martes, 3 de abril de 2018

Tres condenados por el grave accidente laboral de un albañil

vigagran

El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado con seis meses de prisión a dos empresarios de la construcción y a un jefe de obra por el grave accidente laboral que sufrió un albañil durante la construcción de un edificio en la capital jiennense.

El encofrador, un cordobés que ha quedado en situación de invalidez permanente, sufrió una caída desde casi cuatro metros y medio de altura. El percance se debió a la falta de medidas de seguridad en la obra, tal y como se establece en la sentencia. Por eso, considera a los tres acusados autores de un delito contra los derechos de los trabajadores. La resolución puede recurrirse ante la Audiencia.

El accidente se produjo el 13 de junio del año 2011. El albañil se encontraba trabajando en el forjado de la primera planta. Colocaba casetones y apilaba los palets ya vacíos para su posterior retirada. En un momento dado, uno de los tableros en los que se apoyaba se desplazó o volcó debido que su estado era “defectuoso”. En concreto, la sentencia asegura que estaba “revirado”. Además, no había red horizontal, ya que había sido parcialmente retirada con anterioridad ni el trabajador estaba sujeto con arnés o con la llamada “línea de vida”. La caída fue terrible. Cuando llegaron los médicos del 061 el albañil estaba en coma. Estuvo 36 días hospitalizado y sufre graves secuelas psiquiátricas. De hecho, un año después del accidente, la Seguridad Social le concedió la situación de invalidez permanente total.

El juez califica que el accidente se produjo por “un cúmulo de despropósitos e imprudencias”. “Los responsables últimos de la actividad (los empresarios y el jefe de obra) no adoptaron las medidas necesarias para paliar los riesgos”, sostiene el magistrado en su sentencia. Los condenados son la administradora de la contratista principal, el representante legal de una empresa subcontratada para realizar parte de los trabajos y el jefe de obra y encargado máximo de la seguridad.

Las defensas trataron de acreditar mediante fotografías que los tableros que componían el forjado estaban en buen estado, que había redes horizontales en la obra y que al trabajador accidentado se le entregaron equipos de protección individual. Sin embargo, el juez considera que esas imágenes no se corresponden al día del accidente y que han sido “aportadas interesadamente por la dirección facultativa”. De contrario, la sentencia aporta el testimonio de los inspectores de Trabajo y de Prevención de Riesgos Laborales.

Además de los seis meses de prisión, los tres condenados deberán pagar una indemnización de 125.000 euros a la víctima. La resolución del Penal número 4 puede recurrirse ante la Audiencia.

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