martes, 11 de junio de 2019

Una empresa debe indemnizar con más de 500.000 euros a la viuda de un obrero afectado por amianto

Un juez de Barcelona ha condenado a una empresa de sanitarios a indemnizar con 556.205 euros a la viuda de un trabajador de su fábrica de Gavà, que falleció en el 2017, por ser la responsable de su situación de gran invalidez provocada por la inhalación de fibras de amianto. El afectado prestó sus servicios en las instalaciones de la compañía entre los años 1970 y 1989, periodo durante el que, según acredita la sentencia, se utilizó este material en la fabricación de componentes de grifería y, especialmente, en la producción de zapatos de freno para la industria ferroviaria. 

La resolución dictada por el titular dle Juzgado Social número 25 de Barcelona, D. A. S., fundamenta sus conclusiones en un “claro y contundente” informe de la Inspección de Trabajo que establece que la empresa “no ha hecho nada para evitar el riesgo por amianto que existía en la planta de Gavà” . El dictamen de la inspección destaca que la firma tomó “ninguna medida preventiva para la protección de los trabajadores frente al riesgo de exposición al aminato ”.

El afectado tenía reconocida desde 1995 una incapacidad permanente absoluta por padecer silicosis pulmonar con severa insuficiencia ventilatoria. Este diagnóstico se amplió después de que se le detectara en el 2017 una mesotelioma pleural, una dolencia adquirida por la exposición continua al amianto. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revisó entonces su grado de discapacidad y le reconoció la situación de gran invalidez (necesita permanente ayuda de terceros para cualquier actividad cotidiana) derivada de una enfermedad profesional, que fue la causa de su fallecimiento. El fallo judicial recuerda, además, que la víctima no tenía factores de riesgo graves para contraer la enfermedad.

La empresa condenada hizo servir juntas de amianto para piezas de grifería hasta, al menos, el 2004, transcurridos cuatro años desde la prohibición del amianto a la Unión Europea y cuando hacía dos años que había expirado la moratoria para cesar este material que se concedió al Estado español a petición del Gobierno de José María Aznar, según destaca el Col.lecitu Ronda, que ha defendido los intereses de la familia del trabajador afectado.

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