Un accidente que ocurre al salir de casa para ir al puesto de trabajo o regresando a casa del trabajo, se denomina in itinere.
Lo esencial a la hora de dilucidar si se trata de un accidente laboral in itinere es contemplar si existe o no una conexión entre el hogar del empleado -si es dónde se ha producido-, el lugar donde éste trabaja, y el trayecto que debe recorrer.
Por ello, es importante diferenciar el sitio donde uno sufre una caída o un golpe. No en vano, si el accidente ocurre en el porche de su vivienda unifamiliar un día que tenga que ir a trabajar, este percance no se considera in itinere, puesto que todavía continúa en un espacio privado y no se considera un incidente laboral. Sí se tiene en cuenta el tropiezo que alguien pueda sufrir en zonas comunes del edificio como las escaleras o el portal.
Tampoco entran dentro de los accidentes laborales in itinere aquellos que se produzcan cuando se abandona el trabajo antes de hora por algún motivo privado, aunque la empresa le haya dado permiso para ello. Esto es debido a que uno de los factores que se tienen en cuenta es que el percance tenga lugar en el camino habitual de ida o vuelta al empleo y sin interrupciones voluntarias.
Asimismo, si el accidente sucede cuando el empleado o empleada está en medio de una salida relacionada con su trabajo, bajo estas circunstancias sí sería in itinere. Igualmente, cuando el trayecto entre casa y empleo se realiza habitualmente en un medio de transporte, ya sea público o privado, los percances que se den si serán tomados en cuenta como in itinere.
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