“El exceso de amor a las cosas materiales, no deja espacio para amarnos nosotros mismos, ni a los demás”.
El Decreto Supremo N° 73 de 7 de Marzo de 2006, que introduce modificaciones en el Reglamento para la aplicación de la Ley 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales respecto del contenido del Decreto Supremo 101, de 1968 (Ministerio del Trabajo y Seguridad Social), y en el Reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales Decreto Supremo 109, de 1968, del mismo ministerio, dice que una de las enfermedades profesionales a la que la seguridad social debe avocarse, es la siguiente:
Art. 23, letra c).- “Neurosis causada por trabajos que expongan al riesgo de tensión psíquica y que se compruebe relación de causa a efecto con el trabajo.”
Concepto
Llamamos neurosis laboral, al conjunto de frustraciones morales y psicológicas, que fluyen (directa e indirectamente) del nuevo capitalismo, como también de las políticas utilizadas para enfrentar -dañar- las problemáticas sociales. Tanto las fobias como los temores, surgen de la flexibilidad laboral. La precarización de los puestos de trabajo, y los bajos sueldos, traen como consecuencia, un miedo neurótico a ser despedido o a no encontrar empleo. Enfrentándose a un panorama difícil y con consecuencias graves.
Los desequilibrios conductuales como las crisis de pánico, la depresión, el estrés, son algunos ejemplos de las patologías que se van acrecentando día a día en la sociedad chilena. Largas y agotadoras jornadas de trabajo provocan un desgaste físico y psíquico innegable, ¡una perogrullada!; sin embargo, de aquí surge justamente una de las conclusiones más hipócritas e indecentes de los defensores del modelo: “la flexibilidad laboral tiene el único objetivo de aliviar el desgaste que producen esas pesadas jornadas laborales, deseamos hacer que su vida sea más humana y llevadera…“(Paulo Navarrete V. Profesor de Filosofía Instituto Profesional Diego Portales , Concepción)
Desde un punto de vista menos polémico, podemos señalar que NEURÓSIS LABORAL se comprende como el factor o conjunto de factores relacionados con el trabajo, es decir, a causa o con ocasión de las funciones laborales, que impactan de tal modo en el organismo del trabajador, que son capaces de provocar alteraciones somáticas o psíquicas importantes y que afectan la integridad del trabajador, causando incapacidad o muerte.
Estos factores pueden ser absolutamente externos, como sucede claramente como respuesta al acoso moral prolongado, al hostigamientos laboral o al estrés derivado de cargas laborales, al que el trabajador no es capaz de dar respuestas, sea por razones propias o derivadas del medio laboral.
En nuestro medio, la neurosis laboral adquiere con preferencia el tratamiento de estrés, considerado éste como la consecuencia de factores psicosociológicos reinantes en el ambiente laboral, de marcada toxicidad en las relaciones de grupo, o derivadas de los excesos a que se encuentran sometidos los trabajadores en relación a la recompensa por su trabajo.
Estos factores crean presiones de carácter interno capaces de desestabilizar al individuo, provocándole serias falencias que lo pueden llevar desde la incapacidad leve hasta un final trágico y definitivo.
El D.S. 73 de 7 de Marzo del año 2006, mantiene el propósito de hacer que estas enfermedades provenientes de la neurosis laboral, sean reconocidas primero, y tratadas luego en el marco de la Ley 16.744, es decir, como enfermedades profesionales o derivadas directamente del trabajo, cuando efectivamente tengan una relación directa, a causa, o simplemente indirecta, con ocasión, de él.
Ello, no es más que la actualización y el reconocimiento, que el ser humano trabajador sufre un deterioro o desgaste en el cumplimiento de sus labores, las que se ven afectadas en forma mayor cuando es en el interior de la propia empresa, donde los factores desencadenantes se agazapan en: el exceso de trabajo, malas remuneraciones o sencillamente malos tratos o acoso moral.
Se trata, entonces, del reconocimiento legal de una situación que hace carne en casi la mitad de los trabajadores chilenos, al menos reconocidamente en un tercio o más de ellos, según estudio solicitado por la propia Dirección del Trabajo.
Todos nosotros somos trabajadores en distintas actividades y por distintos medios. Preguntémonos ¿sería un trabajo feliz si la remuneración es escasa y avara; si las exigencias son cada día mayores respecto a los niveles de producción y, si en ese entorno, somos maltratados, humillados y no se nos reconocen nuestro derechos fundamentales?
Evidentemente no nos encontraríamos satisfechos. El trabajo fue concebido como fuente de vida y gracia, no como elemento de tortura y fuente inagotable de enriquecimiento de terceros a costas de la vida o salud de otros, los trabajadores. Art. 19, letra f).- En el número 13) después de Neurosis profesionales incapacitantes, incorpórase la siguiente frase “que pueden adquirir distintas formas de presentación clínica, tales como: trastorno de adaptación, trastorno de ansiedad, depresión reactiva, trastorno por somatización y por dolor crónico.“; Enfermedades que de ningún modo se expresan en forma de términos taxativos, sino que a vía de ejemplo.
Algunas causas
Muchas de las causas de neurosis laboral dicen relación con la propia empresa:
a) Trabajos de gran dificultad sin que los trabajadores hayan sido capacitados eficientemente; gran responsabilidad acumulada sobre los trabajadores; cambios repentinos de labores o de herramientas o técnicas, etc.
b) En este aspecto también hay que considerar la mala dirección o falta de liderazgo; promociones injustas; exigencias superiores a la capacidad de respuesta (burn-out), y otras que derivan directamente de la mala organización empresarial.
c) El ambiente laboral negativo e inadecuado o tóxico, producto del hostigamiento y acoso laboral, también es causa de neurosis. Asimismo, en el ámbito de la violencia laboral se encuentra como origen de la neurosis los continuos ataques sexuales que conforman el ilícito de acoso sexual. He aquí, un elemento de gestión empresarial muy descuidado en la mayoría de las empresas chilenas recargadas de trabajo burocrático, con una dirección aislada de quienes realmente producen la riqueza, es decir, los trabajadores, sin planificación eficiente y sin estudio previo de las tareas a realizar. Asimismo, las relaciones laborales en permanente conflicto de autoridad en que la supervisión no es de carácter técnico ni pedagógico, sino meramente punitiva lo que lleva a intoxicar el ambiente laboral y al elemento humano, siempre en permanente roce.
Consecuencias reales para los trabajadores
La dualidad humana de soma y psíquis, conforman una unidad inseparable y absolutamente necesaria, para que el individuo de respuesta en calidad de ser humano al medio y a las relaciones interpersonales. Agraviándose cualquiera de estos elementos fundamentales, el trabajador deja automáticamente de cumplir a satisfacción sus cometidos y las posibilidades de error o fallas aumenta enormemente, con las consecuencias para la empresa y para la salud de cada unos de sus trabajadores.
La NEUROSIS LABORAL provoca, entre otras, alguna de estas siguientes enfermedades o condiciones en la salud del enfermo. Veamos: Dispepsia, Gastritis, Ansiedad, Accidentes, Frustración, Insomnio, Colitis Nerviosa, Migraña, Depresión, Agresividad, Disfunción Familiar, Neurosis de Angustia, Trastornos Sexuales, Disfunción Laboral, Hipertensión Arterial, Infarto al Miocardio, Adicciones, Trombosis Cerebral, Conductas antisociales, Psicosis Severas.
Actitud empresarial
Las empresas en Chile aún son fieles al concepto de la Universidad de Chicago, aunque poco a poco se observan algunos cambios. Se estima por los teóricos del libre mercado que no son instituciones de caridad, mutuales de ayuda ni instituciones solidarias. Son una máquina de hacer ganancias, maximizar utilidades y ocupar en ello el menor tiempo posible con el mínimo de costos.
Resulta evidente, que en esta concepción hay una desarmonía abismal con la concepción social de la empresa, en la que se reconoce al trabajador como elemento creador, imaginativo y dueño de la capacidad de trabajo y del tiempo necesario para producir bienes y servicios destinados a satisfacer necesidades de la sociedad. Asimismo, con las disposiciones legales vigentes que en el plano internacional como en nuestra Ley positiva reconocen la naturaleza social del trabajo.
Al trabajador le interesa una mejor remuneración, a la empresa le interesa el salario mínimo; al trabajador le interesa un ambiente decente de trabajo, a la empresa no le interesa invertir en asuntos adicionales; al trabajador le interesa un trabajo que le permita contribuir al desarrollo de su familia y al bienestar y seguridad de su hogar; a la empresa le interesan trabajadores ciento por ciento laborantes, durante las 24 hrs.; al trabajador le interesa seguridad laboral; a la empresa flexibilidad laboral; al trabajador le interesa reconocimiento de su aporte, a la empresa no le interesa considerar el aporte del trabajador al trabajador al momento de contar sus utilidades.
En fin, no existe hoy en Chile, y los empresarios se niegan a que exista, una mayor armonía entre los intereses de los trabajadores y las empresas. Resulta horroroso observar como los empresarios eluden sus cargas provisionales, de seguridad y de higiene. En ello cuentan con la anuencia de las mutuales, quienes ignoran, desconocen u omiten fiscalizaciones, cuando los empresarios eluden denunciar los accidentes laborales. La Superintendencia de Seguridad Social, siempre se encuentra alejada del “mundanal ruído” y no es capaz de apreciar la distorsión que estas instituciones hacen respecto de los fines que juraron cumplir al ser creadas. ¿Cuántos de nuestros lectores no han sufrido el martirio de ver rechazada una licencia médica? Evidentemente hay una ineficacia en materia de Seguridad Social en que el Estado de Chile no ha metido la nariz, si lo hiciera exclamaría como Hamlet: “Algo huele mal en Dinamarca”
Conclusión
La realidad actual de la política de Seguridad Social chilena obliga al Estado a poner un atajo a los excesos de las empresas respecto a la vida y salud de los trabajadores.
La autoridad no debe olvidar que por mandato de la Carta Magna vigente, tiene la obligación de resguardar los derechos constitucionales de cada habitante de esta Nación y ocurre, que en el aspecto en que más se necesita hay un estado de relajación, que los malos empresarios suelen aprovechar a fin de eludir su compromiso con los trabajadores y las disposiciones que así lo ordenan.
Como se ha visto y se ve con motivo de las estadísticas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, los empresarios no hacen una Gestión de la Higiene y Seguridad Ocupacional, y pierden la oportunidad de aumentar sus utilidades mediante el aghorro de indemnizaciones, paralizaciones, multas, aumento de la cotización adicional, etc. No hacemos cargo al Gobierno, sino al Estado en su conjunto, en la visión país que se tiene para no sustentar un desarrollo en la prevención de riesgos del trabajo.
Lo que sostenemos no es más que una razonable posición de equidad y justicia y por ello, no es necesario mayor claridad, pues, los hechos cotidianos advertidos por todos, forman parte de estos fundamentos. La Violencia en el Trabajo, es parte de la violencia social expresada de la más diversas formas en las relaciones de producción del sistema de mercado: Acoso Moral; Trabajo Infantil; Discriminación de Género; Discriminación Étnica y de minorías; con efectos tan claros como la Violencia Intrafamiliar; Violencia o Acoso Escolar; Violencia Inmobiliaria y Vecinal o consecuencias tan notorias como: Depresión; Pánico Laboral; Angustia; Burn-Out o “Síndrome de estar Quemado”; Enfermedades Psicosomáticas; Locura y Suicidio.
Concluimos también que nuestro derecho debe orientarse necesariamente a restaurar la armonía tratando de ajustar la Ley, la Equidad y la Justica, a los hechos aludidos en el presente comentario, deber que no solo incumbe al Estado o al Gobierno de turno, sino a todos los nacionales.
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