miércoles, 29 de mayo de 2019

¿QUÉ INCLUYE UNA EVALUACIÓN DE RIESGOS?

La evaluación es un elemento básico en la prevención de riesgos laborales, pero no puede incluir todo lo que pueda pasar durante el trabajo. Para que sea efectiva debe mantener un equilibrio y contener los riesgos realmente necesarios de evaluar.

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martes, 28 de mayo de 2019

Amianto, un problema laboral convertido en un problema de salud pública

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220 trabajadores fallecidos por su contacto con el amianto. Esa es la cifra de las víctimas que han contactado con la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi en un momento dado de su enfermedad y posteriormente han muerto. Es un dato que se arrastra desde 2008, pero que no se corresponde con la realidad. La cifra real es mucho mayor ya que muchos trabajadores que estuvieron expuestos al amianto han fallecido sin saber que su dolencia (probablemente cáncer) se debió al amianto.

Se trata de una cantidad que también está por debajo del único estudio hecho con rigor que habla solo de los fallecidos por mesotelioma, sin contar otras enfermedades en las que resulta más difícil aclarar la implicació del amianto, como son diferentes cánceres de pulmón, laringe, peritoneo, etc. Según la Organización Mundial de la Salud, alrededor de 125 millones de personas de todo el mundo están expuestas (o lo han estado) al amianto o asbesto en su lugar de trabajo. Con esas cifras, la OMS calcula que en las próximas décadas morirán 107.000 trabajadores al año. En España se calcula que unas 40.000 personas han muerto por esta causa, y que en las próximas décadas lo harán 40.000 más. Así, ademas de un problema laboral, la afección del amianto se ha convertido en un problema de salud pública que cada vez va a ir a más.

Y en un intento de compensar a las víctimas (que muchas veces tienen que pelear en los juzgados las indemnizaciones), el Parlamento Vasco ha vuelto a solicitar al Congreso la aprobación de una ley cuyo objetivo sería la creación de un fondo de compensación. Este fondo debería aliviar la situación de todas las victimas del amianto y sus familiares, acabando con los largos procesos judiciales y amparando a todas aquellas personas afectadas que por diversas razones no tienen a que empresa reclamar. La previsión es un gasto anual de entre 200 y 210 millones de euros en compensaciones, a razón de entre 100.000 y 150.000 euros por cada víctima, según su nivel e incidencia de la enfermedad.

Con esta son ya tres las veces, que el Parlamento de Vitoria realiza la misma petición. En las dos anteriores ocasiones, no fue posible la aprobación de dicho proyecto de ley por diversas causas. Pero en todas ellas han podido más “las razones de los intereses partidistas de los diferentes Gobiernos del Estado, y todo ello a pesar de la posición unánime de todos los partidos de la cámara vasca”. Así lo asegura Jon García, l.a persona elegida por todas las asociaciones de víctimas del amianto de España para trabajar codo con codo con los partidos en la ley que dará luz verde al fondo.

La propuesta de la ley comenzó su andadura tras la creación de la ponencia en el año 2013, en la que participaron lsindicatos de trabajadores, sindicatos empresariales, colegio de médicos, asociaciones de víctimas y diversos especialistas en amianto.

Tras su aprobación en el Parlamento Vasco, la propuesta fue registrada en Madrid , en marzo del 2017 y rechazada por el Gobierno (entonces dirigido por Mariano Rajoy). Más tarde y en una segunda ocasión, el 10 de octubre del mismo año,  la propuesta fue apoyada por el Pleno del Congreso pasando a la mesa del Congreso la tramitación de la misma, y tras tenerla retenida durante un año, pasó por fin a la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, donde comenzó su discusión.

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lunes, 27 de mayo de 2019

Llega el Ctaima Day 2019

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Falta poco para el CTAIMA DAY 2019, un encuentro que dará a conocer las últimas tendencias en Coordinación de Actividades Empresariales, Seguridad y Salud de los Trabajadores y Formación en PRL, de la mano ponentes de alto nivel. 

Grupo CTAIMA, te invita a la edición 2019 del CTAIMA DAY que este año tendrá lugar en Madrid el 19 de junio.

Expertos como Fernando Sanz Albert, Director del Departamento de Seguridad Industrial del INSST; David Sáez, Director de Seguridad y Salud de la Fundación Laboral de la construcción; Andreu Sánchez, Director de la Asesoría Jurídica en ASPY Prevención nos ofrecerán una interesante visión sobre los Criterios de eficiencia en materia de Coordinación de Actividades Empresariales, las Necesidades formativas introducidas por los convenios colectivos de la construcción y el metal, Novedades en jurisprudencia y casos penales en PRL y el Valor social de las empresas.

En el decurso de la jornada Iolanda Gatell, Founder Partner & CEO del Grupo CTAIMA, entregará los galardones a los II Premios CTAIMA a las Mejores Prácticas en Coordinación de Actividades Empresariales.

No te pierdas esta jornada técnica y de networking  donde se abordarán temas que te ayudarán a afrontar los nuevos retos y oportunidades en PRL y Coordinación de Actividades Empresariales garantizando con éxito la transformación digital de tu departamento.

Para asistir al evento es necesario inscribirse en la siguiente dirección: www.ctaimaday.com

Sigue todas las novedades relativas al CTAIMADAY a través de nuestras redes sociales y el hashtag oficial de la jornada: #CTAIMADAY19

INSCRÍBETE AQUÍ

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miércoles, 22 de mayo de 2019

Herido un trabajador al atraparle las piernas un montacargas

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Un trabajador de 33 años ha resultado herido al quedar atrapadas su piernas por un montacargas en una empresa del polígono industrial Kondo del barrio Ibarra de Amorebieta (Bizkaia), según ha informado el Departamento vasco de Seguridad.

El accidente laboral ha ocurrido minutos antes de las dos y media de la tarde, y el operario ha tenido que ser rescatado por bomberos del montacargas. Posteriormente, ha sido trasladado al hospital de Galdakao.

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¿Influye tu peso en las posibilidades de sobrevivir a la evacuación de un edificio?

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¿Te has planteado alguna vez si tu dieta, o más importante aún, tu peso, podrían influir en la forma en la que te desenvolverías ante la evacuación de un edificio? Esa es, precisamente, la pregunta que ha tratado de dar respuesta un trabajo internacional en el que han participado investigadores de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM).

Aplicando la teoría de grafos al estudio de la pisada en diferentes tipos de suelo, el trabajo analiza el modo en que la fisiología de la persona puede influir en sus posibilidades de completar con éxito una evacuación en tiempo real en caso de que ocurra un terremoto.

“Caminar causa un gasto de energía que depende principalmente de la fisiología del cuerpo humano. Cada  persona tiende a adoptar la forma más eficiente de caminar según su Índice de Masa Corporal (IMC). Pero la superficie por donde se camina representa para la persona una ganancia o pérdida en su marcha”, explica Joaquín Salvachúa, del departamento de Ingeniería en Sistemas Telemáticos de la UPM.  

En el estudio, los investigadores se plantearon cómo estas dos variables  podrían afectar al éxito de un proceso de evacuación. “Utilizando un grafo que simula los caminos dentro de un edificio testamos la forma en que el usuario debía pasar por diferentes caminos (superficies), que representan físicamente los tipos de suelo que la persona debía atravesar  en las evacuaciones propuestas para llegar a la salida”, añade Washington Velázquez, otro de los investigadores de la UPM que ha participado en el trabajo.

“Por primera vez, el estudio incorpora la fisiología de la persona, lo que permite observar el tiempo de salida en función de la altura y el peso, y evaluar si atendiendo a sus características, la persona que se encuentra dentro del edificio podía alcanzar los tiempos de evacuación propuesto por los topógrafos de México que participaron en el trabajo”, explica Salvachúa.

Y es que, la diferencia de respuesta entre una persona con bajo peso y otra con sobrepeso en el caso de una evacuación puede suponer, según el trabajo de los investigadores, diferencias de más de un minuto de tiempo para recorrer la misma distancia, algo que debe ser tenido en cuenta a la hora de afrontar la evacuación de un edificio.

El enfoque propuesto por los investigadores es novedoso dado que incorpora nuevos elementos a tener en cuenta  en el diseño de los planes de evacuación, que no se ciñen solo a las características del terreno, sino que tienen también presentes variables hasta ahora no contempladas como la influencia del IMC  en los movimientos de la persona.

“Nuestro trabajo  presenta un camino para desarrollar un modelo realista para la seguridad civil y laboral. Considerando otras métricas como la aceleración de la persona, el terreno con pendientes, las posiciones de las piernas en diferentes ángulos (caminar cuesta arriba, abajo, etc.) se podrían generar mecanismos de prevención y/o rápida respuesta, debido a la dificultad que puede provocar la evacuación de una persona con obesidad dentro de un edificio si se llegase a presentar una situación de emergencia”, concluyen los investigadores de la UPM.

El trabajo, en el que también han participado investigadores de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL) y la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), ambas en Ecuador, ha sido publicado en IEEE ACCESS.

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Fallece un trabajador de 24 años tras quedar atrapado por una máquina

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El suceso se ha producido cuando una llamada al 112 ha informado de un accidente en una empresa de herrajes, en el polígono industrial Las Rozadas, en Parandones (León) donde un varón había resultado herido y estaba atrapado por los rodillos de una máquina.

La sala de operaciones del 112 ha avisado a la Guardia Civil, a la Policía Local de Toral de los Vados, a los Bomberos de Ponferrada y a Emergencias Sanitarias-Sacyl, que ha enviado un helicóptero medicalizado, un equipo médico de Villafranca del Bierzo y una ambulancia soporte vital básico.

Posteriormente, el alertante indicaba que la víctima ya no estaba atrapada y el 112 ha comunicado la nueva situación a los Bomberos de Ponferrada.

En el lugar, el personal de Sacyl ha confirmado el fallecimiento del trabajador, un varón de 24 años.

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Condena al Sescam por una celadora que contrajo tuberculosis

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La juez ha condenado al Sescam y al Instituto Nacional de la Seguridad Social por el caso de una celadora que contrajo tuberculosis en 2015 a consecuencia del trabajo que realizaba en el Hospital de Valdepeñas. La titular del Juzgado de lo Social de Ciudad Real ha dado la razón a la trabajadora tras declarar que su caso es una enfermedad profesional, habida cuenta de que el contagio se produjo en el desempeño de su función en el servicio de radiodiagnóstico, donde trabajaba desde noviembre de 2014.

El abogado Felipe Holgado ha peleado para que se le reconociera a la celadora que había sufrido una enfermedad profesional contraída a causa del trabajo, al estar en contacto con dos pacientes con tuberculosis, enfermedad que la trabajadora desconocía y sin que se adoptaran los medios para evitarlo, subraya el letrado que interpuso la demanda que ha sido estimada por la juez, quien ha dictado una sentencia en la que declara que la contingencia determinante del proceso de incapacidad temporal iniciado por la demandante en diciembre de 2015 «es una enfermedad profesional», condenando a la parte demandante a estar y pasar por esta declaración. De este modo, revoca la resolución dictada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

La demanda se interpuso contra el Instituto Nacional de Seguridad Social, la Tesorería General del Estado, la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional Solimat y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Pero el litigio aún no ha acabado, ya que ahora se está discutiendo en un proceso judicial la responsabilidad patrimonial.

El abogado está pendiente de recibir unos informes periciales que van a arrojar luz sobre el largo proceso que sufrió la celadora, que pasó varias veces por urgencias sin que se le diagnosticara la enfermedad. La celadora pasó un calvario desde diciembre 2015 hasta primeros de 2016, asegura el letrado.

En un principio se le diagnosticó de un «síndrome catarral», después que era tos. Tras un síndrome febril, se dijo que podría ser una enfermedad de Chron ileocólica. Después de varios ingresos y altas médicas, pruebas y demás, una resonancia magnética «sugirió una probable meningitis bacilar». Finalmente, se le diagnosticó tuberculosis diseminada (meníngea intestinal y miliar).

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lunes, 13 de mayo de 2019

La UCLM es reconocida por la Pompeu Fabra por su promoción y divulgación de la cultura preventiva

Profesorado de FP se forma para promover la prevención

El Servicio de Prevención y Medio Ambiente de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) ha sido galardonado en la I edición de los Premios de la Universidad Pompeu Fabra en la integración de la seguridad y la salud en la actividad universitaria en la categoría de institución colaboradora en la creación, promoción y divulgación de la cultura preventiva. La UCLM comparte este premio junto con las universidades de Burgos, Nacional de Educación a Distancia, la Politécnica de Valencia, Rovira i Virgili, de Sevilla y de Zaragoza.

El galardón reconoce el trabajo de colaboración realizado desde el año 2016 por los servicios de prevención de las universidades premiadas, junto con la Pompeu Fabra, en la implementación de la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión general de la Universidad.

Dicha red, de carácter multidisciplinar, ha permitido el intercambio de experiencias y conocimiento en el ámbito de la prevención. La red ha trabajado conjuntamente en la elaboración de materiales informativos para espacios comunes de riesgo especial en laboratorios y talleres, en la elaboración de instrucciones, unificando criterios de señalización; y en la redacción de procedimientos para riesgos emergentes.

Igualmente, este foro posibilita el intercambio de pliegos de licitación de expedientes de actividades técnicas con servicios de prevención ajenos desde los que compartir novedades legislativas y bibliográficas en las diferentes disciplinas preventivas o documentos técnicos elaborados por los diferentes servicios miembros de la alianza sobre una misma temática. Asimismo, el grupo se conforma como una plataforma de asesoramiento basada en la experiencia acumulada por los profesionales de los diferentes servicios de prevención especializados en la gestión preventiva del entorno universitario.

La ceremonia de entrega de los galardones celebrada en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona tuvo lugar el pasado lunes, un día después de la conmemoración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo -28 de abril- que este año ha tenido por lema ‘Un futuro del trabajo seguro y saludable’. A esta efeméride se sumó CRUE Universidades Españolas, la cual en un comunicado asegura que “las universidades españolas desarrollan una acción continúa en la mejora de las condiciones de seguridad y salud para la comunidad universitaria, en general, y para su persona, en particular, integrándola en las políticas públicas y en los objetivos de cada una de ellas”.

Desde 2013 la Universidad de Castilla-La Mancha cuenta con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, el cual integra la actividad preventiva en el sistema general de gestión de la institución. El plan permite a la UCLM organizar los recursos preventivos de la Universidad, enumera el sistema preventivo que desarrolla, contempla el inventario de medios materiales y humanos y las actividades preventivas que la institución debe desarrollar de forma genérica y da a conocer a la comunidad universitaria su propuesta preventiva.

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Más de un centenar de profesionales se forman en la detección de riesgos en Huelva

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Más de un centenar de profesionales han tenido la oportunidad de conocer distintas experiencias sobre detección, control y evaluación de riesgos por parte de empresas y entidades durante la celebración de una jornada que ha tenido lugar en el Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Huelva (CPRL).

Especialmente se han abordado casos en puestos en los que se realizan trabajos en altura, en espacios confinados, manejo de plataformas elevadoras, montaje de andamios, uso de extintores y mangueras, rescate para equipos de emergencia o la aplicación de primeros auxilios. En la jornada, el delegado de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, Antonio Augustín, ha destacado “la importancia que tiene este tipo de jornadas para la formación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos y evitar así cualquier tipo de accidente laboral, identificando debidamente los riesgos, por lo que ha de tenerse en cuenta una formación centrada específicamente en el puesto de trabajo, que se repita con frecuencia y que se adapte a las evaluaciones de riesgos”.

El CPRL es un órgano adscrito a la Junta de Andalucía para el seguimiento de las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores. Organiza acciones para la promoción de la prevención y el asesoramiento técnico en la materia, la gestión de las ayudas para pymes en proyectos técnicos o actividades e inversiones en equipos para el control de los riesgos laborales. También colabora en la vigilancia y control del cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales por parte de las empresas, aportando asesoramiento técnico a la Inspección de Trabajo, así como, si es necesario a los órganos judiciales.

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Las sustancias químicas de la ropa pueden perjudicar la salud

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Cada año 80.000 millones de prendas de ropa nuevas se compran en todo el mundo, después de pasar por un proceso de producción que lleva décadas en el punto de mira. En las aguas residuales de las fábricas de China, India y Bangladesh, donde se fabrica la mayoría de estos productos, se han encontrado numerosos contaminantes, como el antimonio.

Pero probablemente sean los compuestos de los tintes los más contaminantes para el medioambiente y la salud de los trabajadores en las fábricas textiles. En los últimos años, numerosos estudios científicos han mostrado evidencias de los efectos adversos en las personas que trabajan directamente en la producción textil.

Además, no es ninguna novedad que los colorantes azoicos pueden causar daños en el ADN. En uno de los últimos estudios, publicado en la revista Chemosphere, un grupo de científicos analizó el químico Acid Black 10 (AB10B), ampliamente utilizado en la producción de textiles, cueros y estampados, en busca de datos toxicológicos.

La conclusión es clara: “Nuestros hallazgos indican que la exposición de los seres humanos y la liberación del compuesto en el medioambiente pueden provocar efectos adversos debido a su actividad dañina para el ADN”, expusieron los investigadores, liderados por la Universidad Luterana de Brasil.

Una vez fabricada la ropa, las sustancias empleadas en su producción no desaparecen del todo tras su distribución y venta. Un equipo de científicos del Laboratorio de Toxicología y Salud Ambiental de la Universidad Rovira i Virgili lleva años analizando qué ocurre cuando el consumidor final se expone a estos textiles.

“Aunque muchos de los productos químicos añadidos durante los procesos de fabricación de la ropa se enjuagan, las concentraciones residuales de algunas sustancias pueden permanecer y liberarse durante el uso por parte de los consumidores”, señala a Sinc José Luis Domingo, investigador en la universidad catalana. 

La mayoría de las investigaciones realizadas sobre el impacto de la ropa en la salud de las personas hace referencia a reacciones alérgicas de la piel con el contacto de las prendas, pero no es el único problema potencial.

Un nuevo trabajo, publicado en Environmental Research, certifica que, bajo determinadas circunstancias de uso, ciertas prendas pueden suponer riesgos para la salud que no están debidamente recogidos en las legislaciones sobre productos textiles.

Según los investigadores, la presencia “no despreciable” de productos químicos potencialmente tóxicos, como oligoelementos, retardantes de llama o ciertos pigmentos para los tintes en algunas prendas, podría llevar a riesgos sistémicos potenciales, e incluso significar “riesgos de cáncer no asumibles para los consumidores”, alertan, incidiendo especialmente en la vulnerabilidad de los niños. 

“El cáncer nunca debería ser asumible, pero el hecho es que estamos permanentemente expuestos a sustancias con potencial cancerígeno”, indica Domingo. Según explica, el riesgo depende de las características físicoquímicas de la sustancia potencialmente tóxica.

A través de la piel, el tóxico llega hasta la sangre, y de allí se redistribuye en diversos órganos y tejidos. “En este caso, la piel en sí podría resultar afectada por dermatitis de contacto, irritaciones, etc.”, explica a Sinc.

Otro factor que influye en el riesgo es el uso más o menos continuado de una prenda. “Por ejemplo, no sería lo mismo utilizar unos vaqueros ceñidos a diario que una vez por semana, o tampoco sería lo mismo la exposición a través de un pijama que de un jersey que no entra apenas en contacto con la piel”, señala el investigador.

A pesar de que para muchos de estos compuestos peligrosos existen medidas de regulación en la Unión Europea, los países donde la ropa se fabrica tienen menos restricciones ambientales y no mantienen un control estricto de su presencia en los textiles. Además, en Europa, la legislación sobre el impacto en la salud de los consumidores por la presencia de estas sustancias químicas en la ropa es poco clara al respecto.

“El contacto a través de la piel parece que no preocupa tanto a la sociedad y a sus legisladores como la inhalación (contaminación ambiental) o la ingesta (dieta) de compuestos químicos”, apunta Domingo. 

La ley 1007/2011, que sustituyó y amplió la primera directiva 2008/121/EC creada principalmente para analizar y unificar los nombres de las fibras y textiles entre los estados miembros, solo hace referencia a la necesidad de evaluar la relación causa-efecto entre las reacciones alérgicas y las sustancias y mezclas químicas en los productos textiles. Tampoco especifica cuáles son esas sustancias alergénicas.

Por ello, en la normativa se pidió a la Comisión Europea realizar un estudio para valorar el impacto de estas sustancias en la salud, y en función de los resultados, solicitó propuestas legislativas. Sin embargo, esta información no llegó, aunque sí se establecieron criterios para la obtención de la etiqueta ecológica de los productos textiles mediante procesos “más limpios y menos contaminantes y con sustancias menos peligrosas”.

“Los legisladores y reguladores ni tan siquiera se han planteado el tema. Hay una serie de sustancias que intervienen en la fabricación de textiles; unas están reguladas y el uso de otras está prohibido. El resto, ahí están, y si un día se detecta un problema que ahora ignoran, entonces actuarán. Van regulando sobre la marcha”, informa Domingo.

Para los científicos, sería necesario que los organismos reguladores legislen para poder definir qué riesgos pueden ser asumibles, y estas cifras dependen del rigor del cada entidad. “En general se considera asumible un caso de cáncer por 100.000 o hasta un millón de personas expuestas. Otras estimaciones más laxas lo rebajan hasta un caso por 10.000 habitantes, pero son las menos”, señala el experto.

En su estudio, José Luis Domingo y Joaquim Rovira revisaron de manera exhaustiva la información científica sobre la exposición humana a las sustancias químicas de la ropa, y se centraron en los productos químicos tóxicos con mayor probabilidad de ser detectados en los tejidos: retardantes de llama, oligoelementos, aminas aromáticas, bisfenoles, quinolina y nanopartículas metálicas, entre otros.

Todos estos contaminantes están presentes de manera habitual en el proceso de fabricación textil y en las actividades de acabado como el blanqueo, impresión, teñido, impregnación, recubrimiento o plastificación. 

A esto se suman los rápidos cambios en las tendencias de moda, que conllevan alteraciones en los tipos de impresiones, tintes y otros tipos de productos químicos que se utilizan durante el proceso. 

Los investigadores analizaron los efectos de diferentes compuestos. En el caso de los retardantes de llama, que se incorporan a los textiles para prevenir o inhibir la combustión, o el bisfenol A, un disruptor endocrino, sugieren que las concentraciones de estas sustancias suponen una exposición dérmica nada despreciable en las personas. 

En otro estudio se centraron en la exposición de la piel a oligoelementos presentes en pantalones y camisas vaqueras. Los riesgos para la salud se encontraban dentro de los límites de seguridad, pero en prendas con mezcla de poliéster la exposición al antimonio era mayor. Otros estudios ya habían determinado que los riesgos carcinogénicos debido a la presencia de antimonio en prendas textiles superan los límites de seguridad, sobre todo en tejidos de poliéster.

Respecto a los pigmentos azoicos y las aminas aromáticas, la alergia es bien conocida. Pero la información científica indica que la presencia de aminas mutagénicas en los textiles es “mucho más preocupante de lo que se esperaba anteriormente”. 

Los científicos recomiendan dilucidar cuáles son los químicos más preocupantes en términos de exposición dérmica a través de la ropa. “Se deben realizar estudios para prevenir los riesgos potenciales para la salud de los consumidores, muy especialmente los bebés y los niños”, concluyen. 

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20 autónomos murieron en el trabajo en 2018

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La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha elaborado un informe en el que repasa la siniestralidad en el colectivo autónomo, ya que por primera vez se pueden conocer datos reales al universalizarse la prestación por accidente de trabajo en el sistema español.

Cabe recordar que desde el pasado 1 de enero, los profesionales por cuenta propia tienen cubiertas las contingencias por accidentes de trabajo, algo que forma parte de las medidas que impulsó el Ministerio de Trabajo tras las negociaciones con diferentes asociaciones del colectivo.

Sin embargo, los datos del informe que presenta ATA junto a la Mutua Universal, solo recogen las cifras del 18% del total de autónomos que cotizaban en 2018 por accidente de trabajo y enfermedad profesional. Y la conclusión resultante es que los autónomos sufren más accidentes graves y muy graves que los asalariados.

Las cifras revelan que un 2,59% de los autónomos sufrieron en 2018 un accidente grave, mientras que este porcentaje en el ámbito asalariado es del 1,15%. En los accidentes muy graves la cifra es del 0,18% frente al 0,05% de los asalariados. El resto se consideran accidentes de grado leve.

En cuanto a los accidentes mortales, dentro del 18% del colectivo autónomo analizado fueron 20 las personas que perdieron la vida en un accidente de trabajo, una cifra superior a los 13 fallecidos de 2017.

”Hemos conseguido un importantísimo avance en protección, con la universalización de la prestación por accidente de trabajo y enfermedad, así como el reconocimiento en 2018 del accidente in itinere, pero hay una cosa que no debemos olvidar: un solo fallecido ya es demasiado”, ha asegurado Lorenzo Amor, presidente de ATA.

La agricultura ha vuelto a ser en 2018 el sector de actividad con más accidentes de trabajo entre el colectivo autónomo, con 3.286 accidentes registrados.

La construcción, con 2.266 accidentes, y la industria, con 1.553, completa el Top 3, por delante del sector servicios.

Otro dato interesante que se desprende de este informe es que más del 80% de los autónomos accidentados fueron mayores de 35 años, de los que el 21,14% superaban los 55 años.

Por otro lado, se conoce que las lesiones más frecuentes entre los profesionales por cuenta propia fueron los esguinces, las torceduras, las dislocaciones y las distenciones, y que más del 26% se produjeron a causa de un sobreesfuerzo.

En último lugar, cabe reseñar que la franja horaria con mayor siniestralidad se encuentra entre las 10 y las 12 de la mañana, concentrándose en ella un 42,9% de los accidentes.

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domingo, 12 de mayo de 2019

Viajes y flexibilidad, dudas que genera el registro laboral obligatorio

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El 12 de mayo, entra en vigor la regulación que obliga a las empresas a llevar un registro diario de los horarios de la jornada laboral de cada uno de sus empleados. La normativa pretende garantizar que se cumplan los límites legales en materia laboral y luchar contra la precariedad en el empleo. Su incumplimiento supondrá una infracción grave de la Ley del Estatuto de Trabajadores y una multa de 6.250 euros, aunque podrá escalar hasta los 187.515 euros en caso de impagos reiterados de horas extraordinarias o si se enmascaran como otros conceptos.

Una realidad que afecta prácticamente a la mitad de los trabajadores en España. Según los últimos datos de la encuesta de población activa (EPA) –referidos al primer trimestre del año–, el 46% de los empleados hace horas extraordinarias por las que ni es remunerado ni cotiza. En números absolutos, son más de 2,6 millones de horas de trabajo no pagadas a la semana. A pesar de que la mayoría de expertos confía en que la medida mejorará la productividad en el trabajo, reconoce que todavía son muchos los interrogantes que surgen en torno a su aplicación, de ahí su controversia.

“El bloqueo negativo no sirve de nada. Creo que se van a obtener muchas ventajas interesantes por la vía del registro, como la mejora de la productividad, la lucha contra el empleo precario o el avance hacia el derecho a la desconexión digital”, sostiene el socio de laboral del despacho Cuatrecasas Valentín García, aunque no niega el esfuerzo y la dificultad que supondrá para las empresas. En esa línea se posiciona también la profesora de Derecho del Trabajo de Esade Law School Anna Ginès, quien sostiene que, si bien se podría haber dado mayor margen para su puesta en marcha, defiende la necesidad del control de las jornadas laborales, especialmente cuando el estrés constituye uno de los principales motivos de baja entre los trabajadores. “Y una de las razones es que hay gente que tiene más tareas que el tiempo con el que cuenta para llevarlas a cabo”, sostiene la experta, para quien esta norma guarda una relación directa con la mejora de la prevención de riesgos laborales y la salud en el trabajo.

Según explica el socio de Cuatrecasas, la normativa obliga a llevar a cabo un registro que establezca la hora concreta de inicio y fin de jornada, a conservar la información durante un plazo de cuatro años –al que tendrá acceso la Inspección de Trabajo, la representación sindical, y el propio empleado, únicamente en lo que se refiere a sus datos personales–. Si la empresa ya dispone de un sistema de registro, en principio podrá seguir usándolo pero tendrá que consultar necesariamente a la representación legal de trabajadores para concretar los detalles y aclarar todos los puntos. De hecho, los datos se podrán usar para establecer sanciones disciplinarias, siempre y cuando se haya informado expresamente a los trabajadores. Aclara este experto que se deberá seguir llevando un registro aparte de las horas extraordinarias, ya que se trata de “obligaciones independientes”.

El jurista detalla además que la normativa es también de aplicación para las empresas de trabajo temporal (ETT). Respecto a los trabajadores subcontratados, será la empresa que ofrece el servicio –y no la que lo contrata– quien tendrá la obligación de hacerlo, sin perjuicio de que en el lugar de trabajo se pongan los medios para poder realizar el registro.

Uno de los puntos que suscita más incógnitas es el del cómputo de los viajes de trabajo. García señala que no es posible dar una respuesta clara, pues aunque se incurra en cierta privación del tiempo personal –que habrá que computar–, un desplazamiento también incluye tiempo de descanso. Debido a la ausencia de una norma clara al respecto, el experto recomienda que se establezca un protocolo para ello en cada empresa. Por su parte, Ginès recuerda que la Unión Europea abre la puerta a retribuir las horas de viaje de una manera diferente. “Aunque es tiempo de trabajo, no es tiempo de trabajo efectivo”, concluye mientras comenta que estos desplazamientos deben tratarse de manera diferente según se acuerden como parte del contrato o con carácter extraordinario.

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jueves, 9 de mayo de 2019

Un juzgado considera accidente laboral la ansiedad derivada del acoso de un jefe a un trabajador

acoso institucional

Un Juzgado de lo Social de San Sebastián ha reconocido como accidente laboral el período de baja por ansiedad al que se acogió un empleado de una empresa de seguridad debido al acoso al que le sometió uno de sus jefes, ha informado CC.OO.

Según informa este sindicato, el trabajador afectado, que desempeñaba labores de vigilante, permaneció de baja laboral entre mayo y julio de 2018, después de que un informe realizado por la empresa para la que trabajaba reconociera la existencia de “una actitud abusiva y hostil” hacia él por parte del jefe de su equipo.

CC.OO. explica que, aunque en un principio, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la mutua de la empresa no reconocieron “el origen profesional de la dolencia”, la sentencia del Juzgado de Instrucción número 2 de San Sebastián sí lo hace ahora.

Para ello, la resolución argumenta que, aunque el trastorno de ansiedad puede tener múltiples causas, la inmediatez temporal entre el conflicto y la asistencia sanitaria prestada al trabajador, así como la inexistencia de antecedentes psiquiátricos en este caso demuestran que “la conflictividad laboral y la situación de acoso fue el único desencadenante” de su dolencia.

En opinión del sindicato, esta argumentación del juzgado “derriba los argumentos de Seguridad Social y la mutua”, y le permite incrementar la prestación que tendrá que pagarle esta última al trabajador.

Comisiones Obreras califica de “deplorable” la actuación de la mutua, que “derivó al trabajador al sistema público de salud para ocultar el origen profesional de la patología, aún habiendo referido el empleado que había sufrido un empujón y una agresión verbal”.

Esta central considera “absolutamente necesario” que las empresas de seguridad privada “incrementen los controles, el seguimiento y las evaluaciones de riesgos psicosociales debido a la propia especificidad del sector, que incluye factores de riesgo como trabajo a turnos, frecuentes cambio de cuadrantes y la posibilidad de sufrir agresiones”.

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Accidente laboral por el vuelco de un camión en Andújar

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Accidente laboral por el vuelco de un camión. Sucedía en Andújar. En él un trabajador de 35 años resultaba herido tras el vuelco de un camión que el propio herido manipulaba en un polígono industrial de la localidad. A las siete de la tarde se producían las llamadas de alerta al servicio de emergencias 112 Andalucía, particulares que pedían ayuda para el operario herido.

Hasta allí se desplazaron miembros de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, Policía Nacional y Local. El hombre tuvo que ser atendido por la UVI móvil y seguidamente fue evacuado al Hospital Alto Guadalquivir de Andújar con fracturas internas.

Toda la información se trasladaba al Centro de Prevención de Riesgos Laborales y a la Inspección de Trabajo para su conocimiento y estudio.

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miércoles, 8 de mayo de 2019

Surgen nuevos problemas de seguridad y salud a medida que el trabajo cambia

Logitech da la vuelta al ratón para reducir las lesiones

Los cambios en las prácticas de trabajo, los cambios demográficos, tecnológicos y en el medio ambiente están generando nuevas preocupaciones sobre seguridad y salud en el trabajo (SST), según un nuevo informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 

Los crecientes desafíos incluyen los riesgos psicosociales, el estrés relacionado con el trabajo y las enfermedades no transmisibles, en particular enfermedades circulatorias y respiratorias, y el cáncer. 

El informe, Seguridad y Salud en el centro del Futuro del Trabajo: Aprovechar 100 años de experiencia , será publicado en ocasión del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo , el 28 de abril. El informe examina los 100 años de trabajo de la OIT dedicados a los temas de SST, y pone de manifiesto los problemas emergentes en materia de seguridad y salud en el mundo de trabajo. 

En la actualidad, cada año, más de 374 millones de personas sufren lesiones o enfermedades a causa de accidentes relacionados con el trabajo. Se estima que la pérdida de días de trabajo debido a causas relacionadas con la SST representa casi cuatro por ciento del PIB mundial y, en algunos países tanto como seis por ciento, señala el informe. 

“Así como observamos una mayor prevención para los riesgos reconocidos, también constatamos cambios profundos en nuestros lugares de trabajo y en la manera en que trabajamos. Necesitamos estructuras de seguridad y salud que reflejen estos cambios, junto a una cultura general de prevención que fomente una responsabilidad compartida”, declaró Manal Azzi, especialista técnica de la OIT sobre seguridad y salud en el trabajo. 

“Además del costo económico debemos reconocer el inconmensurable sufrimiento humano que causan estas enfermedades y accidentes. Estos son aún más trágicos porque en gran medida son prevenibles.”

Manal Azzi, especialista técnica de la OIT sobre seguridad y salud en el trabajo

De cara al futuro, el informe destaca cuatro grandes fuerzas transformadoras que impulsan los cambios. Señala además que todas ofrecen oportunidades para mejorar. 

  • En primer lugar, la tecnología – como la digitalización, la robótica y la nanotecnología – pueden también afectar la salud psicosocial e introducir nuevos materiales con riesgos para la salud que no han sido estimados. Si es aplicada correctamente, también puede contribuir a reducir las exposiciones peligrosas, facilitar la formación y la inspección del trabajo.
  • Los cambios demográficos son relevantes porque los trabajadores jóvenes tienen tasas de lesiones profesionales significativamente elevadas, mientras que los trabajadores mayores necesitan prácticas de adaptación y equipo para trabajar de forma segura. Las mujeres – quienes se están incorporando a la fuerza de trabajo en un número cada vez mayor – son más propensas a trabajar en formas atípicas de empleo y corren mayores riesgos de sufrir trastornos musculo-esqueléticos.
  • En tercer lugar, el desarrollo sostenible y el cambio climático dan lugar a riesgos como la contaminación del aire, el estrés por exceso de calor, las enfermedades emergentes, los cambios en las pautas meteorológicas y en la temperatura, pueden ocasionar la pérdida de puestos de trabajo. De igual manera, nuevos empleos serán creados gracias a la economía verde.
  • En fin, los cambios en la organización del trabajo pueden dar lugar a una flexibilidad que permita que un número mayor de personas se incorpore a la fuerza de trabajo, pero también puede causar problemas psicosociales (por ejemplo, inseguridad, menoscabo de la privacidad y del tiempo de descanso, o una protección inadecuada en materia de SST y de protección social) y horarios de trabajo excesivos. En la actualidad, aproximadamente 36 por ciento de la fuerza de trabajo del mundo trabaja horas excesivas (más de 48 horas semanales).

A la luz de estos desafíos, el estudio propone seis ámbitos a los cuales los responsables políticos y otras partes interesadas deberían dar prioridad. Estos incluyen mayores esfuerzos para anticipar los riesgos nuevos y emergentes para la seguridad y la salud relacionados con el trabajo, la adopción de un enfoque más multidisciplinario y el establecimiento de vínculos más fuertes con la salud pública. También es necesario mejorar el conocimiento público sobre las cuestiones de SST. En fin, es necesario reforzar las normas internacionales del trabajo y la legislación nacional, lo cual requerirá una colaboración más estrecha entre los gobiernos, los trabajadores y los empleadores. 

La mayor proporción, de lejos, de las muertes actuales relacionadas con el trabajo – 86 por ciento – son causadas por enfermedades. En el mundo, alrededor de 6.500 personas mueren cada día a causa de enfermedades ocupacionales, en comparación con 1.000 por accidentes mortales en el trabajo. 

Las principales causas de mortalidad son las enfermedades circulatorias (31 por ciento), los cánceres relacionados con el trabajo (26 por ciento) y las enfermedades respiratorias (17 por ciento). 

“Además del costo económico debemos reconocer el inconmensurable sufrimiento humano que causan estas enfermedades y accidentes. Estos son aún más trágicos porque en gran medida son prevenibles”, señaló Manal Azzi. “Además se debería tener en cuenta seriamente la recomendación de la Comisión Mundial sobre el Futuro del Trabajo : que la seguridad y la salud en el trabajo sean reconocidas como un principio y un derecho fundamental en el trabajo.” 

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El trabajador de una empresa de tala de madera muere en un accidente en el monte en Oia

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Un operario falleció en un accidente mientras trabajaba en el monte, en la zona forestal conocida como de As Pozas, en el ayuntamiento pontevedrés de Oia, en Loureza.

Según informa el 112, los hechos ocurrieron sobre las 19,30 horas de la tarde del martes, cuando el personal de la empresa para la que trabajaba el fallecido, dedicada a la tala de madera , alertó al servicio de emergencias.

Este centro avisó a 061, a la Guardia Civil y a los miembros del GES de A Guarda. En el lugar, los sanitarios solo pudieron certificar su muerte.

Los bomberos de O Baixo Miño también fueron movilizados, así como el personal del servicio de Gardacostas, puesto que, debido a las dificultades para acceder al cuerpo, se barajó la salida del helicóptero ‘Pesca 1’.

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Sentencia ejemplarizante contra la falta de formación en prevención de riesgos

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La muerte de un peón montador de estructuras metálicas se ha saldado con la condena a dos años y cuatro meses de prisión para el gerente de la empresa como autor de un delito de homicidio imprudente en concurso con un delito contra los derechos de los trabajadores.

Según el fallo, “existieron unos incumplimientos penalmente relevantes y graves, generadores de un grave riesgo para la vida e integridad del trabajador”.

La sentencia de la Audiencia de Sevilla, que desestima el recurso del gerente tal y como había pedido la Fiscalía y Comisiones Obreras de Andalucía, constata “las deficiencias detectadas en la instalación eléctrica, la necesidad de que las revisiones y el mantenimiento se efectuaran por personal especializado, los incumplimientos de las advertencias en materia de seguridad, la inexistencia de plan en la materia en el momento del accidente, en la deficiente formación del trabajador, lo que contribuyó de manera eficaz a la producción del accidente que tuvo tan fatal desenlace”. Además, se especifican las concretas vulneraciones en materia de prevención de riesgos laborales con indicación de la normativa laboral infringida.

El trabajador, el día en que se produjo el siniestro (30 de marzo de 2011), manipuló los cables de la máquina del túnel de pintura desviados del cuadro eléctrico de maquinas para su conexión con un prolongador en el cuadro eléctrico general, tras lo que resultó electrocutado. Los fallos por motivos eléctricos en la máquina no era la primera vez que se producían, destaca la sentencia.

El acusado reconoció en el juicio que, cuando el accidente se produjo, él se encontraba en Málaga, pero los juzgadores ven lógico que, en su ausencia, alguien se hiciera cargo del centro de trabajo y que este cometido recayera en el empleado más antiguo, que resultó fallecido. La defensa reconoció que, en el momento del siniestro, no estaba vigente ni el seguro de responsabilidad civil ni el Plan de Prevención de Relaciones Laborales, aunque alegaron que se trataba de interrupciones puntuales que no afectaban a la salud laboral. La sentencia detalla que la empresa tuvo contratados servicios de prevención entre enero de 2004 y noviembre de 2010, cuando se produjo la rescisión unilateral por impago, celebrando un nuevo contrato el 31 de marzo de 2011, justo el día después del siniestro.

Según el informe del Centro de Prevención de Riesgos Laborales de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, “el trabajador accidentado realizó tareas que no eran propias de su puesto de trabajo, para las cuales no tenía la formación, ni la información requeridas”. Señalaba este informe que, en las visitas realizadas a la empresa, se pudo constatar que la instalación eléctrica de la misma en el centro de trabajo “presentaba graves defectos en materia de seguridad industrial”.

Por otro lado, el informe de la Inspección de Trabajo destaca que el trabajador accidentado aparecía como operario de montaje, si bien su categoría profesional contractual era la de peón montador de estructuras metálicas. En la planificación anual en mayo de 2010 se exigía que el operario de montaje, ante el riesgo de contactos eléctricos, recibiera formación en prevención de riesgos eléctricos. En ese sentdo concluye el informe que “la falta de formación y cualificación en seguridad y prevención de riesgos eléctricos del trabajador constituyó el motivo fundamental del accidente investigado”, por lo que se levantó acta de infracción.

Según resume el fallo judicial, “la concurrencia de culpas en un accidente laboral como el que nos ocupa supone la existencia de una conexión entre el deber exigible al empresario de proporcionar medios suficientes para garantizar un trabajo seguro y el también exigible al trabajador de observar las condiciones de seguridad, de lo que se deriva, indefectiblemente, que el trabajador es también corresponsable en la observancia de la propia autoprotección”.

Pero explica: “en el presente caso, resulta evidente que la contribución del trabajador a la causación del resultado debe considerarse absolutamente secundaria con relación a las omisiones de la empresa determinantes del siniestro. Entendemos, por tanto, no cuantificable la culpa del trabajador frente a la de aquéllos que debían velar por su seguridad en el trabajo”.

Para el secretario de Acción Sindical de CCOO de Sevilla, Carlos Aristu, “por desgracia, no son habituales este tipo de sentencias ejemplarizantes”. “No siempre la justicia puede obtener los medios de prueba suficientes para sostener el delito o no se puede probar la responsablidad del empresario”, explica el sindicalista, que recuerda que CCOO se persona en todos los casos en los que advierte responsabilidad patronal en un siniestro laboral.

Una cuestión a la que alude Aristu, en declaraciones a este medio, es que casi la mitad de la muerte en el tajo durante los últimos años se han producido por infartos u otros tipos de dolencia provocados por el estrés o por cargas de trabajo superiores a las establecidas, lamentando que aún no exista jurisprudencia al respecto para que los tribunales castiguen ese tipo de conductas empresariales.

El ahora condenado, además, en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a los padres del trabajador fallecido, considerados en conjunto, con la suma de 100.000 euros, y a cada una de sus dos hermanas con la suma de 50.000 euros. De dichas cantidades se declara la responsabilidad civil subsidiaria de la mercantil que gerenciaba el acusado.

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Investigan si una fallecida fue abandonada por el dueño del invernadero tras sufrir un ictus

Fremm impulsa a Murcia como pionera en la prevención en la construcción de invernaderos

Un juez de Almería ha abierto diligencias para investigar las circunstancias de la muerte de una mujer tras sufrir un ictus en un invernadero, su lugar de trabajo. El propietario la habría sacado de allí al carecer de contrato laboral.

Fuentes de la investigación han indicado que el instructor ha iniciado la investigación tras el fallecimiento de la mujer, quien permaneció ingresada durante dos semanas en Hospital Torrecárdenas. La mujer llevaba desde el pasado 14 de marzo siendo atendida gracias una llamada a los servicios de emergencias. El cuerpo inconsciente fue encontrado en la zona de Yegua Verde, desde donde los servicios médicos la evacuaron al hospital.

Un día después del incidente los familiares presentaron la denuncia. Desde ese momento se tuvo constancia de la identidad de esa mujer. Tenía 56 años y era de origen extranjero.

Por todo ello, la principal hipótesis de los denunciantes es que el propietario de la finca habría sacado a la mujer del invernadero. Sin embargo, los agentes no pudieron establecer una relación laboral entre el propietario y la mujer al conseguir declaraciones de este en sus primeras visitas al lugar.

A la espera de determinar las responsabilidades que aún no han sido calificadas por ningún delito concreto, desde los sindicatos CCOO y UGT ya han enmarcado los hechos dentro de un accidente laboral y han guardado un minuto de silencio por el fallecimiento.  Además, han dado trasladado de lo ocurrido a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que investigue desde el plano administrativo.

“Trabajar no debe suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, y  esto ocurre por una política empresarial basada en incrementar los beneficios del empresario a costa de la salud de los trabajadores”, valoran los sindicatos. Posteriormente han exigido una “prevención real en la empresa”, haciendo un llamamiento a las administraciones públicas para que incrementen “la vigilancia y control del cumplimiento de las leyes”.

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martes, 7 de mayo de 2019

¿Visitaste la feria Laboralia? ahora tienes tu oportunidad

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Laboralia 2019 supera esta última edición sus previsiones con más de 2.000 visitantes profesionales, lo que supone haber duplicado la cifra de asistentes respecto la última edición de 2017, los cuales pudieron conocer de primera mano más de un centenar de innovaciones en equipos y sistemas de prevención de riesgos laborales.

Más allá del aspecto cuantitativo, en esta edición Laboralia ha logrado recuperar para el sector de la prevención y bienestar laboral un certamen de referencia para todo el arco mediterráneo, tal y como han puesto en evidencia expositores y visitantes. De hecho, la cita ha logrado cerrar la mejor de las últimas ediciones después de que en 2016 se recuperase en Feria Valencia un certamen que con la crisis había dejado de celebrarse en el recinto ferial valenciano. En este sentido, con el decidido apoyo de instituciones públicas como la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral y el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT), Laboralia ha conseguido ser ya el referente que demanda el sector.

En esta nueva edición del certamen, los visitantes pudieron conocer, entre otras muchas cosas,  las últimas novedades en calzado de seguridad, equipos de medición, equipos de control de accesos y registro de jornada laboral, detección de drogas y alcohol, software de gestión, innovaciones en ergonomía, exoesqueletos, equipos de primeros auxilios y reanimación, inteligencia artificial para el control de EPIS, realidad virtual para formación….

Si no pudiste asistir a Laboralia 2019, Prevention world te da la oportunidad. Gracias a estos vídeos conocerás de primera mano a cada uno de los expositores del certamen y las novedades en salud laboral que han presentado. ¡No te los pierdas!

 

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Ver vídeos Laboralia 2019

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lunes, 6 de mayo de 2019

Las partículas en suspensión restan 125.000 años de vida saludable a la población infantil europea

contaminantes químicos

Una investigación del Instituto de Salud Global de Barcelona (ISGlobal), centro impulsado por ”la Caixa”, ha estimado la carga de enfermedad de diversas exposiciones ambientales en la población infantil europea y, de nuevo, destaca el riesgo que supone la contaminación del aire.

El estudio calcula que cada año, la exposición a las partículas en suspensión de menos de 10 microgramos de diámetro (PM10) y menos de 2,5 microgramos (PM2.5) roba 125.000 años de vida saludable a los niños y niñas de Europa.

El análisis, publicado en el International Journal of Environmental Research and Public Health, evaluó la carga de enfermedad de la población infantil de los 28 países de la Unión Europea para siete factores de riesgo ambientales: contaminación del aire -partículas PM10, PM2,5 y ozono- humo de tabaco pasivo, humedad, plomo y formaldehído.

Los datos poblaciones y de salud se recopilaron a partir de diversas bases de datos europeas y el análisis de la carga ambiental de la enfermedad se realizó siguiendo el enfoque de evaluación comparativa de riesgos propuesto por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el proyecto de Carga Global de la Enfermedad (GBD, por sus siglas en inglés).

Las y los investigadores realizaron un cálculo de los años de vida ajustados por discapacidad (DALYs, por sus siglas en inglés), una medida de carga de la enfermedad global, expresado como el número de años de vida saludable perdidos debido a enfermedad, discapacidad o muerte prematura.

Las conclusiones muestran que las exposiciones ambientales incluidas en este estudio roban cada año 211.000 años de vida saludable a la población europea de menos de 18 años, lo que representa el 2,6% del total. La contaminación del aire –PM10, PM2,5 y ozono— fue la exposición más dañina y agrupó hasta el 70% de años de vida saludable perdidos, seguida del tabaco pasivo, con un 20%.

“La elección de los factores ambientales que hemos incluido en el estudio responde a diversos criterios: se trata de las exposiciones sobre las que existen más datos en los países y también aquellas en las que hay evidencia de una relación causal con efectos en la salud, entre otros”, indica David Rojas, primer autor del estudio.

El investigador destaca que “de entre todos los riesgos estudiados, las partículas en suspensión son las que producen la mayor carga de enfermedad, ya que se relacionan con enfermedades respiratorias, cardiovasculares y neurológicas, entre otras, y están asociadas con una mayor mortalidad infantil”.

“De hecho, su impacto real podría ser mayor que el que señalan nuestras estimaciones, debido a que solo hemos tenido en cuenta sus efectos sobre la mortalidad infantil y el asma, en el caso de las PM10, y de las infecciones de las vías respiratorias bajas, en el caso de las PM2,5.

De los 28 países incluidos en el estudio, 22 países —con excepción de Luxemburgo, Irlanda, Suecia, Estonia, Finlandia y Dinamarca— reportaron niveles de PM10 por encima de las recomendaciones de la OMS (media anual inferior a 20g/m3) y todos mostraron niveles de ozono por encima de los niveles considerados seguros (una media de 100 g/m3 durante ocho horas).

Mark Nieuwenhuijsen, coordinador del estudio y de la Iniciativa de Planificación Urbana, Medio Ambiente y Salud de ISGlobal, señala que “este estudio muestra la gran necesidad de implementar políticas efectivas para reducir la exposición infantil a los factores de riesgo ambientales en toda Europa, con especial atención a la contaminación del aire y el tabaco pasivo”.

“Es necesario crear bases de datos europeas comunes, que recopilen y armonicen los datos de exposición para los factores de riesgo ambientales, especialmente para la infancia, así como realizar estudios epidemiológicos sobre múltiples factores de riesgo ambientales”, concluye el experto.

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Aumenta la siniestralidad laboral en Andalucía con 30 víctimas mortales hasta abril

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La secretaria general de UGT Andalucía, Carmen Castilla y el secretario de Política Sindical, Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT Andalucía, Juan Carlos Hidalgo, han presentado los datos de siniestralidad laboral en Andalucía, precisando que la cifra ha aumentado con 30 víctimas mortales hasta abril de 2019.

En un comunicado, UGT ha expuesto que en estos dos primeros meses del año, según datos oficiales de la Junta que recoge el sindicato, se han producido 17.381 accidentes leves, un 2,3 por ciento más que el año anterior; 197 accidentes graves, un 1,5 por ciento más, y 20 accidentes mortales, lo que supone un 11,1 por ciento.

Por su parte, Castilla ha señalado que “la situación de precariedad en el empleo, los contratos temporales y la falta de formación, inciden directamente en el incremento de la siniestralidad andaluza”. Por ello, ha hecho un llamamiento para que el gobierno que salga este 28A “sea valiente y haga cambios en la reforma laboral, para que se produzcan mejoras en los convenios colectivos”. “Hay una evidente falta de formación en los trabajadores y se debe impartir dentro del puesto de trabajo para prepararnos para la revolución 4.0”, ha agregado.

“Suben los accidentes in itínere por el estrés que sufren los trabajadores para ir de un trabajo a otro. Tienen que compatibilizar varios trabajos para poder llegar a fin de mes”, ha dicho Castilla añadiendo que “hay que pedir al Gobierno su responsabilidad para que aumente la plantilla de Inspectores de Trabajo y exigirle al empresariado que cumpla con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”.

En este sentido, la líder regional ha expresado que “nos preocupa mucho la patología silente, la carga mental que aumenta los accidentes no traumáticos pero que provocan fallecimientos por ictus, infartos y derrames cerebrales”, por lo que ha transmitido que espera que el 28A “no quede empañado solo por las elecciones generales y que nadie se olvide de reivindicar la protección de la salud, que se conmemora el mismo día”.

A su juicio, “hay que potenciar la negociación colectiva, el empleo de calidad, la formación y la prevención”. En los dos primeros meses del año tres trabajadores perdieron su vida en el primer mes de trabajo, lo que indica que “no se ha hecho la formación correspondiente, porque el empresariado considera que es una pérdida de tiempo perder horas de trabajo haciendo formación para un trabajador que tiene un contrato de 15 días”, ha apuntado Castilla.

Por su parte, Juan Carlos Hidalgo ha opinado que para revertir la siniestralidad “hay que aumentar la plantilla de inspectores de trabajo, incrementar las sanciones para el que no cumpla la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”. Por ello, ha continuado, “hay que crear una figura del delegado sectorial de prevención, porque más del 95 por ciento de las empresas andaluzas son pymes y muchas no tienen representación sindical y nadie vigila el cumplimiento de la ley”.

Además, ha propuesto crear un Juzgado específico en materia de Prevención de Riesgos Laborales, así como hacer una campaña de sensibilización “potente, al estilo de las que se hace en violencia de género o la de tráfico”. Igualmente, el sindicalista ha apuntado que “hace falta reconocer más enfermedades profesionales, porque en España en 2018 tan solo se le reconoció a 28 personas como enfermedad profesional el cáncer laboral, mientras que en Andalucía a nadie”.

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La empresa no es responsable del accidente laboral si hay imprudencia temeraria, según el Tribunal Supremo

UGT recuerda que la Ley de Riesgos Laborales es "de obligado cumplimiento"

Si el accidente laboral se produce por la “imprudencia temeraria” del encargado del trabajador que lo sufre, no procede imponer a la empresa empleadora el recargo por falta de medidas de seguridad. Así lo determina el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que absuelve a una compañía de esta condena, si bien determina que debe responder civilmente por los actos del responsable del equipo en concepto de responsabilidad vicaria o culpa in vigilando (de acuerdo con el artículo 1.903 del Código Civil).

En el caso enjuiciado, el empleado, instalador y reparador de equipos eléctricos, sufrió una fuerte descarga mientras se encontraba operando en una torre eléctrica, debido a que el jefe del equipo se olvidó de desconectar las fuentes de tensión de la línea. El accidente causó lesiones al trabajador y conllevó el despido de su superior (que fue declarado procedente). Asimismo, la Seguridad Social impuso un recargo de las prestaciones del 30% a la compañía por falta de medidas de seguridad. Una resolución administrativa que fue impugnada por la sociedad.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña aceptó las alegaciones que la empresa interpuso en su recurso de suplicación. La sentencia, sin embargo, que fue recurrida por el trabajador accidentado, que presentó, como resolución de contraste, otra de TSJ de Galicia en la que, en un supuesto muy similar (pero en el que el empleado había fallecido a consecuencia de la descarga eléctrica), la sociedad había resultado condenada.

La resolución en casación del Supremo recuerda que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) obliga al empresario a garantizar la seguridad y la salud de sus empleados en el trabajo y a realizar toda la actividad preventiva necesaria, a través de medidas “razonables y factibles”. Asimismo, la legislación europea permite a los Estados a adoptar regulaciones que minoren o excluyan la responsabilidad de los empresarios “por hechos y circunstancias que les sean ajenas o anormales de imprevisibles, o que no se hubieran podido evitar pese a la diligencia empleada”. Todo ello, concluyen los magistrados, determina que no existe la responsabilidad objetiva, sino que debe existir culpa para poder actuar contra el empleador. No obstante, es él quien debe probar que actuó con la diligencia debida.

 

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jueves, 2 de mayo de 2019

umivale analiza las ventajas, riesgos laborales y medidas preventivas del teletrabajo

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Desde umivale se ha puesto el foco en los cambios tecnológicos y las nuevas organizaciones del trabajo para conmemorar esta cita tan significativa en el calendario de la prevención y seguridad laboral. Así, la mutua ha preparado una campaña de sensibilización sobre el teletrabajo, una alternativa a los nuevos retos del mercado laboral.

“En esta publicación hemos analizado las ventajas que ofrece el teletrabajo, los riesgos laborales que implica y las medidas preventivas para hacer frente a los mismos”, según ha apuntado el responsable de Prevención de umivale, José Luis Cebrián.

Entendemos el teletrabajo como una forma de organización y/o realización de una tarea, utilizando las tecnologías de la información en el marco de un contrato o relación laboral, en la cual dicho trabajo que podría ser realizado igualmente en los locales de la empresa se efectúa fuera de estos de forma regular, según el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo.

La guía agrupa las principales medidas preventivas frente a los riesgos laborales del teletrabajo en cuatro bloques: ante los trastornos musculoesqueléticos, contra la fatiga visual, frente los riesgos derivados de la organización del trabajo como el estrés y ante los riesgos derivados de la transformación de una parte de la vivienda en el lugar de trabajo.

Además pone en valor las ventajas que supone este tipo de organización del trabajo tanto para las empresas como para el propio trabajador. “Efectivamente es una modalidad acotada a una serie de actividades laborales que permiten el desempeño de su labor lejos de la empresa pero si se dan los factores que favorezcan el teletrabajo este supone una mejora en la conciliación de vida laboral y personal del trabajador, mayor autonomía, reducción de los accidentes laborales – sobre todo los de tráfico -, reducción del estrés para el trabajador o la mayor cualificación de la plantilla dado que se puede contratar en los procesos de selección sin que la ubicación o disponibilidad de desplazamiento sea determinante, entre otros beneficios”, detalla Cebrián.

Este material se encuentra disponible en la web www.umivale.es, dentro del apartado de Prevención y Salud.

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Los sindicatos exigen que las mutuas reconozcan los casos de enfermedades profesionales

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UGT y CCOO denuncian el aumento continuo desde 2013 de los accidentes laborales, sobre todo de los más graves, y el no reconocimiento por parte de las mutuas de los casos de enfermedad laboral.

Las cifras de la siniestralidad en el trabajo no dejan de subir. En 2018 murieron en Asturias víctimas de un accidente laboral 18 trabajadores, frente a los diez fallecimientos que se registraron en 2017. Según los sindicatos este aumento de accidentes mortales “no se debe al aumento de la actividad económica sino a la precariedad del mercado laboral entre otras cosas por las últimas reformas laborales”, que piden que se deroguen para recuperar lo perdido en materia de negociación colectiva.

Además denuncian que las enfermedades profesionales en la mayoría de los casos no sean contempladas como tal y por tanto no sean registradas por parte de las mutuas, con el consiguiente perjuicio de los trabajadores afectados que pierden su derecho a las prestaciones correspondientes. Gerardo Argüelles, responsable de Salud Laboral de CCOO de Asturias, da cifras y pone el ejemplo de los casos de cánceres relacionados con la actividad laboral: “De 27 casos de cáncer de los que dieron parte las mutuas solo fueron objeto de baja, y por lo tanto solo se registraron como enfermedad profesional 13”.

La responsable de Salud Laboral de UGT Asturias, Enma Fernández, pide “que el gobierno y el parlamento que surja de estas elecciones  se tome de una vez en serio la siniestralidad laboral y la salud laboral, y que en el caso de las enfermedades profesionales de verdad obligue a las mutuas a reconocerlas como tal”.

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Fallece un trabajador del servicio de limpieza atropellado por el camión de la basura

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Un hombre de 61 años, trabajador del servicio de limpieza y recogida de basuras, ha fallecido tras ser atropellado por el camión de la basura en Cuéllar (Segovia), según ha informado el Servicio de Emergencias 112 de Castilla y León.

El 112 recibió una llamada de madrugada, poco antes de las 2.00 horas, que informó del accidente, ocurrido, donde un trabajador había fallecido al ser atropellado por el camión de basura cuando el vehículo daba marcha atrás.

La sala de operaciones del 112 avisó entonces del incidente a la Policía Local de Cuéllar y a la Guardia Civil (COS) de Segovia, que constataron el fallecimiento de la víctima

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