lunes, 30 de marzo de 2020

La OMS confirma que el coronavirus no se transmite a través del aire

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La Organización Mundial de la Salud (OMS) lo confirma: las mascarillas no son necesarias para el viandante porque el coronavirus Covid-19 no se transmite por el aire.

En un estudio publicado este fin de semana, la OMS analiza las formas de transmisión del virus que causa el Covid-19, y la conclusión a la que llega es que el coronavirus se transmite únicamente por contacto con las gotitas respiratorias que una persona contagiada proyecta al estornudar o al toser, y no hay ninguna evidencia de transmisión por el aire.

“La transmisión por gotitas se produce cuando una persona que se encuentra en estrecho contacto (menos de un metro) de otra que tiene síntomas respiratorios (como tos o estornudos) y entra así en riesgo de poner sus propias mucosas (boca y nariz) o sus ojos expuestos a sus gotitas respiratorias potencialmente infecciosas”, explica el estudio de la OMS, “así, el contagio puede producirse por contacto directo con una persona infectada o por contacto con una superficie o un objeto que ésta haya utilizado”.

La transmisión por vía aérea supondría, continúa el paper, la permanencia en el aire de las partículas infectadas, de forma que el coronavirus sería transmisible a más de un metro. En el contexto específico del Covid-19, esta transmisión aérea sólo se produce en circunstancias muy específicas vinculadas tratamientos médicos en los que se genera un efecto aerosol, como en una intubación o en una respiración asistida.

La OMS hace énfasis en “el uso racional de los equipos de protección individual, no sólo las mascarillas” en el caso de los trabajadores sanitarios, e incide en la necesidad de que estén disponibles para este personal. El coronavirus no se transmite por el aire más que en situaciones de tratamiento, luego las mascarillas deberían estar reservadas para los sanitarios.

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¿Puedo negarme a ir a trabajar por miedo a contagiarme del coronavirus?

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El temor al contagio del coronavirus ha provocado que muchos empleados se planteen si tienen la opción de negarse a ir a su centro de trabajo como medida de protección propia o de su familia. 

¿Cómo resolver este dilema entre la protección de la salud u obligaciones laborales si la empresa no adopta las medidas de seguridad necesarias? Los expertos advierten que esta es una cuestión extraordinariamente compleja en la que no es posible una respuesta generalizada o global. En este sentido, habrá que valorar las circunstancias de cada caso. Aun así, existen unas pautas generales previstas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

¿Es posible no ir a trabajar? En principio, la respuesta es negativa. La regla general es que los empleados deben acudir a sus puestos de trabajo si no quieren enfrentarse a sanciones disciplinarias e, incluso, el despido por ausencia injustificada. Como excepción, y siempre que se acredite un “riesgo grave inminente” para la salud pueden dejar de acudir al puesto presencial o abandonarlo. “El derecho a no acudir al trabajo por existir riesgo se debe tomar con carácter restrictivo”, afirma el abogado laboralista Juan Antonio Salmerón.

Ahora bien, advierte, dada la rápida evolución de la crisis y la multiplicación de casos de contagio, “esta regla general se puede ver alterada en los próximos días”. En comunidades con alto riesgo o en empresas en las que se hayan confirmado algún positivo entre los compañeros, se podría argumentar que existe un riesgo grave e inminente.

Los trabajadores que decidan por su cuenta permanecer en su casa sin comunicárselo a la empresa o abandonar el puesto sin manifestar sus motivos, se exponen a que este sea considerado como una ausencia injustificada. Por este motivo, el empresario puede descontar los días u horas de salario, así como imponer sanciones o el despido.

Ahora bien, si el empleado cree encontrarse ante un riesgo grave e inminente, debe comunicárselo a su empresa. Este aviso es muy importante, explica Salmerón, porque el artículo 21.4 de la LPRL establece que los trabajadores o representantes no podrán sufrir perjuicios derivados de estas medidas de parar por riesgo grave e inminente siempre que no se haya actuado de mala fe o de forma negligente.

En este sentido, por ejemplo, el Tribunal Supremo, en 2009, rechazó sancionar a una profesora que no acudió a su centro escolar por el mal estado de las carreteras debido a una gran nevada.

¿Y si existe riesgo real? Puede que en la empresa ya se haya producido algún positivo entre los compañeros o colaboradores. En ese supuesto habría que acudir al artículo 21 de la LPRL, que regula el riesgo grave e inminente. Dicho precepto establece que el trabajador “tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud”. Pero, ¿qué se entiende por riesgo grave e inminente? El artículo 4.4 de la norma lo defina como “aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores”.

Tampoco aquí hay una regla general, expone Salmerón, por lo que habría que analizar cada caso concreto. No obstante, “sí el trabajador puede acreditar que seguir trabajando le expone al contagio puede decidir no ir al trabajo o abandonar el mismo”, afirma.

Este es un derecho individual, añade, pero hay casos en los que también se puede realizar una acción conjunta. Si el empresario tiene constancia de algún positivo y no pone en cuarentena a sus trabajadores, incumpliendo los protocolos impuestos, los representantes de los trabajadores o los delegados de prevención puedan paralizar la actividad de la plantilla en riesgo. Esto, apunta el abogado, “es lo que ya está pasando en algunas fábricas”.

La situación de riesgo grave e inminente debe demostrarse, lo que puede resultar complicado en algunas circunstancias. Sin embargo, en estas circunstancias tan extraordinarias, Salmerón opina que “ante la más mínima sospecha se debería parar, sobre todo si se actúa de buena fe”. Es obvio, añade, que si en la empresa ha habido un contagio o no está cumpliendo con las medidas de seguridad mínimas “jamás existiría mala fe en unos trabajadores que intentan proteger su salud, la de sus compañeros y la de sus familiares”.

¿Cómo debe avisarse a la empresa?  La ley no prevé nada al respecto. Sin embargo, siempre es recomendable, advierte el abogado, “comunicar tus derechos a la empresa de forma fehaciente y explicar los motivos por los cuales consideras que existe riesgo de contagio y decides parar de trabajar”. Es aconsejable que se haga siguiendo las instrucciones del empresario, si es que existen. Si no, a través de algún medio que acredite que se ejerce ese derecho, bien mediante un burofax o un burosms, por ejemplo, si se está en casa, o por escrito o delante de testigos si está en la empresa.

Si la decisión la toman los representantes, deberán comunicarlo a la empresa y a la autoridad laboral competente la cual confirmará ratificará o anulará la paralización en 24 horas.

Los trabajadores seguirían teniendo derecho a que la empresa cumpla sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. El artículo 14.2 de la LPRL establece que el empresario debe garantizar y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, y el 17.2 fija que el empresario debe proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismo.

Es decir, la obligación de todas aquellas empresas que continúen con su actividad es cumplir los protocolos estrictos de higiene y distanciamiento que están exigiendo las autoridades, así como proporcionar material a cada trabajador para evitar su contagio. En caso contrario deberían, o bien parar la actividad, o acudir a la inspección y denunciar estos incumplimientos. La ley prevé sanciones, en función de la gravedad de los hechos, de entre 6.251 euros y 187.515 euros.

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jueves, 26 de marzo de 2020

La falta de material de protección contra el coronavirus eleva la cifra de sanitarios contagiados

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Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, ha tenido que reconocer cómo son los hechos. En su comparecencia diaria, ha admitido que la escasez de equipos de protección individual (EPI) puede ser una de las causas de que España tenga una alta tasa de contagios de coronavirus entre sus sanitarios. Las cifras acompañan a esta afirmación son la existencia de 5.400 profesionales sanitarios infectados, 2.000 más en dos días, ya que el domingo el mismo Simón se refería a 3.476.

Entre las causas que Simón ha atribuido a este contagio entre los sanitarios ha esgrimido algunas, como “los dos o tres primeros brotes nosocomiales que afectaron más al personal sanitario”, junto a la dificultad del acceso a los equipos de protección individual (EPI), ya que, apuntó a modo de disculpa que “se están produciendo problemas de acceso al mercado de forma global, no hay disponibilidad global fácil y se está en vías de solucionarlo”. Junto a ello, Simón no descarta que algunos profesionales también pudieron contagiarse fuera del centro hospitalario, lo que confirmaría, por otro lado, la elevada transmisibilidad del virus.

Con respecto a la situación de colapso en algunos servicios asistenciales, y particularmente en las UCI, Simón ha avanzado que se va a generalizar “a todo el territorio español”, coincidiendo con la llegada del pico de casos y la evolución de los pacientes ya hospitalizados. Por ello, augura una semana complicada por lo que pide que se apueste por “esfuerzos” para “racionalizar el uso de servicios” y conseguir material sanitario que esta presión sobre las UCI no afecte al servicio asistencial.

 

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martes, 24 de marzo de 2020

El teletrabajo más allá del coronavirus, una oportunidad para revolucionar las empresas

Esta web oficial otorga al autónomo su plan de riesgos laborales en unos clics

La crisis abierta por el coronavirus en las principales economías de todo el mundo ha comenzado a distorsionar ya el día a día en muchas empresas españolas. Al margen de las potenciales paradas productivas, originadas por el bloqueo de la fábrica del mundo, y los costes derivados de aislamientos y contagios, la irrupción del coronavirus puede ser una palanca de cambio en la cultura organizativa de las empresas. Pues en muchas compañías el teletrabajo se está imponiendo como receta y, dependiendo de cómo gestionen este episodio extraordinario, esta es una medida que desde empresas y sindicatos esperan que pueda haber llegado para quedarse.

No en vano el vocablo «crisis» en chino (危机 o wēijī) se traduce al castellano como «punto de inflexión», según el diccionario oficialista Xinhua Zidian. «Puede ser una gran oportunidad», señala la directora de relaciones laborales de la patronal Pimec, Elena de la Campa. «Si se cambia el chip», matiza. Este forzoso gran programa piloto para muchas firmas no necesariamente puede perdurar más allá de las cuarentenas, pues para asegurar su continuidad hacen falta tanto inversiones como un cambio de cultura empresarial. «Hacer teletrabajo no es solo cambiar de ubicación», señala la profesora de economía y empresa de la UOC Mar Sabadell.

Si bien el Govern, la patronal y los sindicatos consensuaron el trabajo a distancia como una de las principales recetas para hacer frente a las distorsiones del covid-19; su extensión hasta ahora es residual. Solo el 4,3% de los ocupados teletrabajan habitualmente en España; porcentaje que sube al 7,5% si se añaden a los que teletrabajan esporádicamente. Lo que equivale a 1,4 millones de personas. La administración de la Generalitat comenzó a implementar en febrero, al margen del coronavirus, un programa de hasta dos días de teletrabajo semanales para 40.000 empleados públicos. No obstante, sectores con mucho peso en la economía española, como la hostelería o la industria de la automoción, no permiten trabajar a distancia.

Unos números que sitúan a España en la tabla baja, en comparación con el resto de miembros de la Unión Europea. En Suecia, líder europeo en teletrabajo, ambos colectivos suman el 34,7%. Y en países, como Francia (20,7%) o Portugal (14,7%), el porcentaje es mayor que en España. «Técnicamente estamos preparados para ejercer teletrabajo, sin embargo culturalmente no tanto. La presencia es muy valorada en las organizaciones todavía, y en este campo nos encontramos a la cola de Europa», afirma la profesora de EAE Business School Esther González.

Consultoras como EY o Ence, aseguradoras como Zurich o bancos como el Santander o BBVA ya han mandado de manera masiva a sus trabajadores a casa mediante este formato. No obstante, desde el Departament de Treball recuerdan que no todos los sectores o puestos dentro de las mismas empresas lo permiten. También que este es un elemento muy incipiente a día de hoy en la negociación colectiva, pues la mayoría de convenios o bien no lo contemplan, o bien lo detallan poco.

«Si de verdad se tomara conciencia y se apostara firmemente, los protocolos de actuación para el trabajo a distancia estarían perfectamente engranados en compañías que hoy se ven superadas al implementar esta medida con carácter de urgencia», dice el consejero delegado de la consultora BICG, Iñaki Lozano.

«Aquellas empresas que ya lo tengan estudiado podrán implementarlo y minimizarán costes», comentan fuentes del Departament. Las que no, tienen un incentivo para desarrollarlos pensando en próximos episodios similares, reconocen esas mismas fuentes.

Ahorro en los costes en oficinas para el empresario, más flexibilidad para la conciliación para el trabajador y un ahorro compartido en los costes de desplazamiento. También la reducción del absentismo fraudulento y en la contaminación generada durante los transportes. Estos son algunos de los beneficios que enumera la directora de relaciones laborales de Pimec en relación al teletrabajo. «Nuestra experiencia nos dice que las empresas que lo han puesto en práctica, luego han decidido extenderlo», afirma.

No obstante, desde la secretaria de acción sindical de CCOO de Catalunya, Cristina Torre, recuerda que los acuerdos que se han comenzado a negociar estos días son «temporales» y obedecen a una emergencia concreta. Para darles continuidad hay que ampliarlos y contemplar cuestiones como la prevención de riesgos laborales. O plantearlos de tal forma que esa mayor flexibilidad horaria no acabe provocando que las mujeres se acojan en mayor medida a ellos para hacerse cargo de las responsabilidades familiares, tal como señala la secretaria de organización de la federación de servicios de UGT, Mónica Benito.

Una de las claves para que la cultura del teletrabajo se extienda en las empresas es «democratizar» las decisiones y mecanismos a través de los que se implementa, según señala la docente de la UOC Mar Sabadell. Es decir, tiene que ser una decisión consensuada entre empresa y trabajadores.

La falta de comunicación entre trabajadores, una sobrecarga organizativa o una falta de desconexión digital son algunos de los potenciales problemas de una mala aplicación. Para ello, recomienda una implantación parcial y gradual, acompañada por cursos de formación impartidos desde las compañías.

La definición de objetivos claros y de rutinas, así como protocolos de comunicación y dinámicas de equipo pueden contribuir a minimizar perjuicios. «Es una oportunidad para promover el trabajo colaborativo, pero también un riesgo», avisa Sabadell.

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viernes, 20 de marzo de 2020

El Gobierno admite problemas de abastecimiento pese a distribuir casi dos millones de mascarillas en los últimos días

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La falta de mascarillas y otros equipos de protección para los sanitarios en todo el país amenaza la seguridad de los miles de profesionales que se encuentran en los hospitales combatiendo el coronavirus. Con el riesgo que supone que caigan infectados quienes están empleándose en la primera línea de batalla. Cada baja aumentaría el déficit de personal en un momento en el que el sistema de salud español se encuentra en máxima tensión.

De ahí que los sanitarios hayan multiplicado en las últimas horas sus llamamientos ante una situación que califican de «desesperada». Es, como ellos mismos dicen, un grito de «SOS». De hecho, cada vez hay más vídeos y fotografías de profesionales sanitarios denunciando cómo tienen que ingeniárselas para protegerse del contagio del virus. Ya sea convirtiendo bolsas de basura en batas o archivadores de plástico en pantallas faciales. En cuanto a las mascarillas, hay lugares donde se están reutilizando dos o tres veces porque es mejor que no tener nada, según denuncian.

No se ha cumplido ni una semana del estado de alarma y el desabastecimiento en los hospitales españoles no sólo es una evidencia, sino que se ha convertido en uno de los principales problemas de la crisis. Yeso que las previsiones del propio Gobierno son que todavía no ha llegado lo peor del coronavirus.

Esta escasez de material en tan pocos días refuerza las denuncias de la oposición sobre los tiempos de reacción del Gobierno ante la amenaza y sobre una presunta ausencia de previsión a la hora de preparar el sistema con partidas extraordinarias de material. Por su parte, el Ejecutivo se defiende argumentando que está reforzando las compras y dijo ayer que ha distribuido en los últimos días alrededor de dos millones de mascarillas a las comunidades autónomas.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, fue elocuente al definir cuál es la estrategia actual: comprar «tanto como se pueda» en el mercado. Eso da una magnitud clara de las necesidades. Asimismo, subrayó que los otros dos ejes de actuación para paliar el déficit son organizar la producción nacional de estos productos y garantizar la «equidad» en la distribución del material entre las autonomías en función de su necesidad.

Públicamente se evita verbalizar que hay falta de suministros pero el Gobierno lo admite en un documento que ha trasladado a los hospitales donde plantea «alternativas y posibles estrategias ante la escasez de equipos de protección individual» y que está fechado el 18 de marzo. En él, establece un nuevo protocolo de «priorización de uso ante la escasez» en el que, en la práctica, se rebajan las medidas de seguridad de los sanitarios para defenderse del virus cuando atienden a los pacientes. Con ello, está aumentando su riesgo a un contagio.

Se busca ahorrar material y estirar al máximo el que ahora se tiene. Por ejemplo, a más de dos metros se puede atender sin mascarilla y entre uno y dos metros sólo haría falta llevar la mascarilla quirúrgica. Es a menos distancia cuando ya se requiere usar la protección respiratoria, que es el modelo más seguro.

Ante la escasez de mascarillas se recomienda abiertamente hacer un «uso extendido» de ellas e, incluso, su «reutilización» para «encuentros múltiples con pacientes». También se permite usar las caducadas.

En cuanto a la ropa, si no hay de la que protege contra «agentes biológicos» hay que usar la «ropa de protección química». Igual que si no hay guantes especiales frente a los microorganismos habría que utilizar los de uso dual.

«No somos carne de cañón», «estamos trabajando bajo mínimos», han denunciado los cinco sindicatos representados en la Mesa de Sanidad de la Comunidad de Madrid, que enviaron una carta a la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, para advertir de la urgente necesidad de equipos de protección como mascarillas, guantes, batas, batas desechables, calzas o EPIs. Alerta que también llegaba del Hospital Príncipe de Asturias: «Suplicamos a las autoridades competentes tengan en cuenta la situación desesperada de los trabajadores».

El nerviosismo por la situación y la presión de estos llamamientos ha tensionado en las últimas horas la relación entre las administraciones. Los gobiernos de la Comunidad de Madrid, Andalucía o Cataluña acusaron al Ejecutivo central de estar «bloqueando» material en las aduanas o de retrasos. «Desde que se decretó el estado de alarma todo va más lento», se quejó Ayuso por los problemas para recibir los pedidos.

Este extremo fue negado por el ministro de Sanidad, que dijo que las únicas retenciones son en casos de «abuso de precio o tráfico ilícito». Además, replicó que la adquisición del material por parte del Gobierno no impide a las autonomías comprar más. En todo caso, Illa anunció el envío ayer de 324.000 mascarillas a Madrid y 245.000 a Andalucía. En todo caso, el PP secundó las críticas de Ayuso y exigió a Pedro Sánchez que utilice «ya» el mando único para garantizar el abastecimiento.

En paralelo, España ha solicitado a la Unión Europea material para hacer frente a la crisis a través del Mecanismo de Protección Civil. La petición se formalizó el 16 de marzo, cuando Italia la realizó a finales del mes de febrero.

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jueves, 19 de marzo de 2020

Asistencia a clientes durante el estado de alarma

Seguimos trabajando por la seguridad y salud de su empresa.

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miércoles, 18 de marzo de 2020

¿Cómo tramitar las bajas laborales por contagio de coronavirus?

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Todos los trabajadores infectados con el coronavirus o que se encuentren aislados en casa en cuarentena tendrán derecho a tramitar bajas por enfermedad profesional y no por enfermedad común siempre y cuando estén dados de alta en la Seguridad Social. Esto supone que la prestación se eleva al 75% de la base reguladora y que se cobra desde el día siguiente a la baja laboral y con cargo a la Administración.

¿Quién se hace cargo de las bajas de los enfermos por coronavirus?

En un principio, la baja por coronavirus se consideró enfermedad común, pero el Gobierno cambió de criterio y tras la publicación del real decreto ley con medidas extraordinarias se incluyeron estos casos y los aislamientos por cuarentenas dentro de las incapacidades temporales por accidente de trabajo. Este cambio en la norma conlleva que la prestación se eleve desde el 60% hasta el 75% y que se cobre desde el día siguiente al de la baja laboral. En las bajas por enfermedad común se cobra el 40% entre el 4º y el 20º día y el 75% a partir de esa fecha. Además, si el convenio de la empresa lo establece, se complementará de forma íntegra el sueldo del trabajador hasta el 100%.

¿Pueden cobrar esta prestación también los autónomos?

La medida, en vigor desde el pasado 12 de marzo, se aplica tanto a empleados por cuenta ajena como por cuenta propia y supondrá «un alivio para autónomos y empresas, especialmente pymes, que, desgraciadamente, comienzan a verse muy afectados por esta emergencia sanitaria mundial», destaca el socio fundador de Valio Consulting, Yannick Charton.

¿Qué requisitos tiene que cumplir el trabajador?

No se exige periodo de cotización previo, aunque hay que encontrarse en situación de alta. La cotización será a cargo de la empresa y del trabajador en los mismos términos que en cualquier situación de incapacidad temporal, tal y como puntualizan desde Comisiones Obreras.

¿Cómo se tramitan las bajas laborales por contagio de coronavirus?

Dado que se prioriza que los contagiados queden aislados, no es necesario el desplazamiento del enfermo al centro de salud. Tras llamar al número habilitado en cada Comunidad Autónoma, la Autoridad Sanitaria en Salud Pública tras la visita de los médicos de urgencia a domicilio a los trabajadores en aislamiento preventivo deberán comunicar por correo electrónico a los facultativos de Atención Preventiva y a la Inspección de Servicios Sanitarios de cada comunidad qué trabajadores pueden recibir la prestación. Los médicos de Atención Primaria, final,ente, serán quienes comprueben los requisitos necesarios y emitan las bajas laborales. Los inspectores médicos deberán hacer un seguimiento y supervisión temporal de los trabajadores en incapacidad temporal por aislamiento preventivo.

¿Qué pasa con los trabajadores en grupos de riesgo?

Las personas que formen parte de grupos de riesgo deberán acogerse a las medidas de prevención puestas en marcha por cada empresa para proteger la salud de su plantilla. En estos supuestos no están indicados el inicio de procesos de incapacidad temporal, las compañías deben proteger a este grupo con teletrabajo, vacaciones u otros planes de contingencia.

¿Qué ocurre si tengo que tramitar otro tipo de baja temporal?

La premisa fundamental es no salir de casa ni desplazarse. Si hay que pedir la baja por otro motivo, recoger algún tipo de prueba o se tiene una consulta médica, se debe llamar al centro de salud y pedir una cita telefónica con si médico de familia o enfermera. Todos los centros de salud están reforzando las consultas telefónicas para evitar que los pacientes salgan de casa.

¿Va a ayudar a las empresas el cambio de criterio del Gobierno?

El director de Randstad Research, Valentín Bote, ha afirmado que las medidas adoptadas por el Gobierno, tales como considerar a los trabajadores afectados o aislados como baja temporal por accidente de trabajo «permitirá aliviar notablemente los costes de las empresas». Desde Randstad calculan que las medidas laborales del Gobierno podrían evitar a las empresas más de 405 millones de euros de impacto económico por costes laborales.

¿Qué coste tendrá esta medida para las arcas del Estado?

Si se toma un escenario extremo de posibles infectados similar a la cifra de los afectados por la gripe el año pasado en el que se vio afectada el 1,44% de la población en edad de trabajar -un total de 287.955 personas-, el impacto en términos de costes laborales, es decir, salarios más cotizaciones, sería de 735,3 millones de euros en toda España, con una media por trabajador de 2.554 euros al mes, tal y como señalan desde Randstad.

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