miércoles, 8 de enero de 2020

Herido un trabajador al caerle encima un árbol en Lemoa

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El operario, que ha sufrido un fractura en la pierna, ha sido trasladado en helicóptero al hospital de Galdakao.

Un varón de 50 años, vecino de Madrid, ha sido evacuado esta tarde en helicóptero hasta el hospital de Galdakao tras resultar herido al caerle encima un árbol cuando trabajaba en el barrio Bolunburu de Lemoa (Bizkaia), según ha informado el Departamento vasco de Seguridad.

El accidente laboral ha ocurrido a la una menos diez de la tarde y ha provocado una fractura de pierna al operario, por lo que se ha movilizado un helicóptero de la Ertzaintza que lo ha trasladado hasta el hospital.

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Piden 6 meses de cárcel para un médico acusado de acosar a una enfermera

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La Fiscalía de Granada ha solicitado seis meses de prisión para un médico acusado de cometer un delito de acoso sexual en el ámbito laboral contra una enfermera cuando ambos trabajaban en el centro de salud de Chimeneas (Granada)

Según consta en el escrito de acusación, los hechos se remontan a julio de 2018, cuando la enfermera desarrollaba su labor junto al médico, con el que entabló una relación laboral “cordial y agradable”.

Sobre las 13.30 horas del 6 de julio, solo tres días después de que la enfermera comenzara a trabajar en el centro de salud, el acusado aprovechó que ya no había ningún paciente y se dirigió hacia la consulta de Enfermería.

Según el fiscal, el médico, “movido por un evidente y manifiesto propósito de atentar” contra la libertad sexual de su compañera y “prevaliéndose de su superioridad profesional”, le agarró presuntamente de las manos, le dijo que le iba a dar un beso e intentó besarla, pero la mujer consiguió evitarlo.

El médico le aseguró que ella le atraía, “no solo físicamente sino por su forma de ser”, tras lo que abandonó la Enfermería, a la que regresó momentos después para pedir disculpas, que la enfermera aceptó “presa del miedo”.

Sin embargo y según el escrito de la Fiscalía, de nuevo trató de besarla sin éxito, ante lo que la mujer abandonó la consulta y el centro de salud, tras lo que recibió un mensaje en el que él reconocía que nunca se perdonaría haberle hecho “pasar un mal rato”.

A raíz de lo sucedido, la mujer sufrió una crisis de ansiedad y cambió sus servicios para no coincidir laboralmente con el médico e incluso de municipio en la provincia de Granada.

Por todo ello el fiscal considera al acusado como presunto autor de un delito de acoso sexual en el ámbito laboral y solicita para él una condena de seis meses de cárcel y una multa de 6.000 euros en concepto de indemnización por el daño moral causado a la enfermera.

El juicio por estos hechos tendrá lugar en el Juzgado de lo Penal 5 de Granada el próximo 8 de enero de 2020.

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Fallece un extrabajador de Legazpi (Gipuzkoa) por exposición al amianto

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Un extrabajador de Legazpi (Gipuzkoa) ha fallecido a consecuencia de la asbestosis contraída por exposición al amianto, según ha denunciado el sindicato ELA. El sindicato ha recordado que el Juzgado de lo Social número 1 de San Sebastián ya le había concedido la Incapacidad Permanente Absoluta derivada de Enfermedad Profesional.

Según ha informado, el fallecido trabajó durante 24 años en la planta de la empresa sita en Legazpi, ocupando el puesto de cucharero, y encargándose de colar el acero fundido y de reparar y rehacer las cucharas cuando se deterioraban.

La sentencia, dictada antes del fallecimiento del trabajador y que no es todavía firme al haber sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por las empresas, declaró probada su exposición a amianto en base al informe de Osalan de septiembre de 2017, por el que posteriormente se le incluyó en el fichero de trabajadores expuestos de Euskadi.

ELA ha apuntado que en ese informe “se constataba que la empresa importaba amianto desde los años 60 hasta que se dejó de emplear en 1984, reconociendo como tal la capa blanca que iba fijada contra la chapa del horno o cuchara, que los trabajadores manipulaban sin reparo porque desconocían su peligrosidad”.

El sindicato ha lamentado que este fallecimiento “nos sitúa de nuevo, en toda su crudeza, ante el drama de las enfermedades profesionales derivadas del contacto con amianto, un fenómeno creciente y de dimensiones casi pandémicas derivado, todo ello, de un insuficiente control público y de la falta más absoluta de medidas de seguridad por parte de las empresas durante el pasado siglo XX”. Finalmente, ha trasladado sus “condolencias” a la familia y allegados del fallecido y ha exigido a las empresas que “actúen con responsabilidad y desistan de una vez por todas en prolongar innecesariamente la vía judicial, que no sirve más que para agudizar el sufrimiento de las personas afectadas y revictimizarlas”, al tiempo que ha reclamado a las instituciones públicas “que asignen los recursos suficientes para garantizar de manera efectiva el derecho a la salud de la clase trabajadora”.

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martes, 7 de enero de 2020

El andamio del accidente laboral de Vitoria-Gasteiz tenía deficiencias de protección

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El trabajador que falleció al caerse de un andamio en una obra en Vitoria-Gasteiz pudo haberse colado por un lateral del mismo donde se han constatado fallos en su protección perimetral.

Fuentes del Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales (Osalan) han explicado que en una primera observación del lugar del accidente se ha detectado que el andamio donde estaba trabajando el operario no tenía protegida la totalidad de su perímetro con barreras para evitar caídas.

Sí había protección en las dos partes largas del andamio, pero no en las cortas. “Había deficiencia en la protección perimetral” del andamio, han resumido las fuentes, que han indicado que todavía habrá sin embargo que esperar al informe final para determinar todas las circunstancias de este accidente.

El trabajador, un albañil de 55 años, según han precisado desde Osalan, estaba cerrando un hueco de escalera con ladrillos en la construcción de un edificio y para ello había montado un andamio, cuando se precipitó al suelo desde una altura de unos tres metros.

Según el responsable de CC.OO. del área de siniestralidad laboral, Juan Luis España, el trabajador llevaba poco tiempo trabajando para la constructora. Este sindicato ha pedido a las empresas y a la Administración que tomen “las medidas necesarias para evitar” que se repitan accidentes de este tipo.

Además, Elkarrekin ha denunciado que el trabajador fallecido no pudo ser atendido por una ambulancia medicalizada porque el único vehículo de estas características que hay en Álava se encontraba cubriendo una emergencia en otro punto del territorio, por lo que el operario tuvo que ser asistido por una ambulancia con enfermería y un médico de atención primaria.

El grupo de Elkarrekin en el Ayuntamiento de Vitoria ha subrayado que este modo de proceder “no es el adecuado”, ya que supone “una merma grave” en la atención sanitaria que se presta a la población alavesa.

Elkarrekin, a través de un comunicado, ha denunciado que el hecho de que Álava solo cuente con una ambulancia medicalizada para atender a todo el territorio, salvo a la zona de Airaldea, puede propiciar situaciones con “consecuencias fatales”. Esta formación ha denunciado la “desprotección” a la que la “mala gestión” de los recursos por parte de Osakidetza aboca a los alaveses.

Por ese motivo, ha reclamado al Gobierno Vasco que incremente el número de ambulancias medicalizadas para atender las emergencias que se producen en Álava. Elkarrekin ha recordado que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda una unidad de Soporte Vital Avanzado por cada 120.000 habitantes. Frente a esta recomendación, este grupo ha explicado que en Álava “se está atendiendo con una única ambulancia una población de 280.000 habitantes dispersados en un radio de 50 kilómetros”.

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El juez considera accidente laboral los dos infartos sufridos por un albañil

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La titular del juzgado de lo social número 1 ha estimado la demanda presentada por un albañil palentino que sufrió dos infartos mientras desarrollada su actividad laboral y ha declarado que los hechos se pueden considerar como un accidente laboral en contra de las tesis del INSS, la empresa para la que trabaja y la mutua, que consideraban que no existía parte de accidente de trabajo y además el operario tenía antecedentes de tabaquismo al fumar una media de 10 cigarrillos diarios.

Según expone la sentencia el trabajador llevaba más de treinta años trabajando como albañil, pero en la empresa desde el 2017.

Los hechos tuvieron lugar el 21 de septiembre de 2018 cuando el operario, mientras prestaba sus servicios para la empresa desplazándose desde Villalobón en una furgoneta y en compañía de otros dos compañeros, en las que transportaban barras de andamio europeas para su descarga en la fábrica de Galletas, comenzó a encontrarse mal, motivo por el que acudió al centro de salud de Aguilar de Campoo, donde le efectuaron un electrocardiograma. Al conocer sus resultados, el propio centro médico dio aviso al servicio de emergencias 112 para pedir un traslado urgente. Al llegar a la localidad la unidad móvil del 112, el trabajador sufrió un primer infarto por lo que el servicio médico decidió llevarlo hasta el complejo hospitalario de Burgos.

De camino, el trabajador sufrió un segundo infarto. Una vez en el Hospital Universitario de Burgos, el trabajador fue ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social alegó que no estaba acreditado el nexo causal entre el puesto de trabajo y la patología que motivó la incapacidad temporal, además de existir una patología de base y factores de riesgo (fumador), y además no existía parte de accidente de trabajo. Por su parte, la mutua también se opuso a la demanda al argumentar que la empresa no había presentado parte de accidente de trabajo y que la patología que padecía el trabajador es debido a que concurren factores de riesgo al ser fumador de 10 cigarrillos diarios y tener cierta edad.
Por otro lado, insistía en que pese a que el dolor apareció mientras conducía descarta que fuera un accidente de trabajo, porque no existió siniestro, caída o golpe durante dicho trayecto, y que el episodio sufrido podría desencadenarse en cualquier momento y lugar. Por último, la empresa para la que trabaja alegó que la actividad del trabajador no implica sobreesfuerzo de cargas.

Para la juez, lo relevante del caso es que la situación de crisis sobrevino «estando en tiempo y lugar de trabajo», por lo que procede la estimación de la demanda.
Consta acreditado, asimismo, que el demandante no presentaba antecedentes cardiológicos y que el único episodio sufrido en el año 2016 se debió a ansiedad. «La naturaleza cardíaca de la patología que motivó la parada cardiorrespiratoria del trabajador no permite descartar la presunción de incidencia de la actividad desarrollada en condiciones de laboralidad en términos que llevaron a que una patología que hasta el momento en que sobrevino la parada, en tiempo y lugar de trabajo, no impidió la prestación laboral ni justificó, baja laboral o asistencia médica alguna, por más que pudieran existir factores de riesgo», añade la magistrada del juzgado de lo social 1.

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La Fundación Laboral firma un acuerdo con Andimac para actualizar las competencias de los profesionales que acudan a los centros de distribución de materiales de construcción

Un momento durante la firma del acuerdo entre la Fundación Laboral y Andimac (2)

Ambas entidades diseñarán un conjunto de itinerarios formativos para satisfacer las necesidades que hayan sido identificadas en procesos de encuesta previos.

La Fundación Laboral de la Construcción ha firmado, en su sede en Madrid, un acuerdo de colaboración con la Asociación Nacional de Distribuidores de Cerámica y Material de Construcción (Andimac), cuyo objetivo es favorecer la actualización de las competencias de los profesionales de la construcción, que son usuarios de los puntos de venta de materiales, en los aspectos transversales o específicos de su actividad.

El director general de la Fundación Laboral de la Construcción, Enrique Corral, y el secretario general de Andimac, Sebastián Molinero, han firmado el acuerdo dejando claro que “los itinerarios formativos que se diseñen estarán basados en el análisis de las necesidades detectadas vía encuesta, que la asociación ha dirigido a los clientes de los almacenes de distribución”.

En la actualidad, Andimac reúne a más de 1.200 empresas de distribución profesional de materiales de construcción, decoración e instalaciones, y las necesidades formativas de los clientes de estos puntos de venta pueden abarcar desde la mejora de sus habilidades comerciales, hasta la formación en gestión empresarial, formación práctica en la instalación de nuevos materiales o soluciones más innovadoras para la industria de la construcción, cursos en metodología BIM o construcción sostenible.

Ambas entidades se comprometen a trabajar conjuntamente para apoyar iniciativas que promuevan la notoriedad social de los oficios de la construcción y estudiar modelos que impulsen la mejora competitiva y la formación continua de sus profesionales.

La Fundación Laboral de la Construcción pone a disposición de la Asociación su amplio catálogo de productos formativos dirigidos a mejorar la empleabilidad de los profesionales del sector y la competitividad de las empresas, además de sus 48 Centros de Formación distribuidos por todo el territorio nacional.

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lunes, 30 de diciembre de 2019

Breve estudio de la normativa relacionada con el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad. Propuestas de mejora

La diputación fomenta la prevención de riesgos laborales en la construcción

Código de la acción: AS2018 0045

BREVE ESTUDIO DE LA NORMATIVA RELACIONADA CON EL RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. PROPUESTAS DE MEJORA

 Con la finalidad de difundir, entre los trabajadores y empresarios del sector de la construcción, las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales en materia de Prevención de Riesgos Laborales; así como fomentar su conocimiento y aplicación, proponiendo mejoras normativas que la acerquen a sus destinatarios, desde CNC se ha considerado oportuno realizar un breve “BREVE ESTUDIO DE LA NORMATIVA RELACIONADA CON EL RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. PROPUESTAS DE MEJORA” gratuito financiado por la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales.

En este breve estudio se analiza esta problemática y se realizan propuestas de mejora en este ámbito. Este estudio está disponible en la página web de la Confederación Nacional de la Construcción en la pestaña dedicada a proyectos: https://www.cnc.es/AS2018_0045.html.

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