El 21 de diciembre de 2015 era el último día de prácticas en un taller de D.A., estudiante de 25 años de Formación Profesional Dual en mecánica. Su tutor de las prácticas, el jefe de producción de la empresa, le encargó reducir el diámetro de una pieza metálica con un torno. La máquina, que según un informe pericial no cumplía las medidas de seguridad y carecía, entre otras cosas, de un dispositivo de parada automática para emergencias, atrapó el guante de su mano y su cuerpo fue arrastrado hacia la máquina. Los golpes contra el torno le ocasionaron la muerte.
El pasado enero, el juzgado de lo penal de Santander consideró al gerente y al jefe de producción del taller culpables por homicidio imprudente y los condenó a 18 meses de prisión y, en el caso del gerente, a tres años de inhabilitación especial. “En un primer momento, el caso se archivó y quedó como negligencia de D. Queríamos que se demostrase que la responsabilidad no había sido suya y recurrimos a lo penal”, explica el abogado de la familia del fallecido. Lo más grave es que el joven no recibió ningún curso de prevención de riesgos laborales en la empresa, donde realizó sus prácticas durante casi dos años. “Al tratarse de unas prácticas, no entraba en el convenio ni contaba como personal laboral. Lo único que obtuvo fue una charla de una administrativa y un folio que firmó como que había recibido la información de seguridad, pero nadie le enseñó los peligros de la maquinaria del taller”, denuncia el letrado. “Si hubiese estado dado de alta en la Seguridad Social, la empresa le tendría que haber proporcionado la formación y la información adecuadas sobre las normas de seguridad”, añade. Tras el accidente, la Inspección de Trabajo obligó a la compañía a dar de alta en la Seguridad Social al estudiante y a asumir la cotización por los años de prácticas.
En España, no existe un registro de los accidentes laborales de estos alumnos. De los 534.000 universitarios y estudiantes de FP que hacen prácticas, solo 80.000 están dados de alta, según el sindicato CC.OO., que son los que realizan prácticas no laborales remuneradas. “Los estudiantes en prácticas están desprotegidos y eso es lo que se quiere regular. Se les tiene que dar el mismo trato que a los asalariados”, señalan fuentes del Ministerio de Trabajo. El Gobierno aprobó el 28 de diciembre un decreto ley que obliga a que universidades, instituciones y empresas den de alta en la Seguridad Social a los estudiantes en prácticas no laborales, sean remuneradas o no.
Desde el Ministerio de Trabajo insisten en que los españoles en prácticas se encuentran entre los menos protegidos de la Unión Europea. Creen que España debería aspirar al modelo holandés, donde la normativa de trabajo se aplica a los estudiantes en prácticas, tanto en jornada como en seguridad laboral, también la normativa sobre igualdad de trato, aunque en general las prácticas no son remuneradas y no cotizan.
Tras el accidente de D. A., el Gobierno de Cantabria modificó en 2018 la orden que regula la Formación Profesional Dual y ahora las empresas están obligadas a remunerar esas prácticas (la cantidad no puede ser inferior al 80% del salario mínimo interprofesional, que asciende a 900 euros), a dar de alta a los alumnos y a ofrecerles formación en prevención de riesgos laborales. “Hay determinadas prácticas que tienen mayor riesgo, porque no consisten en estar en un despacho”, explica María Jesús Reimat, directora general de FP de Cantabria.
En la FP, todos los grados tienen la asignatura de Formación y Orientación Laboral (FOL), que incluye contenidos sobre prevención de riesgos laborales. Sin embargo, muchas empresas lo consideran insuficiente. “Es una formación muy básica que, en ocasiones, obliga a las compañías a poner en marcha planes específicos para esos alumnos. No todas lo hacen porque es un gasto que tienen que asumir”, cuenta Ignacio De Benito, jefe de proyectos de la Fundación Bertelsmann, implicada en la promoción de la FP Dual en España.
Algunas autonomías gobernadas por el PSOE, como Valencia, han defendido que los estudiantes no son trabajadores y que, por ello, no es necesaria el alta. En caso de accidente, dicen, están cubiertos por el seguro escolar. Según el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el seguro escolar supone 1,12 euros al año para el alumno y otros 1,12 que paga el centro educativo. En caso de accidente en las prácticas, la indemnización por incapacidad permanente para continuar los estudios va de 150 a 600 euros en una sola paga. Si queda incapacitado para los “actos más esenciales de la vida”, recibe una pensión vitalicia de 144 euros anuales.
“Es una cantidad mínima que el alta en la Seguridad Social multiplicaría, y que varía en función de la base de cotización. En caso de invalidez total, le correspondería el 80% del salario mínimo interprofesional al mes”, indica Adrián Todolí, profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia. “El alta es necesaria; los riesgos que asumen no son de estudiante, sino de trabajador”, zanja.
Para ver el contenido completo accede a La muerte de un becario evidencia su desprotección publicado en Actualidad Prevención de Riesgos Laborales
de Actualidad Prevención de Riesgos LaboralesActualidad Prevención de Riesgos Laborales https://ift.tt/2y4ctKB
No hay comentarios:
Publicar un comentario