martes, 10 de noviembre de 2020

Se considera accidente laboral la baja de una abogada por el caos reinante en su departamento

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Se considera accidente laboral la baja psiquiátrica de una abogada debido a la situación caótica reinante en su departamento. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias en una sentencia en la que da la razón a una trabajadora de la asesoría legal del Ayuntamiento de Telde (Gran Canaria) que tuvo que ausentarse por incapacidad en varias ocasiones debido a la tensión, a la desorganización y a la sobrecarga de trabajo a la que estaba expuesta en su día a día.

El TSJ afirma que los hechos probados “son tan claros, contundentes y reveladores” que no dejan lugar a dudas de que los problemas psicológicos tuvieron su origen en el entorno laboral. Descarta así que se trate de una “mera visión subjetiva de la trabajadora” desvinculada de toda realidad, y confirma la existencia de un nexo causal entre el mal sobrevenido y el trabajo.

Según recoge el fallo, el departamento estaba compuesto por dos abogados más la trabajadora, y no contaba con jefe o director que dictara directrices o instrucciones sobre las tareas. La abogada llevaba trabajando en la asesoría jurídica municipal desde 2005, pero fue a partir de 2015 que la situación empezó a hacerse insostenible.

Fue en ese año que los letrados decidieron mandar una carta a la alcaldía en el que denunciaban la sobrecarga de trabajo que tenían, lo que se había traducido en un gran desgaste emocional y físico que se manifestaba en problemas de salud, como estrés, angustia, o ansiedad. En la misiva también hicieron referencia a las sucesivas bajas laborales a las que sometieron todos los empleados del departamento, como prueba del deterioro mental que sufrían.

En febrero de 2016, y ante la ausencia de una respuesta, los empleados volvieron a mandar una carta en la que decían sentirse “desbordados y desamparados”, y reiteraron que no podían seguir asumiendo tanto trabajo. Poco después, la administración incrementó las labores a desempeñar por el departamento legal.

Incluso el Concejal de Asesoría manifestó en diversos medios de comunicación el gran volumen de trabajo que afronta la institución municipal ha llevado a que los tres letrados con los que cuenta el departamento estuvieran desbordados, resultando materialmente “imposible” atender todos los expedientes.

Para el tribunal, todas estas pruebas acreditan la situación “caótica” vivida en el entorno laboral de la letrada, y confirma el vínculo entre el trabajo y las dolencias padecidas.

La Seguridad Social alegó que la trabajadora había sufrido patologías psicológicas en el pasado, como trastornos depresivos y alimentarios, por lo que las alteraciones actuales eran de carácter común. No obstante, los magistrados rechazan este argumento y recuerdan que esos diagnósticos tuvieron lugar dieciocho años antes de su incorporación laboral al consistorio.

Para la Sala, no hay agentes externos al trabajo que causaran el estado depresivo en la letrada, “por lo que existe un nexo causal directo e inequívoco entre el mal sobrevenido y la ejecución del trabajo”. Así, confirman que la demandante no era capaz de llevar a cabo sus tareas, no por el estado psiquiátrico que arrastraba desde su juventud, “sino de manera exclusiva por el contexto laboral en que se encontró durante casi dos años”, insisten.

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