jueves, 29 de octubre de 2020

Prevenir la COVID-19 en el entorno laboral

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Las reuniones sociales y el ámbito laboral son los principales focos de contagio de la COVID-19, que ya acumula más de un millón de casos en España desde el inicio de la pandemia según datos del Ministerio de Sanidad. ¿Sabemos las principales medidas que debemos aplicar en nuestros puestos de trabajo para contribuir a controlar la expansión del virus?.

Para contestar a esta pregunta la mutua Umivale ha preparado una campaña de prevención enfocada al ámbito laboral. Una iniciativa que recopila una batería de recomendaciones específicas por sectores. En concreto seis carteles que repasan de manera sintetizada las recomendaciones en los sectores de hostelería, comercio, sector banca, industria, construcción y sector agrario.

“Nos hemos centrado en estos seis sectores porque son los que aglutinan el grueso de nuestra población protegida”, ha destacado José Luis Cebrián, responsable de Prevención en Umivale. “Con esta campaña pretendemos ofrecer la información de una manera concisa y visual tanto a las empresas mutualistas como a sus trabajadoras y trabajadores. Unos carteles que las empresas pueden colocar en lugares visibles de las áreas de trabajo y que vienen a completar las directrices de buenas prácticas para prevenir el riesgo de exposición laboral al coronavirus SARS-CoV-2 por actividades y sectores publicadas por el Gobierno y que también se pueden encontrar en nuestra web”.

Cada uno de los carteles se divide en tres bloques. El primero repasa las recomendaciones preventivas durante los desplazamientos al lugar de trabajo tales como utilizar transporte individual, utilizar mascarilla si se comparte vehículo o extremar las medidas de limpieza y desinfección. Un segundo bloque se centra en las recomendaciones sanitarias para las empresas por cada sector. “Hay recomendaciones que coinciden de un cartel a otro por ser más genéricas como informar sobre los riesgos y medidas de actuación ante posibles síntomas y otras más específicas como evitar compartir objetos con clientes en los comercios, evitar sistemas de fichaje por huella en el sector bancario o realizar reuniones de coordinación para tratar actuaciones a aplicar en el sector de la construcción”, ha matizado Cebrián.
Por último los carteles incluyen un bloque con recomendaciones sanitarias para los trabajadores de cada sector, como por ejemplo cómo usar de forma individualizada las herramientas o equipos de trabajo, evitar el contacto físico o promover el pago con tarjeta.

Esta campaña ya forma parte del apartado dedicado a la COVID-19 en umivale.es/coronavirus. La iniciativa se suma a todo el material de prevención y salud que se ha difundido desde la mutua con motivo de la pandemia: la campaña informativa Juntos Venceremos sobre el coronavirus, que recoge aspectos como sus síntomas, desinfección del hogar, el teletrabajo, gestión emocional, etc. Los posters Si te proteges, me proteges, con mensajes concisos y llamadas a la acción para seguir aplicando las medidas de protección frente al coronavirus. La campaña especial Vacaciones en tiempo de COVID-19, con indicaciones para viajar, además de material sobre el correcto uso de la mascarilla y sus tipos, higiene y desinfección de manos, uso y retirada de guantes, etc.

Además, en esta sección también se puede consultar toda la información sobre las prestaciones extraordinarias para los trabajadores autónomos, la recopilación de las normas legislativas adoptadas al respecto, una batería de buenas prácticas puestas en marcha desde empresas y material audiovisual y gráfico informativo y de prevención de las diferentes administraciones públicas oficiales.

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Un juzgado de Alicante condena a Sanidad por la ausencia de EPI a los médicos en la primera ola y le obliga a suministrarlos

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Un juzgado de Alicante ha condenado a la Conselleria de Sanidad por la ausencia de medidas de protección de los facultativos en la primera ola de la Covid-19 al considerar que “incumplió la normativa sobre la prevención de riesgos laborales”. Así mismo, ha abierto la vía a los sanitarios afectados para que acudan a la jurisdicción contencioso-administrativa para instar la responsabilidad patrimonial generada por un funcionamiento anormal de la Administración Estado-CCAA.

En concreto, el Juzgado de lo Social número 5 ha declarado que la conselleria, tras la declaración de emergencia de la Subsecretaría de febrero de 2020 y con el estado de alarma, en el ámbito de su gestión, ha incumplido la normativa y ha generado un “grave riesgo” para la seguridad y salud de los facultativos sanitarios “provocando su exposición directa al contagio de la enfermedad”.

Por este motivo, ha condenado a la Administración a suministrar y/o proveer en cantidad y calidad suficiente de todos los Equipos de Protección Individual necesarios -batas impermeables, mascarillas FFP2, FFP3, gafas de protección, calzas específicas y contenedores de grandes residuos- a los profesionales.

El juzgado se ha pronunciado así tras la demanda interpuesta por la Conferencia estatal de Sindicatos Médicos de la CV (CESM-CV) contra la conselleria, que ha estimado parcialmente en el sentido de obligar a Sanidad a suministrar material.

 

Sobre las indemnizaciones, que el juez estima que se deben fijar en la jurisdicción contencioso-administriva, el sindicato ha anunciado que lo va a recurrir para que sea el tribunal valencianoel que determine las cuantías a las que tienen derecho los demandantes.

 

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miércoles, 28 de octubre de 2020

El Supremo declara accidente laboral un infarto sufrido durante la pausa del bocadillo

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El Tribunal Supremo ha reconocido como accidente de trabajo, y no como enfermedad común, el infarto súbito sufrido por un empleado durante la conocida como “pausa del bocadillo”, al estar incluida dentro de la jornada laboral según el convenio de la empresa para la que trabajaba.

El fallo de la Sala de lo Social dictamina que el breve descanso en el que sobrevino la lesión cardiovascular debe considerarse como tiempo de trabajo a los efectos de la presunción de laboralidad. Un principio establecido por la Ley General de la Seguridad Social según el cual las lesiones que se producen durante la jornada y en el lugar de trabajo son accidentes laborales, salvo que se demuestre lo contrario.

El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a realizar una pausa de duración no inferior a quince minutos cuando la jornada diaria continuada exceda de seis horas. Esa pausa, añade el fallo, se contabilizará como tiempo de trabajo efectivo cuando así esté estipulado por convenio o contrato de trabajo.

Eso sí, la sala matiza que el periodo de descanso deberá disfrutarse “necesariamente en algún momento intermedio de la jornada”, con la finalidad que el trabajador se recupere de la fatiga y rinda mejor, pero nunca al principio o al final del turno porque entonces “se trataría de una reducción de jornada”.

Precisamente, la necesidad de tener que reanudar la actividad productiva sugiere, según los magistrados, que estamos ante un tiempo vinculado al contenido del contrato de trabajo. Esta última idea, dicen es “la que explica la extraña fórmula legal conforme a la cual se considera tiempo de trabajo”, pero solo si así se pacta.

Mediante esta sentencia, el alto tribunal estima el recurso presentado por un trabajador que sufrió un síncope con parada cardiorrespiratoria en el comedor de su empresa. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) concedió al recurrente, que trabajaba como moledor de corcho, una incapacidad permanente en grado de invalidez, derivada de contingencia común, con derecho a percibir 2.033 euros mensuales.

El trabajador impugnó la resolución del INSS y un juzgado de Algeciras le dio la razón al considerar que su enfermedad derivaba de una contingencia profesional. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía concluyó que la lesión cardiovascular se produjo dentro de la empresa, pero fuera del tiempo de trabajo, por lo que no estaba amparada por la presunción de laboralidad.

El hombre presentó recurso de casación para la unificación de doctrina, planteando como sentencia contradictoria una dictada por el TSJ de Canarias que consideró como accidente de trabajo el infarto mortal que sufrió un trabajador, también durante la pausa del bocadillo. Al estimar el recurso, el Supremo confirma la sentencia del juzgado de lo social que condenó a la mutua a hacerse cargo de las prestaciones.

No es la primera vez que el alto tribunal se pronuncia sobre el tentempié de media mañana. Ya en enero de 2016 estableció que la pausa del bocadillo no disfrutada debe ser retribuida como un plus salarial.

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lunes, 26 de octubre de 2020

COVID-19: El estrés y la ansiedad ya están afectando al profesorado

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Desde marzo del 2020, el profesorado ha ido acumulando estrés debido a las nuevas clases telemáticas y a la incertidumbre que ha conllevado la reapertura de los centros educativos en medio de una pandemia.

En septiembre de 2020, la mayoría de las escuelas y universidades de España reabrieron sus puertas creando un sentimiento de incertidumbre generalizado en el profesorado de cara a afrontar el nuevo curso 2020-2021.

En estudios recientes se ha señalado que durante el periodo de encierro, los/las maestros/as han sufrido niveles de estrés altos por tener que adaptarse en tiempo récord a dar clases en línea.

La UNESCO ya ha identificado la confusión y el estrés entre el personal docente como una de las consecuencias adversas del cierre de escuelas. Esto se debe a la brusquedad de las medidas adoptadas ante el cierre de los centros, la incertidumbre sobre su duración y la escasa familiaridad con la educación a distancia.

Como consecuencia del aumento de la carga de trabajo y la enseñanza desde el hogar, el profesorado ha sufrido estrés acompañado de síntomas de ansiedad, depresión y trastornos del sueño. Además, en estudios realizados antes de la pandemia se comprobó que trabajar desde el hogar utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones puede crear sentimientos de tensión, ansiedad, agotamiento y disminución de la satisfacción en el trabajo.

Asimismo, esta situación de estrés puede tener consecuencias en la salud de los/las profesores/as y, como resultado, tener bajas por enfermedad, absentismo y un bajo rendimiento laboral. Por eso es importante cuidar la salud emocional del profesorado, ya que esta predice el bienestar emocional y el compromiso del alumnado, reduciendo también su nivel de estrés.

Con este marco de fondo, en el contexto de la COVID-19 se ha agravado la situación laboral del profesorado con más despidos e inestabilidad laboral. Varias investigaciones han analizado el impacto de la inestabilidad laboral en el profesorado y han señalado que puede tener importantes consecuencias psicológicas.

En septiembre volvieron las clases, pero el profesorado y los centros académicos no tenían claras las pautas a seguir mostrando una gran preocupación ante el nuevo escenario. Además, la responsabilidad de aplicar las medidas sanitarias estaba en manos de cada escuela, instituto y universidad.

Ante esta situación, un grupo interdisciplinar de la facultad de Educación de la Universidad del País Vasco que lleva trabajando desde marzo midiendo el estado emocional de diferentes poblaciones ha estudiado los niveles de estrés que ha vivido el profesorado al comenzar el curso 2020-2021.

Los primeros resultados del estudio (aún en revisión) demuestran que hay un alto porcentaje de profesorado que está viviendo sintomatología estresante, de hecho más de la mitad de los encuestados referían síntomas de estrés.

Esta sintomatología fue mayor incluso que en épocas de confinamiento, siendo las mujeres las que están sufriendo más estrés que los hombres, como ha ocurrido en la mayoría de las investigaciones realizadas en diferentes poblaciones en todo el mundo. Además, la inestabilidad laboral que puede estar viviendo gran parte del profesorado también está afectando a la situación de estrés que viven.

Otro nuevo hallazgo del estudio realizado por las autoras es que el profesorado de edades más tempranas es el que más estrés está teniendo, mostrando menores niveles entre docentes de ESO y Bachillerato y universidad. Esto se debe a la gran responsabilidad que tiene el profesorado de Infantil y Primaria para hacer que los niños y niñas cumplan las normas de seguridad ya que tienen menos autonomía.

Para terminar, el profesorado de más edad ha sido el que más estrés ha mostrado, a diferencia de otros estudios en los que las personas mayores son las que menos estrés están viviendo ante la COVID-19. La necesidad de adaptarse a las tecnologías puede tener mucho que ver con este hallazgo.

Es importante atender a la salud mental del profesorado ofreciendo apoyo psicológico a aquellos que estén sufriendo sintomatología psicológica por diferentes razones. Implementar talleres de yoga o _mindfulness_ en los centros académicos puede mejorar notablemente el ambiente emocional de los centros, mejorando la salud del profesorado y alumnado y el rendimiento académico de los estudiantes.

De hecho, nuestro equipo ya realizó una intervención de relajación entre el alumnado durante el confinamiento, con resultados muy positivos.

Por lo tanto, es esencial cuidar la estabilidad laboral del profesorado creando más contratos indefinidos y facilitando el acceso a las plazas públicas para cuidar la salud, la situación económica y la calidad de la docencia.

Asimismo, es totalmente lógico, y más ahora que hemos de cuidar el distanciamiento social, ampliar las plantillas de profesorado en universidades y colegios bajando la ratio de alumnado por docente.

Como ya se ha demostrado, las clases telemáticas, aunque han ayudado mucho durante el encierro, no son la alternativa más adecuada. La brecha digital puede influir negativamente en los grupos más vulnerables y el abuso de las tecnologías puede afectar notablemente a la salud de alumnado y profesorado.

El distanciamiento social y el teletrabajo acarrean consecuencias psicosociales que se podrían prevenir con la contratación y cuidado del personal docente.

Solo así se podrán crear unas buenas condiciones, mejorando la educación y el estado emocional de las próximas generaciones.

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation.

Amaia Eiguren Miembro del Grupo de Investigación KideOn (https://kideon.eus/es/)

Nahia Idoiaga Mondragon recibe fondos de Grupo de investigación del Gobierno Vasco KideOn, con referencia IT1342-19 (categoría A).

Naiara Berasategui Sancho recibe fondos del Grupo de investigación del Gobierno Vasco KideOn, con referencia IT1342-19 (categoría A).

Maitane Picaza Gorrotxategi, María Dosil Santamaría y Naiara Ozamiz no reciben salarios, ni ejercen labores de consultoría, ni poseen acciones, ni reciben financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y han declarado carecer de vínculos relevantes más allá del puesto académico citado.

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Fallece un trabajador en Portilla de Luna (León) tras caer de un andamio

caída altura

El suceso se ha producido poco antes de las 10.44 horas, que es cuando el 112 ha sido informado de un accidente en la calle Barrio, en Portilla, donde un trabajador se había caído desde un andamio.

Según indico Sacyl, iban ya de camino al lugar un equipo médico de La Magdalena, una ambulancia soporte vital básico y un helicóptero medicalizado. La sala de operaciones del 112 dio aviso del incidente a la Guardia Civil (COS) de León.

Sin embargo, en el lugar el personal de Sacyl confirmó el fallecimiento de un varón, por lo que se anuló el helicóptero medicalizado.

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jueves, 22 de octubre de 2020

Guía técnica para la evaluación y prevención del riesgo eléctrico (actualizada)

electrocución

El RD 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, encomienda de manera específica, en su disposición final primera, al Instituto la elaboración y el mantenimiento actualizado de una guía técnica para la evaluación y prevención del riesgo eléctrico en trabajos que se realicen en las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo o en la proximidad de las mismas.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto se ha elaborado la presente guía, en la cual se recogen criterios y recomendaciones que pueden facilitar a los empresarios, responsables de prevención y trabajadores la aplicación del citado Real Decreto.

Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la protección frente al riesgo eléctrico

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CCOO pedirá una triple investigación sobre el accidente laboral mortal ocurrido en una empresa de carpintería

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CCOO Málaga ha manifestado que, “ante los múltiples indicios de irregularidades”, exigirá una triple investigación sobre la muerte de un trabajador ocurrida en una empresa de carpintería metálica del Polígono Santa Cruz de la capital malagueña.

Así, y durante la concentración llevada a cabo por CCOO y UGT Málaga en señal de solidaridad con amigos y familiares del fallecido, el responsable de acción sindical del sindicato de Industria de CCOO Málaga, Carlos Moya, ha señalado las negligencias que, asegura, se han cometido por parte de la empresa.

En este sentido ha afirmado que el fallecido, que tenía un contrato de media jornada aunque trabajaba a jornada completa, carecía de EPI mientras se encontraba moviendo manualmente y en solitario una plancha de 45 centímetros de grosor, tres metros de alto y 40 centímetros de ancho, cuyo peso estimado asciende a los 300 kilogramos. Además, ha añadido, la empresa carece de Plan de Evaluación de Riesgos y la plantilla no cuenta con delegado sindical, lo que “aumenta considerablemente el riesgo de siniestralidad laboral”.

Por una parte, recoge CCOO Málaga en un comunicado, están pendientes de los resultados de la investigación que debe hacer al respecto la Inspección de Trabajo, y en la que han pedido, además dilucidar las causas del suceso, “averiguar por qué la empresa limpió a fondo y recogió todo rastro con mucha prontitud”.

Por otra parte, ha considerado que la Seguridad Social debe indagar acerca de “por qué en el domicilio social en el que se produjo el siniestro hay registradas dos empresas diferentes y si se está cumpliendo con todos los derechos de las personas trabajadoras”.

Por último, el sindicato ha informado que exigirá a la delegación de Salud de la Junta de Andalucía que investigue el retraso de más de una hora de los servicios de emergencias en acudir al lugar de los hechos y si hubo alguna relación entre ese retraso y el deceso del trabajador.

Asimismo, CCOO Málaga ha criticado el “lamentable trato” recibido por la familia del difunto y el “oscurantismo con el que la administración ha tratado este luctuoso suceso”, alegando que el accidente se produjo a las 9.30 horas y la familia no tuvo conocimiento del paradero de su familiar hasta las 16.00 horas.

Ante lo que han reconocido como “un cúmulo de irregularidades y presuntas negligencias”, CCOO ha puesto a disposición de la familia sus servicios jurídicos y se insta a todas las administraciones competentes a llevar a cabo las investigaciones pertinentes.

En esta línea, el sindicato ha recordado que hasta agosto de 2020, 12 personas han perdido la vida en Málaga mientras desarrollaban su trabajo, “sin tener en cuenta a las personas falsas autónomas y autónomas que no están protegidos por la legislación de prevención de riesgos laborales por lo que no se contabilizan”.

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