajo, este malestar se llama depresión postvacacional.

Relata Elisa García, experta y psicóloga de El Prado Psicólogos que «la depresión postvacacional se enmarca dentro de un trastorno adaptativo, no es un trastorno clínico como tal, sí es cierto que tiene síntomas físicos y mentales en algunas ocasiones, pero sólo sucede cuando la vuelta a la rutina laboral se convierte en algo estresante, que implica un sobreesfuerzo y una sensación de alta demanda».

Respecto a cómo se puede llegar a producir este tipo de depresión, la psicóloga detalla que «una vuelta al trabajo que se hace más dura de lo debido o un periodo estresante que se percibe fuera de lo normal con un cambio de horarios y rutinas al que nos hemos desacostumbrado en las vacaciones, lo que supone una presión añadida, un desgaste emocional y en definitiva, un proceso de ansia que supone la reincorporación al trabajo».

«Una depresión como tal supone unos criterios clínicos que tienen que ver con una temporalidad, una periodicidad, también con una afectación al resto de áreas de la vida, la depresión postvacacional se centra en el área laboral únicamente, en cambio la depresión abarca la laboral, la personal, la conyugal, la familiar y todo el espectro de diferentes áreas y aspectos de la vida», matiza García.

La manera en cómo se manifiesta, detalla la psicóloga, «comienza desde antes a la reincorporación al trabajo, cuando ya se puede empezar a sentir cierta ansiedad, un desgaste emocional, una baja motivación por la vuelta al trabajo e incluso miedo a ser desbordado por las tareas del trabajo cuando antes las tenías controladas. Sin embargo, los síntomas pueden ser muy variados dependiendo de cada persona, pero sobretodo lo que acarrea principalmente es desmotivación, ansiedad y tristeza».

Respecto a cuánto tiempo suele durar el síndrome de depresión postvacacional, la experta declara que «lo normal no debería sobrepasar los quince días, más de dos semanas puede significar que probablemente haya algo que esté fallando en nuestro entorno laboral que nos esté afectando y esté más allá del estrés postvacacional».

«Si ocurre que estos síntomas se suelen dar todos los años por las mismas fechas, la propia persona sabrá que puede sufrir estos episodios, lo mejor para esas personas es preparar una rutina, tratar de no volver el último día de vacaciones a casa, organizar los horarios de la vuelta al trabajo, tener una pequeña toma de contacto (como revisar el correo electrónico de la empresa), y así llevarlo con más calma. Hay gente que la noche antes de la vuelta al trabajo es incapaz de dormir, como los niños con la vuelta al colegio, para ello tambien es recomendable comenzar a hacer deporte y cuidar la alimentación, en definitiva, el autocuidado es la clave, mentalizarse de que la vuelta va a llegar y no evitarlo al máximo hasta el día antes y que luego nos caiga como un jarro de agua fría al volver al trabajo» concluye la psicóloga Elisa García.

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CCOO plantea incluir medidas de seguridad vial en los planes de prevención de riesgos laborales de las empresas

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El sindicato CCOO ha propuesto la inclusión de medidas de seguridad vial en los planes de prevención de riesgos laborales de las empresas para evitar los accidentes in itinere. “Pueden tener un impacto muy positivo en la prevención y reducción de estos accidentes”, ha apuntado la secretaria de Salud Laboral de CCOO-Toledo, Nuria Garrido.

Así ha reaccionado el sindicato en un comunicado después de que un trabajador falleciera tras ser atropellado por una furgoneta en la carretera CM-3001, a su paso por el término municipal de Lillo, cuando se desplazaba en bicicleta a su puesto de trabajo.

El fallecido, según CCOO, trabajaba como peón de la construcción adscrito al Plan de Garantía de +55 que el Gobierno regional pone a disposición de las personas desempleadas mayores de 55 años.

Tras trasladar su pésame a la familia de esta nueva víctima de la siniestralidad laboral en la provincia, ha advertido el sindicato que “los datos de siniestralidad del periodo del 1/1/2019 al 31/05/2019 en la provincia de Toledo reflejan un aumento en el total de accidentes in itinere de un 2,2 por ciento respecto al año anterior”.

Ante esta situación, asegura el sindicato, se deben adoptar medidas tanto por parte de los organismos públicos como por parte de las empresas, “para ayudar a que las cifras mostradas sobre los accidentes in itinere se reduzcan”.

Entre las medidas que propone CCOO se encuentra que las empresas formen a los trabajadores en los factores de riesgos y alerten, para que puedan estar más atentos a ellos en sus desplazamientos. “La formación, en estos casos, suele tener un impacto muy positivo”.

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