martes, 3 de abril de 2018

Tres condenados por el grave accidente laboral de un albañil

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El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado con seis meses de prisión a dos empresarios de la construcción y a un jefe de obra por el grave accidente laboral que sufrió un albañil durante la construcción de un edificio en la capital jiennense.

El encofrador, un cordobés que ha quedado en situación de invalidez permanente, sufrió una caída desde casi cuatro metros y medio de altura. El percance se debió a la falta de medidas de seguridad en la obra, tal y como se establece en la sentencia. Por eso, considera a los tres acusados autores de un delito contra los derechos de los trabajadores. La resolución puede recurrirse ante la Audiencia.

El accidente se produjo el 13 de junio del año 2011. El albañil se encontraba trabajando en el forjado de la primera planta. Colocaba casetones y apilaba los palets ya vacíos para su posterior retirada. En un momento dado, uno de los tableros en los que se apoyaba se desplazó o volcó debido que su estado era “defectuoso”. En concreto, la sentencia asegura que estaba “revirado”. Además, no había red horizontal, ya que había sido parcialmente retirada con anterioridad ni el trabajador estaba sujeto con arnés o con la llamada “línea de vida”. La caída fue terrible. Cuando llegaron los médicos del 061 el albañil estaba en coma. Estuvo 36 días hospitalizado y sufre graves secuelas psiquiátricas. De hecho, un año después del accidente, la Seguridad Social le concedió la situación de invalidez permanente total.

El juez califica que el accidente se produjo por “un cúmulo de despropósitos e imprudencias”. “Los responsables últimos de la actividad (los empresarios y el jefe de obra) no adoptaron las medidas necesarias para paliar los riesgos”, sostiene el magistrado en su sentencia. Los condenados son la administradora de la contratista principal, el representante legal de una empresa subcontratada para realizar parte de los trabajos y el jefe de obra y encargado máximo de la seguridad.

Las defensas trataron de acreditar mediante fotografías que los tableros que componían el forjado estaban en buen estado, que había redes horizontales en la obra y que al trabajador accidentado se le entregaron equipos de protección individual. Sin embargo, el juez considera que esas imágenes no se corresponden al día del accidente y que han sido “aportadas interesadamente por la dirección facultativa”. De contrario, la sentencia aporta el testimonio de los inspectores de Trabajo y de Prevención de Riesgos Laborales.

Además de los seis meses de prisión, los tres condenados deberán pagar una indemnización de 125.000 euros a la víctima. La resolución del Penal número 4 puede recurrirse ante la Audiencia.

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La Xunta de Galicia apoya a agentes sociales, asociaciones empresariales y autónomos en la prevención de riesgos laborales

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La Consejería de Economía, Empleo e Industria de la Xunta de Galicia destinó 1,5 millones de euros en 2017 a apoyar a una treintena de asociaciones empresariales, agrupaciones profesionales de autónomos y agentes sociales en la realización de actuaciones dirigidas a la formación e impulso en el campo de la prevención de riesgos laborales.

Este programa de ayudas incluye dos líneas de financiación. La primera estuvo dirigida a iniciativas de formación intersectorial que llevaron a cabo asociaciones empresariales y organizaciones sindicales de carácter intersectorial, con un importe de cerca de 500.000 euros, y la segunda, para programas formativos y otras acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales, con un presupuesto de 1.000.000 euros. De esta última se beneficiaron fundaciones sectoriales, organizaciones sindicales y asociaciones empresariales tanto de carácter sectorial como intersectorial y asociaciones profesionales de autónomos.

Con estas ayudas, los beneficiarios desarrollan cursos, jornadas y seminarios formativos dirigidos, entre otros, a personas trabajadoras activas o en situación de desempleo y delegados de prevención.

Además, la Xunta de Galicia apoya con esta iniciativa estudios y trabajos relacionados con la seguridad y la salud laboral de investigación y prospección para el análisis de la mejora de las condiciones de trabajo en sectores concretos de la actividad económica, de difusión, sensibilización e intercambio de experiencias, gabinetes técnicos sectoriales de difusión normativa y técnica, acciones divulgativas de sensibilización para inversión específica en prevención de riesgos laborales y la realización de materiales y herramientas prácticas para implantar actuaciones en esta materia.

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La caída en el porche de casa al ir a hacia el trabajo no es accidente laboral

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La casuística que rodea a los accidentes in itinere, ocurridos al ir o volver del trabajo, es muy amplia. En algunos casos el lugar exacto de la caída es especialmente relevante, ya que determina la consideración del accidente como laboral o como contingencia común, lo que influye en la prestación recibida por el empleado.

En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo rechaza la laboralidad del accidente sufrido por un trabajador que, pasadas las siete de la mañana y saliendo de la puerta de su casa para ir a trabajar, resbala en el porche del chalet antes de coger el coche y se lesiona el hombro derecho.

El trabajador, que estuvo casi dos meses de baja, impugnó la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que negó que dicha incapacidad derivara de accidente laboral, y las sentencias del juzgado de lo Social y del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que confirmaron dicha resolución.

En su recurso, el trabajador invoca un supuesto en el que una caída en circunstancias similares había sido considerada accidente laboral. En ese caso, el Supremo (en una sentencia de 2011) confirmó tal calificación en el percance sufrido por un empleado que, antes de salir de la finca de su casa para incorporarse a la carretera general y llevando con las manos su motocicleta, se cayó y se lesionó.

En esta ocasión, se consideró que concurrían todos los requisitos exigidos por la jurisprudencia porque “cuando tuvo lugar el accidente, por una parte el trabajador ya había dejado atrás ese espacio personal y privado que constituía su verdadero domicilio y, por otra parte, también había comenzado el trayecto que normalmente le conducía al centro de trabajo, haciendo uso del medio de transporte que habitualmente utilizaba”.

El Alto Tribunal, sin embargo, cree que, en el caso de la caída en el porche, el trabajador no había salido de su domicilio ni había llegado a coger el coche para iniciar el trayecto que le conducía al trabajo. “No es lo mismo caer mientras se sale de la vivienda que hacerlo cuando ya se ha llegado al vehículo y el mismo está rodando”, concluye.

Insiste la sentencia en que el accidente no se produce transitando por un lugar de libre acceso para cualquier otra persona, sino que ocurre en una zona de su exclusiva titularidad. En definitiva, el incidente no sucedió una vez abandonado el domicilio y en el trayecto al lugar de trabajo, como requiere el accidente in itinere.

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lunes, 2 de abril de 2018

Estrategia para mejorar la competitividad de las organizaciones

El éxito de las organizaciones está relacionado con su capacidad de aprendizaje. Y para poder aprender hay que conocer las oportunidades de mejora: hay que ver qué nos separa del resultado esperado, hay que hablar de los errores cometidos. Y para que afloren los errores se necesita un clima en el que la persona sienta […]

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Jornada de puertas abiertas del colegio ¿Preguntas?

Gracias a la jornada de puertas abiertas de los colegios puedes conocer de primera mano los diferentes centros escolares. Es una oportunidad para tomar contacto tanto con el espacio: patio, aulas&hell...

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umivale firma un acuerdo de colaboración con la Asociación para el Progreso de la Dirección

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umivale, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 15, y la Asociación para el Progreso de la Dirección (Apd) han firmado un convenio de colaboración con el objeto de informar, cooperar e investigar en el área de la Seguridad Social.

A través de dicho acuerdo, que han escenificado el director de zona de la mutua en Valencia norte y Castellón, Francisco Burgos, y director de Apd Zona de Levante, Alejandro Solvay, ambas partes se han comprometido a cooperar en la celebración de cursos, seminarios y jornadas formativas e informativas con el objetivo de promover la seguridad y salud en el trabajo.

“Es un paso importante que damos en beneficio tanto de nuestras empresas mutualistas como de los socios y socias de Apd”, ha remarcado el representante de umivale.

Además, tanto Burgos como Solvay se han comprometido a dar difusión a la información relevante o de interés de la otra parte así como realizar las acciones de difusión necesarias para la consecución del objeto. También contribuir con los equipos y medios técnicos específicos en cada caso para la generación de conocimiento y el desarrollo de acciones investigadoras en materia de salud.

Fruto de esta nueva colaboración ambas entidades se han comprometido a desarrollar de forma conjunta nuevas actividades destinadas a la formación, difusión, información, e investigación para la  consecución de fines comunes a ambas entidades.

Apd es una asociación de directivos creada en 1956 en Madrid y en la actualidad tiene presencia a nivel nacional e internacional, cuyo objetivo es formar e informar a los directivos a través de distintas actividades.

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Una App para localizar a personas desaparecidas en zonas sin cobertura

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“Hemos diseñado una aplicación (app) que puede incorporarse a cualquier smartphone y que, sin disponer de cobertura móvil, emite una señal wifi, la cual actúa como baliza de socorro y puede alcanzar una distancia de varios kilómetros”, explica José Ángel Berná, profesor de la Universidad de Alicante y autor de una nueva tecnología para localizar a personas accidentadas en lugares sin cobertura de telefonía móvil y donde la rapidez en el rescate es esencial para salvar vidas.

El sistema puede servir también en situaciones de emergencias derivadas de terremotos, inundaciones e incendios forestales, donde las infraestructuras de telefonía móvil en muchas ocasiones quedan inutilizadas.

La señal wifi contiene la ubicación (coordenadas) de la persona accidentada o desaparecida que usa el smartphone emisor y un mensaje breve que “se puede definir a medida, como, por ejemplo, ‘me encuentro herido’, ‘estoy desorientado’ o ‘necesito ayuda'”, concreta Berná, del Departamento de Física, Ingeniería de Sistemas y Teoría de la Señal de la Escuela Politécnica Superior de la UA. 

Para detectar la señal de auxilio, el investigador ha creado también un dispositivo receptor portátil y de poco peso (medio kilo), que emplearían los equipos de rescate o los refugios de montaña. Este dispositivo cuenta con una pequeña antena y se conecta al smartphone de los efectivos de búsqueda.

Cuando se produce una incidencia, la persona accidentada solo tiene que activar la app del teléfono móvil que emitirá la baliza de auxilio periódicamente -puede ser durante horas o incluso días, aunque se encuentre inconsciente- indicando las coordenadas de su posición.

Según Berná, ya se han realizado pruebas de campo con este innovador sistema –a principios de 2016 desarrolló un prototipo operativo– con los Grupos de Rescate Especial de Intervención en Montaña (GREIM) de la Guardia Civil y luego con el Servicio Marítimo del instituto armado y Salvamento Marítimo, cuyos resultados han sido “interesantes”.

Así, durante los ensayos llevados a cabo en tierra y en mar se demostró que el dispositivo puede captar la señal de socorro del smartphone emisor hasta una distancia de tres y dos kilómetros, respectivamente, aunque hay posibilidades de aumentar su capacidad de cobertura.

Las tareas de búsqueda de personas desaparecidas o accidentadas en una zona sin cobertura móvil suponen “en la actualidad mucho coste de tiempo y de efectivos”, explica el profesor. En cambio, apunta Berná, el nuevo sistema desarrollado permite “optimizar la búsqueda y reducir el tiempo de rastreo”, un aspecto éste vital si se tiene en cuenta que, “en muchos casos de fallecidos, las autopsias han revelado que no habían muerto en el acto y habían aguantado horas, pero no se les pudo localizar”.

También tiene la ventaja de que no se necesita contacto visual con la persona accidentada, ya que en el momento en que puedan detectar una sola señal, ésta indicará su posición exacta, aunque se halle a varios kilómetros de distancia o atrapado en un edificio derrumbado.

En la actualidad “no existe ningún sistema en el mundo que emplee señales Wifi para geolocalizar un móvil. Hay dispositivos que permiten detectar señales de telefonía móvil de un smartphone y ubicar su posición por triangulación, pero su coste se eleva a unos 80.000 euros y requieren emplazar un helicóptero”, asegura José Ángel Berná.

Sin embargo, el sistema ideado en la UA es más económico, “pues el receptor tiene un coste que permitiría comercializarlo por aproximadamente 600 euros si fuera adoptado por un número importante de equipos de rescate”, añade.

Según este investigador, el comité de seguridad de la Federación Española de Montaña y los servicios de rescate de la Guardia Civil estiman que la funcionalidad de esta tecnología debería estar integrada en alguna aplicación ya existente de emergencia y con soporte institucional.

“Hemos enviado información al Ministerio del Interior para que tenga en consideración esta nueva funcionalidad que hemos desarrollado y estudie su posible incorporación a AlertCops, el servicio de alertas de seguridad ciudadana de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”, señala Berná.

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