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jueves, 30 de noviembre de 2017
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miércoles, 29 de noviembre de 2017
Técnicos del ISSL asesoran a más de 420 empresas en materia de seguridad y salud laboral
La Consejería de Empleo, Universidades y Empresa, a través del Instituto de Seguridad y Salud Laboral (ISSL), ha asesorado de forma directa en lo que llevamos de año a más de 420 empresas de la Región de Murcia en materia de seguridad y salud laboral.
Una de las actuaciones que se llevan a cabo para mejorar la capacidad de las empresas para gestionar su sistema preventivo es el asesoramiento directo, de tal modo que las firmas seleccionadas reciben la visita de los inspectores del ISSL y durante ella reciben información especializada sobre diferentes materias relacionadas con la Prevención de Riesgos Laborales. La campaña se centra en pymes y micropymes, puesto que es un tipo de empresa muy frecuente en el tejido productivo de la Región.
Así lo explicó la directora general de Relaciones Laborales y Economía Social, Nuria Fuentes, durante su visita el pasado viernes a la empresa Frutas Naturales, S.A., ubicada en la pedanía murciana de Torreagüera, donde destacó que “la asistencia de los técnicos del Instituto de Seguridad y Salud Laboral tiene como objetivo algo tan primordial como la mejora de las condiciones de trabajo, y su función es esencial para que esas condiciones sigan mejorando en beneficio de todos”.
Una vez en la empresa, los inspectores revisan el Plan de Prevención de Riesgos Laborales y demás documentos preventivos y realizan una inspección a las instalaciones para comprobar las condiciones de trabajo. En caso de encontrar tanto en la documentación como en las instalaciones, alguna deficiencia, se asesora verbalmente al empresario sobre las medidas correctoras que debe de llevar a cabo y, además, se le deja esta información por escrito.
Los asesoramientos se centran en distintas materias relativas a la prevención como, por ejemplo, los riesgos ergonómicos, los psicosociales, los higiénicos o los de seguridad.
La campaña de asesoramiento incluye los riesgos de seguridad que derivan de las condiciones generales de los locales de trabajo, las máquinas y equipos, instalación eléctrica, almacenamiento de materiales, así como los equipos de elevación y transporte.
En sus inspecciones, los técnicos del ISSL comprueban que los factores de riesgo se encuentren evaluados y controlados, y que se han adoptado las medidas preventivas correspondientes. Si no es así, asesoran al empresario en la necesidad de abordar esa evaluación, a través de su servicio de prevención, cómo llevarla a cabo y qué medidas preventivas se pueden adoptar para controlar esos riesgos.
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Más de 300 profesionales en prevención de riesgos laborales de Europa se reunieron en Bilbao
Más de 300 profesionales de la prevención de riesgos laborales y responsables políticos europeos en los ámbitos de la seguridad y la salud en el trabajo se reunieron en Bilbao en la Cumbre europea sobre Trabajos saludables en cada edad, que organiza la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA).
El encuentro desarrollado en el Palacio Euskalduna de la capital vizcaína sirvió como conclusión de la campaña bienal Trabajos saludables en cada edad, impulsada por la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo.
Además de debatir sobre los resultados de esta campaña, los responsables políticos y expertos europeos intercambiaron ejemplos de buenas prácticas para la promoción de un envejecimiento saludable en el trabajo.
En función de los datos del proyecto Trabajo más seguro y saludable a cualquier edad: seguridad y salud en el trabajo en el contexto del envejecimiento de la población activa realizado por la EU-OSHA este año, el 22% de la población trabajadora en Europa de más de 50 años piensa que no podría hacer su trabajo actual a la edad de 60 años y un 26% de la población trabajadora cree que el trabajo influye negativamente en su salud.
En el caso de España, este porcentaje de trabajadores que cree que su salud está afectada negativamente por su trabajo se eleva a más del 40%. Además, los datos de la EU-OSHA reflejan que la tasa de empleo de la población trabajadora de entre 55 y 64 años ha ido en aumento desde 2002, aunque de manera más lenta que en el conjunto de la UE.
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La mejor estrategia para lograr el objetivo CERO ACCIDENTES
Cómo Técnicos de Seguridad y Salud uno de nuestras mayores preocupaciones son los accidentes o mejor dicho como prevenirlos.
Todos sabemos que los errores humanos existen y los accidentes ocurren a pesar de todo lo que hagas.
Pero desde hace algunos años existe una técnica que te permite acercarse bastante al objetivo de cero accidentes laborales.
¿Te gustaría saber cuál es y cómo usarla?
Pero antes empecemos por el principio.
¿Por qué se producen los accidentes?
Los estudios realizados sobre accidentalidad demuestran que el 95% de los accidentes tienen su origen en actos inseguros.
La gestión de la prevención de riesgos tradicional se centra en el cumplimiento de procedimientos, el control operativo y el seguimiento de normas basadas en estándares internacionales, como la OHSAS 18001.
Esto ayuda a reducir los ratios de accidentalidad, pero llega un momento donde, por sí sola, este tipo de gestión no consigue mejorar los indicadores.
De forma racional tendemos a utilizar indicadores enfocados a las consecuencias de nuestra gestión (lagging indicators), lo que implica que sólo medimos los resultados qué obtenemos sin disponer de mucha más información sobre el origen o las causas verdaderas de los accidentes/incidentes.
Por ello, la consecución del objetivo de 0 accidentes pasa necesariamente por conocer el origen de los accidentes/incidentes, y esto implica, necesariamente, reducir el número de actos inseguros.
Por tanto, la consecución del objetivo de 0 accidentes pasa necesariamente por reducir el número de actos inseguros.
Reducir comportamientos inseguros con OPS
Ahora bien, ¿cómo podemos reducir los comportamientos inseguros?
Existen diferentes metodologías enfocadas a corregir los comportamientos inseguros, la mayoría de ellas bajo el paraguas del Behaviour Based Safety (BBS – Seguridad Basada en el Comportamiento).
Todas ellas se fundamentan en definir qué comportamientos son objetivo de analizar y observarlos de forma natural mientras ocurren, con el fin de actuar sobre las causas y consecuencias de dicho comportamiento.
Estas intervenciones se denominan, normalmente, Observaciones Preventivas de Seguridad.
La OPS es una herramienta que se utiliza en los sistemas de gestión de PRL para detectar comportamientos (actos) o condiciones inseguras.
El objetivo que se persigue es anticiparse al accidente trabajando los comportamientos de las personas.
Cómo implementar un Programa de OPS en tu empresa
Para realizar la implantación de OPS de forma eficaz y conseguir nuestro objetivo de cero accidentes se deben llevar a cabo en 3 fases.
FASE 1: OBSERVACIÓN
En esta fase se trata de acudir al centro de trabajo y observar el comportamiento de los trabajadores para detectar posibles comportamientos inseguros y entablar diálogo con personal de su equipo, compañeros, superiores o contratas, con el fin de observar condiciones de trabajo y actividades o tareas determinadas.
Las decisiones que hay que tomar es esta fase son:
- Selección de tareas y trabajadores a observar: Una vez seleccionada la tarea según lo comentado en un apartado anterior, se deben seleccionar los trabajadores, en base a alguno de estos criterios:
- Nuevos o en cambio de puesto.
- Antecedentes de conductas arriesgadas.
- Antecedentes de conductas seguras y trabajo de calidad, si queremos resaltar comportamiento positivos y ponerlos como ejemplo.
- Observación teniendo en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Eliminar Distracciones o Interrupciones.
- No interferir en la tarea.
- Situar la tarea en un contexto.
- Evitar ideas preconcebidas.
- Esfuerzo de atención.
- Apuntar los puntos básicos que observemos y cumplimentar el formulario.
- Identificación de los actos inseguros y posibles soluciones:
- Identificar situaciones peligrosas derivadas de los equipos/instalaciones (SW&T de lugares).
- Identificar actos inseguros o deficientes y situaciones peligrosas derivadas fundamentalmente del comportamiento humano.
- Determinar necesidades específicas y efectividad de la formación y adiestramiento de los trabajadores.
- Verificar la necesidad, la idoneidad o las carencias de los procedimientos de trabajo.
- Reconocer y “reforzar” hábitos y comportamientos eficaces y seguros.
FASE 2: PROGRAMACIÓN
Con los resultados obtenidos se utilizan como herramienta de mejora del sistema.
- Análisis de los Resultados: Realizar un análisis individual y en conjunto de los resultados de las OPS, para detectar puntos fuertes, áreas de mejora, etc.
- Comunicación de los Resultados. A los responsables de los departamentos afectados, a los participantes en la OPS, al servicio de prevención, etc.
- Gestionar las Acciones Acordadas. Cada acción que se haya acordado con los participantes de cada OPS debe ser analizada por los responsables correspondientes, decidiendo si se va a llevar finalmente a cabo, cómo y cuándo. Es decir, se debe incluir en la planificación preventiva de la empresa.
Esta fase es la más compleja, especialmente si no se dispone de personal entrenado en trabajar con programas de seguridad basados en el comportamiento.
Por eso desde Areaseys ofrecemos a nuestros clientes un completo servicio de consultoría en el que nuestros técnicos especializados te ayudarán tanto a implementar el sistema de OPS como a mejorarlos a través del análisis exhaustivo del feed-back obtenido de ese sistema.
FASE 3: IMPLEMENTACIÓN
La forma más sencilla de valorar que se estén llevando a cabo las acciones preventivas acordadas es a través de la implementación de check-list que el trabajador debe rellenar para asegurarse que se han cumplido con todas las precauciones.
El problema de este sistema es que puede llegar a ser muy engorroso y molesto para los empleados y genera una gran cantidad de papel y datos que no son fáciles de trabajar con ellos.
Para facilitar esta fase, nuestro software 6conecta te permite gestiona estos datos desde nuestra app que funciona tanto con acceso a internet como sin él.
El software recoge todos estos datos y te los muestra en tus cuadros de mando personalizados para saber rápidamente el grado de cumplimiento en tiempo real y crear acciones de respaldo si fueran necesarias.
Actualmente las observaciones preventivas de seguridad son la mejor opción para alcanzar el objetivo de cero accidentes.
¿Estás de acuerdo? ¿Trabajas con OPS en tu empresa? ¿Qué es lo que te resulta más difícil?
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martes, 28 de noviembre de 2017
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lunes, 27 de noviembre de 2017
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El Tribunal de Cuentas abre diligencias por el reparto irregular de fondos públicos de la Fundación para la PRL
Durante su comparecencia ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, el presidente de este órgano fiscalizador, Ramón Álvarez de Miranda, ha dicho que estas diligencias, por presuntas irregularidades en la justificación de actividades, se encuentran actualmente en tramitación.
En todo caso, ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado han solicitado responsabilidades penales por este asunto, por lo que seguirá por la vía de enjuiciamiento de responsabilidades contables, pendiente de la eventual devolución de los fondos por parte de la propia fundación.
En todo caso, Álvarez de Miranda ha subrayado que “sería perfectamente factible” que, en caso de que la citada fundación liquide las ayudas y efectúe los expedientes de devolución pertinentes, los sindicatos y la patronal no tendrían que devolver las subvenciones.
En su Informe de Fiscalización de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, ejercicio 2015, el Tribunal de Cuentas acusó a estas organizaciones de diseñar el reparto de ayudas públicas con el fin de recibir los fondos.
En algunas de las ayudas, el Tribunal destaca que todas las solicitudes de estas organizaciones recibieron financiación y que la suma de todas ellas coincidía con el importe total del presupuesto, lo que lleva a aseverar a este órgano de control que “existe un reparto previo de los fondos entre CEOE, UGT y CC.OO.”.
El Tribunal señala que una de las convocatorias de esta Fundación, la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2016, por valor de 10,7 millones de euros, no cumplía en sus bases los principios de concurrencia, igualdad y no discriminación previstos en la Ley General de Subvenciones.
Tampoco en lo referente a los beneficiarios, en cuanto a que los propios receptores de las subvenciones eran los propios patronos de la Fundación. Al resultar una concesión de subvenciones, y no un procedimiento de “autocontratación”, el Tribunal sostiene que “cabe cuestionarse la legalidad de los importes pagados”.
Hasta septiembre de 2015, estas organizaciones copaban la mitad de los puestos en el Patronato, órgano de la fundación encargado hasta entonces de aprobar las ayudas y las normas aplicables a cada una de las convocatorias anuales de ayudas. Según el Tribunal, el control por parte de estas entidades implicaba que “en algunos cosas las normas no se aplicaran o se hubieran adaptado según sus intereses”.
Así, el Tribunal sostiene que, una vez aprobadas, se cambiaron normas aplicables para adaptarlas a acciones ejecutadas por las organizaciones, o que la distribución de los fondos no se efectuó, en otros casos, siguiendo los principios recogidos en la convocatoria.
“El Patronato de la Fundación ha sido juez y parte en el reparto de las ayudas concedidas, al establecer las normas para distribuirlas entre los agentes sociales, aprobando o denegando las acciones, y siendo sus miembros, a su vez, beneficiarios de las mismas”, sostiene el Tribunal.
La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales concede ayudas a acciones sectoriales y a acciones territoriales, decididas en órganos tripartitos con las comunidades autónomas hasta que en 2013, por la anulación de varias convocatorias por vulnerar regímenes competenciales, estas acciones territoriales fueron sustituidas por otras calificadas como ‘transversales.
Sin embargo, el órgano fiscalizador sostiene que estos fondos se siguieron distribuyendo con la misma proporción entre CCAA, y dentro de ellas entre la CEOE, CC.OO. y UGT en idénticas proporciones que en convocatorias anteriores. El Tribunal asegura haber comprobado que la valoración de las solicitudes estaba diseñado para que únicamente obtuvieran financiación estas organizaciones, y excluir del reparto a otras, como a USO.
En la concesión de ayudas a las acciones sectoriales, ejecutadas de forma paritaria, el Tribunal sostiene que los grupos de trabajo no aplicaron criterios de valoración conforme a las normas aprobadas por el Patronato, y que de haberse aplicado los baremos correctamente, muchas de las acciones aprobadas no hubieran obtenido financiación, y otras denegadas sí. Por ello, concluye que la distribución de los fondos entre los sectores y los agentes sociales se realizó según los intereses de los grupos de trabajo.
Respecto a la ejecución de las acciones financiadas por la fundación, el Tribunal informa de que su fiscalización detecta “múltiples incidencias” que llevan a cuestionar la dedicación de estos fondos a su finalidad. Entre ellas, la ausencia en muchos casos de soporte documental para acreditar tales trabajos, por ser suficiente una mera declaración de los agentes sociales; o la financiación por parte de los agentes sociales del gasto de personal sin acreditar las acciones realizadas.
En el caso de las confederaciones y federaciones empresariales territoriales, el Tribunal señala que éstas subcontrataron íntegramente la ejecución de las acciones, y repercutieron gastos de personal más elevados que los destinados a su ejecución.
Respecto a las visitas de empresas en las acciones territoriales y transversales, el Tribunal sostiene que no existe posibilidad de demostrar su realización, al no exigirse su justificación documental, ni tampoco si el contenido fue, realmente, la prevención de los riesgos laborales u otro tipo de actividades sindicales, algo que llega a poner en duda, “especialmente en el caso de CC.OO., en el que las visitas se realizan por agentes sindicales sin formación en prevención”, critica.
Las visitas a empresas dentro de acciones sectoriales, realizadas de forma paritaria, sí que debían ser justificadas por cada agente social. Sin embargo, en el caso de la construcción, Confemetal, UGT-FICA y CC.OO. de Industria, asegura el Tribunal, presentaron copias a color escaneadas de los partes originales, “con la intención de cobrar unas visitas de manera no de vida” a las que, apostilla, “presumiblemente no asistieron”.
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Las motos más seguras
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viernes, 24 de noviembre de 2017
Cómo negociar el presupuesto de una reforma
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Un cárter de aceite en formato alfombrilla absorbente y reutilizable
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Cómo aprovechar el espacio de un trastero
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jueves, 23 de noviembre de 2017
El 82% de los profesionales de enfermería padece estrés
Más del 50% de las enfermeras sufre el síndrome del profesional “quemado”, ocho de cada diez padecen estrés, y un alto porcentaje distintas dolencias o alteraciones del comportamiento, como tensión muscular, problemas de sueño, temor o angustia.
Son datos obtenidos en el Estudio sobre Percepción de estrés en los profesionales de Enfermería, elaborado por el sindicato SATSE. En ese estudio, que se ha hecho mediante encuestas a las enfermeras y enfermeros, el 86% considera que el ambiente laboral se ha deteriorado, un 65% entiende que la atención a los pacientes ha empeorado en los últimos años y un 80% piensa que no hay plantillasde enfermeras suficientes.
Las conclusiones, por tanto, son que el nivel de estrés que siguen padeciendo los profesionales de Enfermería continúan sobrepasando, de manera alarmante, los límites razonables puesto que siguen percibiéndolo ocho de cada diez enfermeras y enfermeros. Y en ocho de cada diez casos denuncian el empeoramiento de sus condiciones de trabajo y el deterioro del ambiente laboral. Más de siete de cada diez dicen que ha empeorado la atención que se presta a los ciudadanos en sus Servicios. La falta de recursos humanos en las Unidades, que denuncian en más de un 80% de casos los profesionales, está generando que no dispongan de tiempo para prestar a los pacientes la atención más adecuada.
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Boletín Electrónico de Prevention World nº 669
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Pavo para la cena de Acción de Gracias
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miércoles, 22 de noviembre de 2017
Consejos para que tu casa sea un lugar acogedor
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La coordinación de actividades empresariales en el marco de la prestación de servicios transnacionales
El artículo 1.4 del Estatuto de los trabajadores, alude a que todo trabajador contratado en España ha de cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales española obligatoriamente.
Nos podemos encontrar con tres tipos de supuestos:
- Los trabajadores pertenecientes a la UE han de cumplir la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional (BOE nº 286, de 30 de noviembre de 1999) sobre desplazamientos transnacionales.
La Ley establece las condiciones mínimas de trabajo que los empresarios deben garantizar a sus trabajadores, desplazados temporalmente a España, en el marco de una prestación de servicios transnacional, cualquiera que sea la legislación aplicable al contrato de trabajo.
El régimen de responsabilidades viene regulado por la disposición adicional 2ª de la Ley 45/1999 por la cual se establece que las empresas que reciban en España la prestación de servicios de los trabajadores desplazados asumirán respecto de dichos trabajadores las obligaciones y responsabilidades previstas por la legislación española para tales supuestos. Dicho régimen de responsabilidades alcanza los ámbitos de la responsabilidad civil, administrativa y penal, no así en el ámbito de la responsabilidad por recargo de prestaciones regulado por el artículo 123 de la Ley General de la Seguridad Social, dado que los trabajadores desplazados están amparados por el régimen de la Seguridad Social del país de origen y, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, no recibirán prestación alguna por parte de la Seguridad Social española.
2. Para los países con los que existan convenios internacionales, tales como Brasil, Chile, Colombia, México y Perú, se habrán de cumplir dichos convenios ante los trabajadores desplazados.
3. Para los países con los que no exista convenio alguno, se aplicará la norma más beneficiosa para el trabajador entre la española y la del estado al que se le va a desplazar.
El desplazamiento del trabajador sólo puede ser temporal y de duración limitada, dentro de los supuestos que marca la Ley, que son los siguientes:
- El desplazamiento de un trabajador por cuenta y bajo la dirección de su empresa en ejecución de un contrato celebrado entre la misma y el destinatario de la prestación de servicio.
- El desplazamiento de un trabajador a un centro de trabajo de la propia empresa o de otra empresa del grupo del que forme parte.
- El desplazamiento de un trabajador por parte de una empresa de trabajo temporal para su puesta a disposición de una empresa usuaria que esté establecida o que ejerza su actividad en España.
Para determinar la temporalidad habrá que acudir al contenido de los contratos, el de prestación de servicios y el de puesta a disposición.
Antes del inicio de los trámites administrativos, la empresa que contrata habrá de considerar los trámites de desplazamiento, como la solicitud ante la Seguridad Social (formularios específicos en España) y el visado o permiso de trabajo, en cada caso (uno u otro dependiendo del país al que se va o del que se viene). Deberemos garantizar una asistencia sanitaria y, por tanto, solicitar la tarjeta sanitaria en la seguridad social, la europea, válida en países de la UE y en los que existan convenios internacionales, y la correspondiente para destinos no comunitarios específica según país).
Igualmente, todo trabajador contratado por cuenta ajena habrá de disponer de una evaluación de riesgos de las funciones propias del puesto de trabajo que va a desarrollar (incluida la información sobre asistencia sanitaria y vacunas) y del lugar donde va a desarrollar la actividad.
Tendrá además una vigilancia de la salud, es decir, reconocimientos médicos previos al desplazamiento que otorguen el apto médico del trabajador al puesto.
Tendrá información y formación sobre los riesgos específicos en el puesto, sobre la actuación en caso de riesgo grave e inminente y emergencia, sobre aspectos de la normativa específica y las condiciones de seguridad del país de destino.
Durante el desplazamiento, deberá garantizarse la asistencia sanitaria en caso de accidente laboral o enfermedad profesional y en caso de enfermedad común. En este ámbito nos podemos encontrar con dos situaciones:
- Para países pertenecientes a la UE o con convenio: la tarjeta sanitaria europea le da acceso directo al trabajador a los centros de asistencia en las mismas condiciones que el personal propio del país en el que se encuentre.
En la UE, se regula a través de la directiva 96/71CE (Directiva 96/71/CE, de 16 de diciembre de 1996 de libre prestación de servicios. DOL nº 18 de 21 de enero de 1997), según la cual son válidos los certificados emitidos por una entidad autorizada en España, pero el cliente (la empresa del país X que contrata mis servicios) puede exigir que se realicen en el país de destino por una entidad autorizada en el país y con sus criterios.
2. Para el resto de los países: se deberá abonar la asistencia y luego le será reembolsado. En cualquiera de los casos deberá solicitarse al servicio de prevención la información el procedimiento a seguir y los teléfonos en caso de accidente o enfermedad profesional en el extranjero. Se deberá pedir también a la Seguridad Social la información necesaria para la asistencia sanitaria en caso de enfermedad o accidente común. Igualmente habremos de considerar la vigilancia de la salud, es decir, lo referente a los certificados de aptitud médica periódicos en el desplazamiento.
En el resto de los países: cada uno regula de manera diferente.
Otro aspecto muy importante durante el desplazamiento es la propia notificación de los accidentes laborales y enfermedades profesionales. Los trabajadores de empresas españolas desplazados han de notificarlos en España, mientras que los trabajadores contratados por una filial en el extranjero deben notificar los accidentes o enfermedades en el país de destino.
Ni que decir tiene que las demás obligaciones que se derivan de la prevención de riesgos laborales existen exactamente de la misma manera ante trabajadores desplazados o desde España. Después del desplazamiento, ¿qué debemos hacer para llevar a cabo una buena repatriación? Para que la repatriación del trabajador se haga de manera adecuada, su empresa ha de desarrollar un programa específico de adaptación de la persona a la nueva situación de “vuelta a casa”. Este programa deberá contener tanto elementos relacionados con la prevención de riesgos laborales (modificación si procede de la evaluación de riesgos, formación e información, vigilancia de la salud si procede, etc.) como elementos relacionados con las condiciones laborales: puesto y funciones del mismo, tiempo de trabajo, jornada, salario, dietas, etc.
Recomendamos utilizar el software CAE de Metacontratas para obtener ayuda en la coordinación de actividades empresariales.
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VIII Encuentro de ACESSLA: Mejor cultura preventiva que cumplimiento legal
El próximo día 23 de noviembre se celebra en Sevilla el VIII Encuentro de la Asociación Científica de Expertos en Seguridad y Salud Laboral de Andalucía (ACESSLA), bajo el lema “Mejor cultura preventiva que cumplimento legal”. Si en los anteriores Encuentros se trataron de analizar a fondo las causas de la inaplicación legal, momento en el cual nos encontrábamos de lleno en la crisis económica, hoy, las estadísticas demuestran lo que dijimos entonces: el escaso cumplimiento legal se debe a la falta de cultura preventiva y no a cuestiones económicas de carácter cíclico, ya que los índices de accidentalidad se han incrementado con el repunte económico que se viene experimentando desde el año 2015.
Por ello, la apuesta es seguir progresando en el conocimiento de las carencias y deficiencias estructurales que deben ser modificadas para un avance real, especialmente de la mano de la Administración y de las empresas, así como de los representantes sociales y los profesionales. En este Encuentro se aportarán nuevas ideas y modelos y haremos críticas constructivas, oponiéndonos a situaciones que como las de los accidentes ferroviarios de Angrois (tren) y Valencia (metro), no pueden ya tolerarse. Asimismo, también habrá propuestas para el sector que desgraciadamente vuelve a llevarse “la palma” de dicha siniestralidad, la construcción.
El Encuentro se celebra en la sede del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla (Paseo de La Palmera, 28 A). Tras la inauguración por autoridades, se iniciará con la ponencia marco “Propuestas para la mejora del marco normativo de la PRL: razones para una necesaria reforma”, a cargo de Cristóbal Molina Navarrete, Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Jaén. Posteriormente se desarrollan diversas mesas y espacios de debate bajo las siguientes temáticas: Modelos de aplicación legal por encima de los mínimos de derecho necesario; El accidente de metro de Valencia versus los principios de la prevención: ¿se repite la injusticia de Angrois?; 20 años del Real Decreto 1627/1997. El Encuentro se completa con la Asamblea General de ACESSLA y un espacio de comunicaciones prácticas.
A las personas que asistan a la jornada completa se les obsequiará con una suscripción PRO a Prevention World por un año, con la que tendrán acceso a un curso para técnicos de prevención gratis, alertas en legislación, descargas exclusivas, la revista PW Magazine y descuentos especiales en productos y servicios. Toda la información se puede encontrar en la web de la Asociación: http://acessla.org/
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Guía para encontrar el regalo de Navidad perfecto
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Mesas navideñas, un lugar clave en la celebración
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martes, 21 de noviembre de 2017
CCOO acusa a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias de incumplir la Prevención de Riesgos Laborales
Comisiones Obreras ha acusado de incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en todos los centros de enseñanza de Canarias a la Consejería de Educación regional, a la que ha denunciado ante la Inspección de Trabajo con el propósito de obligarla a rectificar.
Conseguir que la Consejería amplíe al menos hasta quince empleados su plantilla de técnicos en seguridad laboral, que integran actualmente solo tres personas de las cuales dos han estado en algunos periodos de baja simultáneamente, con lo que solo ha habido uno operativo, y que se elaboren las evaluaciones de riesgos y los planes de prevención de todos los centros son sus objetivos.
Ejemplo de ello es, según ha expuesto como portavoz de la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras de Canarias Juan Antonio González, la situación de colegios repartidos por todo el archipiélago que todavía conservan las planchas de uralita instaladas en sus techos hace décadas pese a que hace años se descubrió que contienen un material tóxico.
Aunque en muchos casos se dijo desde la Consejería que se iba a actuar para eliminar ese material nocivo de los centros, más de media decena de ellos siguen a la espera de que se retire de sus instalaciones la uralita o se aisle correctamente, en casos en que se optó por encapsular las planchas al ser más barato que quitarlas y no se hizo bien, solo en Gran Canaria, ha asegurado.
Y ha añadido que lo mismo ocurre en escuelas o institutos de las demás islas, sin que se solucione la situación ni siquiera en algunos lugares donde se anunció que se iban a tomar medidas desde hace un lustro.
González ha sostenido que ese es solo uno de los peligros que se dan en los centros de enseñanza públicos del archipiélago, pero que existen otros, como la carencia de protocolos de evacuación en caso de emergencia fiables.
Ello se debe, de acuerdo a su planteamiento, a que los responsables educativos del Gobierno canario no han impulsado la elaboración de las evaluaciones de riesgos laborales y de los consiguientes planes de prevención a los que están obligados por ley.
Ya que, según Comisiones Obreras, lo que se ha hecho es nombrar en cada colegio como responsable de prevención a uno de los docentes que trabajan allí sin que tengan una formación que les capacite para ello, con lo cual no pueden asumir esa labor con garantías.
De ese modo, se está poniendo en peligro a un colectivo de docentes que suma unas 22.000 personas en toda Canarias, así como a los alumnos a su cargo y al resto de la comunidad educativa, ha declarado otro de los representantes del sindicato, Juan Viera.
Este portavoz ha recordado, además, que su organización ya alertó de esa situación con una denuncia anterior que presentó por las mismas razones en 2014 y que dio lugar a un acuerdo de conciliación suscrito con la Consejería, que se comprometió entonces a incrementar el número de sus técnicos en seguridad laboral y a promover la elaboración de planes de prevención centro a centro.
Ese compromiso, sin embargo, aún no se ha cumplido pese a que casi han transcurrido tres años desde entonces, ha recalcado Viera, que ha añadido que, por ello, su sindicato ha decidido recurrir de nuevo a la Inspección de Trabajo, con la esperanza de que así el Gobierno de Canarias se vea obligado a hacerlo.
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Los problemas de salud mental causaron el 6,1% de las bajas laborales en 2016
Castilla y León registró el año pasado un total de 165.390 procesos de baja por incapacidad temporal, de los que el 6,1 por ciento (10.087) correspondió a trastornos mentales y del comportamiento y del desarrollo neurológico. El jefe del servicio de Inspección de Servicios Sanitarios y Evaluación de Centros de la Consejería de Sanidad, Roberto Pesquera, subrayó la tendencia al alza en las bajas laborales por estas causas en los últimos cuatro años. También, destacó el repunte en la duración media que en 2016 se situó en los 99,75 días.
Unos datos que completó la Federación Salud Mental Castilla y León durante la celebración de la jornada «Entornos laborales, beneficio para todas y todos» al señalar que entre el 11 y el 17 por ciento de los problemas de salud mental en España se puede atribuir a las condiciones de trabajo. Además, cuatro de cada diez personas empleadas consideran que el estrés no se gestiona adecuadamente en su empresa, lo que se traduce en la pérdida de entre el 50 y el 60 por ciento de las jornadas de trabajo.
El presidente de Salud Mental Castilla y León, Jesús Corrales, citó algunas de las herramientas para la prevención de los problemas de salud mental como la valoración del trabajo; una organización flexible; la conciliación de la vida personal y laboral; la motivación; los espacios agradables, seguros y limpios; una buena comunicación y el respeto de los límites.
El director general de Economía Social y Autónomos de la Junta, Jesús Rodríguez, apostó por la prevención de los riesgos laborales para proteger la salud física y mental de los trabajadores. Consideró que la prevención no comienza en el puesto de trabajo sino en el sistema educativo para que los niños conozcan en sus colegios las recomendaciones para trabajar de forma segura y saludable.
Rodríguez destacó la rentabilidad de la prevención por lo que animó a las empresas en invertir en ella. Señaló que la Junta destinará este año a esta materia 5,7 millones de euros mientras que en el periodo entre 2012 y 2015 -vigencia del anterior Plan de Prevención de Riegos Laborales- se ejecutaron 20 millones. También valoró la importancia de la sensibilización para que empresas y trabajadores apuesten por la seguridad y la salud laboral.
El director general de Economía Social se refirió durante la inauguración de la jornada al acoso psicológico, del que dijo es una forma de violencia tipificada en el Código Penal porque resulta «dañino» y «nocivo» para la salud física y mental. Puso como ejemplos el dejar a una persona sin actividad pese a existir carga de trabajo en la empresa, el aislamiento o minorar su autoestima.
Jesús Rodríguez apuntó que existen protocolos de actuación y normas para luchar con el acoso laboral. «La legislación nos ayuda pero no es suficiente por lo que necesitamos la ayuda y la denuncia de las personas que están al lado de los trabajadores acosados», precisó. También mencionó el estrés en el trabajo, que se ha convertido en el segundo problema de salud más frecuente en la Unión Europea tras las dolencias muscoesqueléticas.
El presidente de la Federación Salud Mental Castilla y León añadió que los centros de trabajo son entornos clave para impulsar una cultura positiva de salud y bienestar. De ahí que potenciar entornos saludables redunda directamente en las personas empleadas y su productividad, en las propias empresas al reducir el absentismo y en la sociedad. Corrales demandó planes para prevenir los trastornos mentales en el ámbito laboral pero también por «combatir» los estigmas que tienen los enfermos mentales, que no dudó en calificar de «lacra social» que hace tanto daño. Hizo propias las palabras del presidente del Consejo Económico y Social (CES), Germán Barrios, que dijo que había que valorar as la personas por sus capacidades y no por sus limitaciones.
Barrios indició en la idea de la importancia del trabajo para satisfacer las necesidades, no solo económicas sino también personales y sociales. De ahí que haya entornos laborales saludables. «Tenemos problemas cuando se organiza mal el trabajo o existe precariedad en el empleo porque provoca estrés y depresión al no saber si llegaran a final de mes con su salario», manifestó.
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